Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 4/5/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 28 de abril de 1994, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de anticipos al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1994.

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La Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), modificada parcialmente por la de 1 de octubre de 1994 (BOJA del 14), reguló la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. La Disposición Final Primera de la primera Orden citada faculta a esta Secretaría General para la Administración Pública a dictar las resoluciones oportunas y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de dicha norma.

En su virtud, gestionadas la totalidad de las solicitudes recibidas y distribuidas las cantidades por ámbitos de personal y grupos funcionariales y laborales, según se dispone en el artículo 11 del precitado texto regulador, esta Secretaría General para la Administración Pública

HA RESUELTO

Primero.Distribuir la cantidad habilitada en el ejercicio de 1994 para anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía entre sus distintos ámbitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), en los siguientes porcentajes:

Personal funcionario y no laboral: 92%.

Personal laboral: 8%.

Segundo.Los porcentajes asignados a cada uno de los grupos funcionariales y laborales son los establecidos a efectos de préstamos de Acción Social en las Resoluciones de esta Secretaría General de 26 de enero de 1994 (BOJA del

3 de febrero), de distribución de créditos de Acción Social del ejercicio de

1994, para el personal laboral y para el personal funcionario y no laboral, respectivamente.

Tercero.Publicar los listados provisionales del personal laboral y del personal funcionario y no laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía admitido para la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1994, ordenado alfabéticamente.

Cuarto.Publicar los listados provisionales del personal laboral y del personal funcionario y no laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía excluido de la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1994, por orden alfabético y con indicación de las causas de exclusión.

Quinto.Contra lo establecido en la presente Resolución, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante esta Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Dichas reclamaciones se presentarán preferentemente en las oficinas de registro de la Consejería de Gobernación (plaza del Cristo de Burgos, 31,

41071 - Sevilla) o de las Delegaciones de la misma en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley

30/1993, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de abril de 1994.-La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.

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