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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 280.1,
282.2, 283, 284.1 y 286.1 y concordantes del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
«Prestar conformidad a la cesión gratuita mediante concurso, de un terreno incluido en el Patrimonio Municipal del Suelo del Ilmo. Ayuntamiento de Cartaya (Huelva), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 1993, y cuya descripción es la siguiente:
Parcela en el Polígono Residencial «Huerta-Montejo¯, parcela
1-B, de una susperficie de 1.600,66 m2, inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Huelva, finca nº 9.303, libro 126, tomo 1.647.¯
Sevilla, 21 de diciembre de 1993
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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