Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 1/10/1994

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 1 de septiembre de 1994, por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, así como la adquisición de nuevas especialidades convocado por la Orden que se cita.

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Realizados los trámites de selección previstos en las Bases VIII y XIX de la Orden de 8 de abril de 1994 (B.O.J.A. del 14), procede la publicación de los seleccionados ordenados por la puntuación global obtenida. A tales efectos, conviene recordar que para la modalidad de ingreso a la Función Pública Docente, el modelo selectivo exige la superación de todas las pruebas de la fase de oposición con puntuaciones de cinco o más puntos; no obstante, el sistema previsto de ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, obliga a que la ordenación de los seleccionados se realice a partir de los valores ponderados que en algunos casos pueden ser inferiores a cinco puntos, y que nunca se deben identificar con las calificaciones obtenidas en las pruebas de conocimientos de la fase de oposición.

En consecuencia, de conformidad con lo preceptuado en los apartados X.1 y X.2 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 8 de abril de

1994, por la que se realiza convocatoria pública para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado cuerpo, y revisados posibles errores numéricos padecidos en el cómputo de calificaciones globales, Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

I.Hacer pública, por especialidades y turnos, la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, con indicación de la puntuación global obtenida, según Ane-xo I a la presente Orden. I.1.Serán nombrados con carácter provisional, como funcionarios en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios de carrera, los aspirantes que figuran en el Anexo I a la presente Orden. Los Maestros referidos, realizarán la fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto les sean adjudicados. I.2.Quedarán anuladas las actuaciones de quienes, dentro del plazo fijado en el apartado XI.1 de la citada Orden de 8 de abril de 1994, no hubieran presentado la documentación indicada o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base II de la citada Orden.

Aquellos Maestros que por encontrarse cumpliendo el Servicio Militar, Prestación Social Sustitutoria, por gestación o por causas de fuerza mayor, necesiten aplazamiento para incorporarse a la fase de prácticas en sus destinos provisionales, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Personal, acompañando los documentos justificativos. I.3.Los Maestros relacionados en el Anexo I, quedan obligados a participar en los sucesivos Concursos de Traslados para la obtención de destino definitivo, conforme se establece en el apartado XIII.3 de la Orden de 8 de abril de 1994.

I.4.Aquellos Maestros que no se incorporen al destino provisional en el plazo de cinco días, a partir de la comunicación a los mismos, se entenderá que renuncian a los derechos que como consecuencia de la superación del proceso selectivo pudieran corresponderles, con la excepción de los que se les conceda el aplazamiento para su incorporación. I.5.Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por dos o más especialidades, ejercitarán su opción por uno de los puestos, a los efectos del nombramiento como funcionario de carrera, conservando los derechos de la otra especialidad a efectos de la obtención de la habilitación, mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

I.6.Aquellos aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por la citada Orden de 8 de abril y por la correspondiente a otra u otras Administraciones Educativas, deberán, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de esta Orden, optar por una de ellas mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

II.Hacer pública, por especialidades, la lista de los funcionarios que han adquirido la nueva especialidad por el procedimiento establecido en la Base XIV de la Orden de 8 de abril de 1994, según el Anexo II de la presente Orden.

II.1.Los Maestros relacionados en el Anexo II a la presente Orden, podrán acceder a las plazas correspondientes a la nueva especialidad a través del Concurso General de Traslados, de conformidad con el apartado XX.4 de la Orden de 8 de abril de 1994. La especialidad obtenida se les certificará de oficio.

II.2.Quedarán anuladas las actuaciones de aquellos funcionarios, que tras el examen de su documentación se dedujera que carecen de los requisitos de la Base XVI.

III.Facultar a la Dirección General de Personal para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

IV.Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a la Dirección General de Personal, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de septiembre de 1994

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

ANEXOI

RELACION DE ASPIRANTES SELECCIONADOS EN EL PROCESO SELECTIVO PARA ACCESO AL CUERPO DE MAESTROS CONVOCADO POR ORDEN DE 8 DE ABRIL DE 1994

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXOII

RELACION DE FUNCIONARIOS QUE OBTIENEN NUEVA ESPECIALIDAD EN EL PROCESO CONVOCADO POR ORDEN DE 8 DE ABRIL DE 1994

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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