Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 3/9/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 29 de agosto de 1994, por la que se designan municipios de actuación preferente de rehabilitación en la provincia de Jaén.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilmos. Sres.:

El Decreto 238/85 de 6 de noviembre, por el que se regulan ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas en municipios de actuación preferente en rehabilitación, modificado por el Decreto 213/88 de 17 de mayo, establece en su artículo primero, el requisito de la designación previa de los municipios para amparar en los mismos obras de conservación y mejora de viviendas y poder solicitar los residentes las ayudas técnicas y económicas que contempla el citado Decreto. En el artículo segundo se definen las circunstancias que deben concurrir en los municipios para acceder a esta condición y el procedimiento para la designación. Los municipios de la provincia de Jaén, cuya declaración se contiene en esta Orden, se caracterizan por presentar un alto grado de degradación del parque inmobiliario y unas características arquitectónicas de gran interés que en algunos casos se encuentran además declarados por la propia Administración como el caso de Jaén que está declarado conjunto Histórico-Artístico y Andújar, Iznatoraf, y La Guardia, tienen incoado el expediente para su declaración.

Estas circunstancias hacen aconsejable la intervención de la Administración Autónoma con objeto de aportar ayuda financiera y técnica para la solución de problema de alojamiento de las capas sociales más desasistidas, principales destinatarias de los Decretos 238/85 y 213/88. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, previa petición expresa de los Ayuntamientos e informe favorable de la Comisión Provincial de la Vivienda de Jaén por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Se designan para el programa anual 1994, en la provincia de Jaén los siguientes municipios de Actuación Preferente en Rehabilitación a los efectos de los Decretos 238/85 y 213/88, sobre ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas.

Andújar.

Beas de Segura.

Canena.

Chiclana de Segura.

La Guardia.

Hinojares.

Iznatoraf.

Jaén.

Linares.

Navas de San Juan.

Quesada.

Vilches.

Villacarrillo.

Segundo:Los particulares interesados en obtener los beneficios establecidos en los Decretos 238/85 y 213/88 para las obras de conservación y mejora de sus viviendas y que reúnan los requisitos definidos para los promotores y sus viviendas, dispondrán del plazo de dos meses desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para presentar sus solicitudes ante los Ayuntamientos respectivos.

Tercero: La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento.

Sevilla, 29 de agosto de 1994

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Jaén.

Descargar PDF