Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 28/6/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 109/1994, de 10 de mayo, por el que se modifica el Estatuto de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, aprobado por Decreto 126/ 1992, de 14 de julio, en lo relativo a la composición del Consejo de Administración de la Entidad.

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El Estatuto de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía (EPPA), aprobado por Decreto 126/1992 de 14 de Julio determina en su artículo 13 la composición del Consejo de Administración de la entidad y concretamente el párrafo 5º del artículo citado establece los miembros del referido órgano que, en calidad de vocales, se integran en el mismo en representación de las distintas Consejerías e instancias administrativas cuya participación era conveniente vincular a la gestión y gobierno de EPPA.

En el tiempo transcurrido desde la constitución de la empresa hasta la fecha, se han producido cambios en la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en la que por una parte se suprimió por Decreto

161/1992 de 8 de septiembre la Dirección General de Carreteras y la de Transporte; y por otra parte, mediante Decreto 116/1993 de 7 de septiembre se suprimieron las Direcciones Generales de Urbanismos y la de Ordenación del Territorio, refundiéndose en una única Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Asimismo la Consejería de Obras Públicas y Transportes ha planteado la conveniencia de complementar la representación en el Consejo de Administración de la EPPA, de las Administraciones territoriales distintas de la Autonómicas, atendiendo así a la propuesta formulada por la Comisión Ejecutiva de la Federación Andaluzas de Municipios y Provincias.

En base a lo anterior, existe la necesidad de proceder a modificar el Estatuto de EPPA en su artículo 13, en orden a variar la composición de los miembros del Consejo de Administración que en calidad de vocales, lo constituyen en la actualidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de Mayo de 1994.

DISPONGO

Artículo único. Se modifican los párrafos 2, 4 y 5 del artículo 13º del Estatuto de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía aprobado por Decreto

126/1992 de 14 de julio, que quedan redactados de la siguiente forma:

Artículo 2 El Consejo de Administración estará formado por el Presidente, dos Vicepresidente y diez vocales".

Artículo 4 Será Vicepresidente 1º el Viceconsejero de Obras Públicas y Transportes y Vicepresidente 2º el Director General de Infraestructura y Servicios del Transportes.

Artículo 5 Serán vocales el Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, El Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, un representante de la Consejería de Economía y Hacienda, un representante de la Consejería de Agricultura y Pesca, un representante de la Consejería Cultura y Medio Ambiente, el Jefe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Presidencia, un representante del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, dos alcaldes de municipios portuarios designados por los miembros de la representación municipal en Consejo Andaluz de Municipios y el Director-Gerente de la Entidad".

DISPOSICION FINAL

Se faculta al Consejero de Obras Públicas y Transportes para que dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de mayo de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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