Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 8/6/1994

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Otros. NOTARIA DE DON FERNANDO SALMERON ESCOBAR

EDICTO de anuncio de subasta. (PP. 1792/94).

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Fernando Salmerón Escobar, Notario del Ilustre Colegio de Granada con residencia en Málaga, HAGO SABER:

Que en acta ante mí de tres de marzo del año en curso, expediente núm. 2/94 se sigue procedimiento extrajudicial de ejecución de la hipoteca constituida por doña María Jesús Expósito Madueño a favor de «Citibank España S.A.« sobre la siguiente finca: Local comercial número treinta y nueve, en la planta baja del edificio número trece del Conjunto Alameda Alta, en Málaga, con superficie construida de ochenta y un metros, ochenta y cinco decímetros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número ocho de Málaga, folio 166, tomo 1988, libro 119, finca 8.390, inscripción cuarta. Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1.Se señala la primera subasta para el día 27 de julio de 1994, a las 10 horas; la segunda, en su caso, para el día 5 de septiembre de 1994, a las 10 horas; y la tercera, en el suyo, el día 5 de octubre de 1994, a las 10 horas, y en el caso de mejor postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 14 de octubre de 1994, a las 10 horas.

2.Todas las subastas se celebrarán en mi notaría, calle Marqués de Larios,

10, 2?, Málaga.

3.El tipo para la primera subasta es de 15.733.534 pesetas; para la segunda el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.

4.La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

5.Los postores deberán consignar previamente en la notaría de mi cargo el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento del de la segunda subasta para tomar parte en la tercera.

6.Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Málaga, a 25 de mayo de 1994

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