Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 13/9/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. GMU

EDICTO relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Puerto de Sevilla. (PP. 2722/94).

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El Excmo Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de julio de 1994, aprobó una propuesta cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero.Estimar en parte las alegaciones presentadas por: Grupo Municipal Izquierda Unida Convocatoria por Andalucía (I.U.-C.A.); D. Fernando Ostos González, Teniente General del Ejército del Aire y Jefe del Mando Aéreo del Estrecho y Segunda Región Aérea; D. Jesús López López; Comité de Empresa de Tabacalera, S.A.; D. Juan José Núñez Nevado, en representación de «Tabacalera, S.A.«; todo ello en base a los informes técnicos de fecha 25 de mayo de 1994 y jurídico de fecha 21 de julio de 1994.

Segundo.Desestimar las alegaciones presentadas por: D. José María del Valle Rodríguez, Presidente del Real Círculo de Labradores y Propietarios de Sevilla; D. Francisco Javier Caballero Julía en representación del Club Náutico de Sevilla y la presentada por D. Práxedes Sánchez Almodóvar en calidad de Presidente del Círculo Mercantil e Industrial, en base a los informes técnicos de fecha 25 de mayo de 1994 y jurídico de fecha 21 de julio de 1994.

Tercero.Aprobar definitivamente el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Sevilla, redactado conjuntamente la Gerencia Municipal de Urbanismo y la Autoridad Portuaria de Sevilla.

Cuarto.Publicar los anteriores acuerdos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra dicha resolución, definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la propia Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el art. 52 de la Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1985.

También podrá interponerse contra dicha resolución recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente, dentro del término de dos meses siguientes a la notificación del acuerdo que caiga resolutorio del recurso de reposición y, si no fuese adoptado tal acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del año siguiente a la fecha en que se presentara el recurso de reposición, según lo dispuesto en el art. 58 de la citada Ley de lo Contencioso-Administrativo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 4 de agosto de 1994.-El Secretario General, P.O., El Oficial Mayor.

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