Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 1/6/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 113/1994, de 17 de mayo, por el que se adecua la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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Mediante el Decreto 116/1993 de 7 de Septiembre se modificó la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, unificándose en un sólo órgano directivo las anteriores direcciones generales de Ordenación del Territorio y Urbanismo, creándose el Instituto de Cartografía de Andalucía, como Servicio Administrativo sin personalidad jurídica, adscrito a la nueva Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

En dicho Decreto, se disponía una integración de unidades y puestos, en tanto se aprobaba la Relación de Puestos de Trabajo, lo cual se aborda por medio del presente Decreto, que implica a su vez la adecuación de las unidades correspondientes de la Delegaciones Provinciales.

Por otra parte, el referido Decreto afecta de forma marginal al desarrollo de las competencias de los órganos horizontales de la Viceconsejería y Secretaría General Técnica como consecuencia de la reordenación de éstas en cuanto a desarrollo normativo, asesoría jurídica y política comunitaria, lo cual se traduce en modificaciones particulares de la Relación de Puestos de Trabajo, que se efectúan en el presente Decreto, que igualmente incluye la supresión de puestos que se hallan vacantes y desdotados, no existiendo en la actualidad, razón funcional para su permanencia.

Finalmente, se incluye en este Decreto la adecuación derivada del traspaso de la gestión de puertos a la empresa pública creada al efecto, con la consiguiente eliminación de los puestos correspondientes de la Relación de Puestos de Trabajo.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 7/1990 de 19 de Julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General, así como en la Comisión del Convenio previsto en el IV Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de Mayo de 1994,

DISPONGO

Artículo único. Se aprueba la adecuación de la relación puestos de trabajo de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes que se compone la referida a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y al Instituto de Cartografía de Andalucía que se relacionan como Anexo I, así como de las modificaciones particulares de servicios centrales y delegaciones provinciales que comprende a su vez la supresión de los centros de puertos y otros puestos de trabajo y que se relacionan como Anexo II.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. El personal funcionario actualmente adscrito a los puestos suprimidos de los centros de trabajo de puertos a que se refiere el artículo único de este Decreto, se adscribirá a los puestos relacionados en el Anexo III, que se dotarán con los créditos destinados a dichos puestos suprimidos y que dicho personal ocupa en la actualidad.

Segunda. Por la Consejería de Economía y Hacienda, y dentro de las disponibilidades de crédito de capítulo 1 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto y disposiciones derivadas de su desarrollo.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas las anteriores disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan al contenido del presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

Se autoriza al Consejero de Gobernación para dictar normas en desarrollo del presente Decreto, así como en la aplicación del mismo, con objeto de adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio, deducidas de la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de mayo de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

VEANSE ANEXOS

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