Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 13/12/1994

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 26 de octubre de 1994, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso-oposición libre para cubrir una plaza de Técnico Especialista de Laboratorio.

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Existiendo una plaza vacante en la plantilla de Personal Laboral de la Universidad de Granada y a fin de atender las necesidades de la misma, este Rectorado, en virtud de las competencias que le atribuye el apartado «K« del artículo 86 de los Estatutos de la citada Universidad, ha resuelto lo siguiente:

Primero. Convocar pruebas selectivas mediante el procedimiento de concurso-oposición para cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de esta Universidad según se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.

Segundo. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE núm. 185 de 3 de agosto de 1984) modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio (BOE núm. 181 de 29 de julio, en el Real Decreto

2223/84 de 19 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE núm.

305 de 21 de diciembre de 1984), en el vigente Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial del Personal Laboral de Universidades Andaluzas (BOJA núm. 98 de 30 de junio de 1994).

Tercero. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

Fase de Concurso y Fase de Oposición, con valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria.

El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que, asimismo, figura en el Anexo I.

Cuarto. Para ser admitido en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

A) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

B) Los requisitos exigidos en el artículo 15.2 del actual Convenio Colectivo, referente a la categoría profesional correspondiente a la plaza que se convoca.

C) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria.

D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Quinto. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, sito en la C/ Santa Lucía, núm.2 (Granada). A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la Universidad de Granada, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado«.

La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro General de la Universidad, o en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los derechos de examen serán de 1.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta corriente 0101745629 de la Caja General de Ahorros de Granada (2031), oficina principal de Granada, abierta a nombre de Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad de Granada, bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado Banco, acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el Organo expresado anteriormente.

Sexto. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Granada dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Los derechos de examen serán reintegrados, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

Séptimo. El Tribunal calificador, designado por el Rectorado de la Universidad de Granada, estará compuesto por:

Presidente: Don Esteban Alvarez-Manzaneda Roldán. Gerente de la Universidad de Granada.

Vocales: Don Ignacio Valverde Espinosa. Profesor Titular de Escuela Universitaria de Granada.

Don Santiago Pecete Villalba. Vicegerente de Personal Laboral. Don Angel Aguado Fajardo. Representante del Comité de Empresa. Don Juan Gálvez Lozano. Representante del Comité de Empresa. Secretario: Don José Gómez Jaranay. Funcionario adscrito al Servicio de Personal, que actuará con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo. Los aspirantes que resulten aprobados en las presentes pruebas selectivas, para su contratación como personal laboral fijo, aportarán dentro de 20 días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, en el Registro General de esta Universidad, los siguientes documentos:

-Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

-Fotocopia debidamente compulsada del Título correspondiente.

-Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

-Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el servicio.

Noveno. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 26 de octubre de 1994.-El Rector, Lorenzo Morillas Cueva.

ANEXO I

A) Denominación y número de plazas.

Una plaza de Técnico Especialista de Laboratorio (Departamento de Construcciones Arquitectónicas).

B) Nivel.

Grupo III del Convenio.

C) Fase de concurso.

Baremo para concursar a dos plazas de Técnicos Especialista de Laboratorio (Grupo III), vacantes en el Departamento de Construcciones Arquitectónicas Laboratorio de Materiales de Construcción.

Antigüedad en la Universidad: 1 punto año o fracción mensual que corresponda máx. 14 puntos.

-Cursos perfeccionamiento: Máx. 6 puntos.

-Titulación académica: Máx. 6 puntos (no necesaria para acceder al grupo al que se aspira).

-Doctor: 5 puntos.

-Licenciado o equivalente: 4,5 puntos.

-Diplomado o equivalente: 4 puntos.

-Bachiller Superior o equivalente: 3,5 puntos.

-Graduado Escolar o equivalente: 3 puntos.

-Certif. Estudios Primarios o equi.: 2,5 puntos.

-Otras titulaciones (títulos propios de la Universidad): 2 puntos.

-Experiencia profesional: Máx. 14 puntos.

-Con función similar a la plaza convocada (2 puntos/año o fracción mensual que corresponda): Máx. 10 puntos.

-Otros méritos relacionados con el puesto a cubrir: Máx. 4 puntos.

D) Fase de oposición.

Primer Ejercicio. Teórico.

En el tiempo máximo de dos horas los aspirantes contestarán un cuestionario que versará sobre aspectos del programa que figura en el Anexo I a esta convocatoria.

Segundo ejercicio. Práctico.

El ejercicio consistirá en el desarrollo de un ejercicio práctico en el tiempo que el Tribunal estime oportuno y que versará sobre aspectos del programa.

E) Calificación final de los ejercicios.

Los ejercicios serán calificados sobre una puntuación máxima de 30 puntos para cada ejercicio. Tendrán carácter eliminatorio y será necesario obtener

15 puntos en cada uno de ellos, para superarlos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de Oposición y Concurso, designándose a los aspirantes con mayor puntuación según el número de plazas convocadas. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, no pudiendo rebasar ésta, el número de plazas convocadas y la elevará al Rectorado de la Universidad para su aprobación.

PROGRAMA

1. Conocimientos de las propiedades físicas, químicas y mecánicas de los Materiales de Construcción.

2. Conocimientos de la edificación, intervención y comportamiento de los Materiales de Construcción.

3. Normativa vigente en materia de ensayos de Materiales de Construcción.

4. Conocimientos sobre ensayos de los Materiales de Construcción.

5. Técnicas de campo, obtención, control y archivo de muestras propias de los ensayos de Materiales de Construcción.

6. Conocimientos de electricidad, mecánica y mantenimiento, y reparación de aparatos propios de laboratorio para ensayos de Materiales de Construcción.

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