Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 28/12/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 28 de noviembre de 1994, por la que se adjudican cinco becas de formación de personal docente e investigador en el Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología.

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De acuerdo con la Convocatoria de cinco Becas para la Formación de Personal Docente e Investigador en el Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología (Orden de 14 de abril de 1994, BOJA núm. 65 de 11 de mayo), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Otorgar cinco becas destinadas a la Formación de Personal Docente e Investigador en el Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo adjunto, con efecto de 1 de diciembre de 1994 a 30 de noviembre de 1995.

Segundo. La dotación de estas becas, con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos:

a)Una asignación de 95.000 pesetas brutas mensuales.

b)Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

c)Ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Centro donde el becario realice sus investigaciones.

La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a:

a)Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas, y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleve a cabo la investigación.

b)Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto y el Vº Bº del Director del Centro.

c)Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar en la Dirección General de Universidades e Investigación, una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto.

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Cuarto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de noviembre de 1994

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

ANEXO

Cobo del Rosal Bustos, Rosario (Granada). DNI: 24.254.680.

Durán Durán, Mª Auxiliadora (Málaga).

DNI: 33.367.375.

Hava García, Esther (Cádiz).

DNI: 31.254.677.

Medina Ariza, Juan José (Sevilla).

DNI: 28.484.306.

Navarro Moreno, Mª Isabel (Granada).

DNI: 26.217.694.

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