Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 16/6/1994

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Otros. AYUNTAMIENTO DE CADIZ

ANUNCIO de bases.

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Bases generales y específicas de Auxiliares Fiscales y Urbanísticos, Auxiliar de Delineación e Inspector de Obras.

BASES DE CONVOCATORIAS DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO

Primera. Objeto de las convocatorias.

Es objeto de las convocatorias la provisión en propiedad, por el procedimiento que se indica para cada una de las plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario, que figuran en los anexos que acompañan a estas Bases, a las que podrán sumarse aquéllas que se produzcan hasta la celebración de las pruebas.

De estas plazas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad de la propia corporación, el número de plazas que se indican en los anexos respectivos. Las vacantes sin cubrir de las reservadas a promoción interna podrán ser cubiertas por el resto de aspirantes procedentes del turno libre.

Las plazas ofertadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al grupo de clasificación en que se incluyen, según determina el Art. 25 de la Ley

30/84 de 2 de agosto, y demás retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo.

Segunda. Normas generales.

Las plazas que se convoquen este año se ajustarán a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en la ley 30/1984 de 2 de agosto; en la Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 2223/1984, de

19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado; en el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero; Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo; en las normas de esta convocatoria y cuantas disposiciones sean aplicables.

Tercera. Condiciones de los aspirantes.

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) No hallarse incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad establecidas en la legislación vigente.

f) Estar en posesión de los títulos exigidos para el ingreso en los grupos de Funcionarios que señala el artículo 25 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en los artículos

169 y 135 del Real Decreto Legislativo 781/1986.

Cuarta. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas convocatorias deberán hacerlo constar en instancia dirigida al Iltmo. Sr. Alcalde-Presidente, manifestando que reúnen las condiciones exigidas en la base tercera y acompañadas del justificante de abono de los derechos de examen.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado en el que figurará la referencia, el número y fecha de los Boletines Oficiales de la Provincia y de la Junta de Andalucía en los que se hayan publicado las bases y convocatorias. Las instancias podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 2.500 pesetas para las plazas del Grupo A; 2.000 pesetas para las del Grupo B; 1.500 pesetas para los Grupos C y D, y 1.000 pesetas para las del Grupo E.

Quinta. Admisión de Candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía-Presidencia, en el plazo máximo de un mes, se dictará Resolución declarando aprobada la lista de excluidos y admitidos que se publicará en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, determinando lugar, fecha y hora de celebración de las

pruebas, y en su caso orden de actuación de los aspirantes según sorteo realizado al efecto así como la composición del Tribunal. Los aspirantes excluidos podrán reclamar en el plazo de diez días a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución. Si no hay reclamaciones se elevarán a definitivas las listas provisionales, sin necesidad de nueva publicación.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Tribunales.

El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación, o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación, o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: Técnico o experto designado por la Corporación. Representante de la Comunidad Autónoma.

Funcionario de carrera designado por la Corporación.

Un representante de los funcionarios nombrado por la Junta de Personal.

Un representante de los funcionarios nombrado por las Centrales Sindicales más representativas, con voz y sin voto.

La designación del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes. Los vocales poseerán igual o superior titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Cuando el procedimiento selectivo lo aconseje, el Tribunal, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de otros funcionarios o trabajadores municipales para colaborar en el proceso de selección.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar

parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima. Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma Resolución, que aprueba la lista de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal, y día de comienzo de las pruebas.

Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios de la casa Consistorial con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas si se trata de un nuevo ejercicio.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los Tribunales tuvieren conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.

Octava. Fase de concurso.

En aquellas plazas que el sistema de selección sea Concurso-Oposición, la fase de concurso se regirá por las siguientes

normas:

1. Méritos profesionales:

Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente 0,05 Puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM y certificado de cotizaciones a la S.S. o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria 0,02 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

2. Méritos Académicos:

Grado de doctor en una materia propia de la titulación exigida para la plaza 2,00 puntos.

Otra Licenciatura/Diplomatura en el mismo Area de conocimiento u otra especialidad en la Titulación exigida para la

plaza 1,00 Punto.

Grado de licenciado en las plazas T.A.E. en que se exija el título de Diplomado 1,00 Punto.

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas:

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público.

A) Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas ó 2 días 0,05 puntos.

De 15 a 40 horas de duración de 3 a 7 días 0,10 puntos. De 41 a 70 horas de duración de 8 a 12 días 0,20 puntos. De 71 a 100 horas de duración de 13 a 20 días 0,25 puntos. De 101 a 200 horas de duración de 21 a 40 días 0,50 puntos. De 200 horas en adelante o más de 40 días 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

B) Por la participación como Director, Coordinador o Ponente: Por participar como Director, Coordinador o Ponente 0,20 puntos.

La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente en varias materias sólo

será objeto de una única puntuación.

Podrán establecerse otros méritos para alguna de las plazas que se convoquen valorándose hasta un máximo de 1,50 puntos.

Novena. Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios serán calificados por el Tribunal de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos para pasar al siguiente.

Este sistema de calificación general, no regirá para aquellas pruebas en cuyos anexos se establezca uno distinto. Siendo de aplicación el que se especifique en los anexos correspondientes. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los diferentes miembros del Tribunal, y dividiendo el total por el número de asistentes en aquel, siendo el cociente la calificación definitiva. No se computará la calificación más alta ni la más baja.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición, a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Los puntos del concurso no podrán se aplicados para superar los ejercicios de la oposición, siendo el porcentaje máximo admisible de puntos a adjudicar en la fase de concurso del 25% respecto de la fase de oposición.

Este 25% se distribuirá proporcionalmente entre los méritos a valorar:

Méritos académicos 30%

Méritos profesionales 40%

Cursos y seminarios, congresos y jornadas 10%

Méritos específicos 20%

Décima. Relación de aprobados.

Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación; no

pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la autoridad competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

Undécima. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamente de Personal los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Fotocopia del D.N.I. de conformidad con la resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 5 de noviembre de 1985.

b) Copia autenticada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título exigido en la respectiva convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación que acredite la citada equivalencia.

c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función, expedido por el Servicio de Sanidad del Excmo. Ayuntamiento de

Cádiz.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Los aspirantes que obtengan plaza y ya esten ocupando

algún puesto en el Ayuntamiento quedarán exceptuados de presentar los documentos aportados con anterioridad y obren en sus expedientes personales, pudiendo ser requeridos para que completen la documentación existente.

Plazo. El plazo de presentación de documentos será de

veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento General de Ingreso en la Administración Pública, quienes dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen su documentación o no reunieran los requistos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por la falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

Duodécima. Nombramiento y toma de posesión.

Aprobada la propuesta de nombramiento, los aspirantes incluidos en la misma deberán tomar posesión en el plazo que

determine la Corporación, conforme a lo dispuesto en el artículo

35 del Reglamento de funcionarios de Administración Local. Quienes, sin causa justificada, no tomaran posesión en el plazo indicado, perderán todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.

Decimotercera. Incidencias.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases.

Las resoluciones y actos de los Tribunales de Selección podrán ser recurridas ante el Presidente de la Corporación.

ANEXO I

Número de plazas convocadas: Una

Escala: Administración Especial

Subescala: Servicios Especiales

Clase: Cometidos Especiales

Denominación: Inspector de Obras

Grupo: D

Sistema de selección: Oposición

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. 1 o equivalente Otros requisitos: Carnets de conducir A-1 y B-1

EJERCICIOS DE LA OPOSICION

La oposición constará de tres ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, un tema de carácter general determinado por el Tribunal inmediatamente antes de comenzar el ejercicio, relacionado con las materias objeto del programa de la convocatoria aunque no se

atenga a epígrafe concreto del mismo. Se valorará la facultad de redacción, el nivel de formación y composición gramatical. El tiempo máximo será de una hora.

Segundo ejercicio. Consistente en desarrollar, por escrito, un cuestionario sobre los temas que componen el programa de la convocatoria.

Tercer ejercicio. De carácter práctico relacionado con las funciones de la plaza convocada.

PROGRAMA PARA LA PLAZA DE INSPECTOR DE OBRAS

Primera parte:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales, características y estructura.

Tema 2. La Organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía.

Tema 3. El Régimen Local español (I). Organización y competencias municipales.

Tema 4. El Régimen Local español (II). Entidades supramunicipales: Areas Metropolitanas, Mancomunidades, Consorcios, Comarcas.

Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

Tema 6. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 7. Derechos y deberes del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Régimen disciplinario.

Tema 8. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración Pública. La responsabilidad del personal al servicio de la Administración.

Tema 10. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. Presupuestos locales: régimen jurídico del gasto público.

Segunda parte:

Tema 1. La Corporación Municipal de Cádiz. Su organización. Funcionamiento de los órganos colegiados.

Tema 2. El procedimiento Administrativo Local. Fases del procedimiento. Registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 3. El servicio público local. Modos de gestión de los servicios públicos: especial consideración de la concesión.

Tema 4. Las empresas municipales. Los Consorcios. El Consorcio de la Bahía de Cádiz: naturaleza jurídica, composición y competencias.

Tema 5. La contratación administrativa en la esfera local. Selección del contratista.

Tema 6. Fuentes del Derecho Administrativo. Las Ordenanzas y Bandos Municipales.

Tema 7. La informática en la Administración Pública. El ordenador personal: sus componentes fundamentales.

Tema 8. La ofimática: en especial el tratamiento de textos y bases de datos.

Tema 9. La organización del trabajo. El trabajo en equipo. Reparto y análisis de tareas.

Tema 10. Planeamiento vigente. Los espacios públicos,

zonas verdes, playas, parques y jardines.

Tema 11. La recogida de basuras y limpieza viaria en el término municipal de Cádiz. Obligaciones y deberes de la concesionaria del servicio.

Tema 12. Los residuos sólidos. Recogida, tratamiento y eliminación.

Tema 13. La Ordenanza Municipal de Limpieza del Excmo.

Ayuntamiento de Cádiz (I). La Limpieza de la red viaria pública, urbanizaciones privadas, y establecimientos mercantiles: responsabilidades de la Administración y los ciudadanos.

Tema 14. Ordenanza Municipal de Limpieza del Excmo.

Ayuntamiento de Cádiz (II). Infracciones y sanciones. Procedimiento sancionador de la Ordenanza.

Tema 15. Procedimiento sancionador (I). Normativa de aplicación. Principios generales. El procedimiento simplificado.

Tema 16. Procedimiento sancionador (II). Iniciación, instrucción y resolución.

Tema 17. El servicio de inspección de limpieza. Operaciones de limpieza. Campañas y otras actuaciones preventivas.

Tema 18. La contaminación. Factores singulares de contaminación. Residuos tóxicos y peligrosos. Competencias en materia

de inspección y denuncias de residuos tóxicos y peligrosos.

ANEXO II

Número de plazas convocadas: dos.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Cometidos Especiales.

Denominación: Auxiliares Fiscales y urbanísticos.

Grupo: D.

Sistema de selección: Oposición.

Titulación exigida: Graduado Escolar o Equivalente.

Reserva de plazas: Del total de plazas vacantes se reserva:

Una para promoción interna entre funcionarios del Grupo E que posean la titulación exigida y cuenten, como mínimo, con dos años de servicio en dicho grupo en el Ayuntamiento de Cádiz, teniendo en todo caso preferencia para cubrir puestos vacantes los aspirantes que procedan de este turno.

Las vacantes reservadas que queden desiertas se acumularán al turno libre.

Ejercicios de la oposición.

La oposición constará de tres ejercicios, obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio. Consistente en contestar un cuestionario tipo test de preguntas con respuestas alternativas relacionadas con las materias objeto del programa de la convocatoria.

Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar, por escrito, en el plazo máximo de dos horas, tres temas extraídos al azar, siendo uno de cada parte del programa de la convocatoria. Se valorarán los conocimientos, redacción y nivel de formación.

Tercer ejercicio. Se desarrollará, por escrito, durante un período máximo de dos horas consistirá en la solución de dos supuestos prácticos, relativos a las tareas propias del puesto.

En este ejercicio se valorará la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones, así como el conocimiento y adecuada aplicación de la normativa vigente.

Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo caso, hacer uso de textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.

PROGRAMA DE AUXILIARES FISCALES Y URBANISTICOS

Parte primera.

Tema 1º. La Constitución de 1978: Principios Generales, Característica y Estructura.

Tema 2º. Organización Territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

Tema 3º. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de leyes.

Tema 4º. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Especial consideración del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.

Tema 5º. El acto administrativo: concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local. Sus fases. El silencio administrativo.

Tema 6º. Régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 7º. Organización y competencias municipales.

Tema 8º. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 9º. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al Servicio de las Entidades Locales.

Tema 10º. El presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

Parte segunda.

Tema 1º. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

Tema 2º. Los Tributos. Clases. Elementos. Hecho imponible. Sujeto Pasivo. Base tributaria. Determinación de la cuota.

Tema 3º. Procedimiento de gestión tributaria. Iniciación y trámites. Comprobación e investigación.

Tema 4º. La liquidación tributaria. Ingresos directos y tributos de cobro periódico. La inspección.

Tema 5º. La Gestión Recaudatoria. Organismos, autoridades y funcionarios vinculados a la Recaudación Municipal. Los Recaudadores y Agentes de Recaudación: competencia y funciones.

Tema 6º. Los plazos de recaudación: El período voluntario y el período ejecutivo.

El pago: medios de pago y justificantes. El fraccionamiento y aplazamiento. Otras formas de extinción de deudas.

Tema 7º. El procedimiento de apremio: concepto y naturaleza. Expedición y trámite del título ejecutivo: sus características. El requerimiento de pago, formalidades y recursos procedentes.

Tema 8º. Actuaciones previas al embargo de bienes. La providencia de embargo. El orden de prelación en el embargo. Práctica de la diligencia de embargo: excepciones y limitaciones. La colaboración y asistencia debidas al personal recaudador.

Tema 9º. El embargo de dinero depositado en Entidades de Crédito. Formalidades y procedimiento. La posición de la Entidad depositaria frente a la Administración. El embargo de salarios y sueldos: formalidades y procedimiento.

Tema 10º. El embargo de bienes inmuebles. Anotación en el Registro de la Propiedad: el mandamiento y sus requisitos. Concurrencia con otros acreedores y régimen de preferencia.

Tema 11º. El embargo de bienes muebles. Formalidades y

procedimiento. La entrada en domicilio. El embargo de vehículos y embarcaciones.

Tema 12º. El embargo de establecimientos mercantiles.

Práctica de los mismos y medidas cautelares.

Tema 13º. El embargo sobre derechos incorporales. Peculiaridades en su realización y clases.

Tema 14º. Las garantías del pago y otras formas de responsabilidad en la gestión recaudatoria.

Tema 15º. Enajenación de los bienes embargados. Tasación de los bienes. Formación de lotes. Procedimiento y formas de enajenación. Adjudicación de inmuebles a la Administración.

Tema 16º. La finalización del expediente de apremio. Liquidación de costas. Procedimiento para los créditos incobrables; la declaración de insolvencia y sus efectos.

Parte tercera.

Tema 1º. Las licencias urbanísticas: Concepto de licencia. Actos sujetos a licencia. Procedimiento general para su otorgamiento.

Tema 2º. Regulación de las licencias urbanísticas en el Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz.

Tema 3º. Las licencias de obras: Concepto, clases y procedimientos para su otorgamiento.

Tema 4º. La licencia de apertura: Concepto, clases y procedimientos para su otorgamiento.

Tema 5º. El deber de conservación y su límite. Ordenes de ejecución. La ejecución subsidiaria.

Tema 6º. La declaración administrativa de ruina. Concepto, clases, competencias y procedimiento.

Tema 7º. Infracciones urbanísticas: Clases, paralización de obras y demolición de lo indebidamente construido.

ANEXO III

Nº de Plazas convocadas: Una.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Cometidos Especiales.

Denominación: Auxiliar de Delineación.

Grupo: D.

Sistema de Selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: F.P.1 Rama de Delineación.

EJERCICIOS DE LA OPOSICION

La fase de oposición constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistente en desarrollar, por escrito, en el tiempo máximo de dos horas supuestos prácticos relacionados con las materias que componen la segunda parte del programa.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, relacionado con las materias objeto del programa de la convocatoria.

PROGRAMA PARA LA PLAZA DE AUXILIAR DE DELINEACION

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales, características y estructura.

Tema 2. La organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía.

Tema 3. El Régimen Local español. Organización y competencias municipales.

Tema 4. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública.

Tema 5. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 6. Derechos y deberes del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 7. La responsabilidad de la Administración Pública. La responsabilidad del personal al servicio de la Administración.

Tema 8. Las Haciendas Locales: clasificación de los recursos. Presupuestos locales: régimen jurídico del gasto público.

Segunda parte:

Tema 1. La Ley del Suelo. Planes de Ordenación.

Tema 2. El Urbanismo como competencia municipal. Aspecto de la gestión municipal del urbanismo.

Tema 3. Elección, manejo y conservación del papel dibujo.

Tema 4. Papel heliográfico. Tipos y características. Usos.

Tema 5. La reproducción de planos. Tipos y características.

Tema 6. Material de dibujo. El dibujo a lápiz.

Tema 7. Material de dibujo. El dibujo a tinta.

Tema 8. El tecnígrafo y el pantógrafo.

Tema 9. El trazado de perpendiculares y paralelas:

Tema 10. Operaciones con segmentos.

Tema 11. Elementos auxiliares de dibujo. Conservación y mantenimiento.

Tema 12. Proyectos de obras municipales. Clases.

Tema 13. Proyectos de obras municipales. Documentación

que contiene.

Tema 14. Oficinas Técnicas de Proyectos Municipales. Elementos que la componen. Atribuciones.

Tema 15. Archivo de obras municipales. Forma y contenido.

Tema 16. Superficies útiles y construidas.

Tema 17. La escala gráfica.

Tema 18. La encuadernación de proyectos. Formas útiles.

Cádiz, 27 de mayo de 1994.- El Secretario General, Lorenzo Martínez Escudero.

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