Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 29/8/1995

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ALMONTE

ANUNCIO. (PP. 1849/95).

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Don Francisco Bella Galán, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Almonte.

Hace saber: Que el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día nueve de noviembre de 1994, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobación, si procede, del registro de parejas de hecho.

«1º Crear con el Ayuntamiento de Almonte el Registro Municipal de Uniones Civiles, que tendrá carácter administrativo y se regirá por el presente acuerdo y demás disposiciones que puedan dictarse en su desarrollo.

2º a) En el Registro Municipal de Uniones Civiles se inscribirán las declaraciones de constitución de uniones no matrimoniales de convivencia entre parejas, incluso del mismo sexo, así como las de terminación de esa unión, cualquiera que sea la causa.

b) También podrán inscribirse mediante transcripción literal, los contratos reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de esas uniones.

c) Asimismo podrán inscribirse otros hechos o circunstancias relevantes que afecten a la unión extramarital.

3º Las inscripciones que puedan practicarse en el Registro Municipal de Uniones Civiles, lo serán a instancia conjunta de los dos miembros de la unión no matrimonial, que deberán ser mayores de edad o menores emancipados, no estar declarados incapaces y no ser entre sí parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral. Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en el Municipio de Almonte.

Solamente las inscripciones que hagan referencia a la extinción de la unión civil, podrán efectuarse a instancia de uno solo de sus miembros.

4º La publicidad del Registro Municipal de Uniones Civiles quedará limitada exclusivamente a la expedición de certificaciones de sus asientos a instancia de cualquiera de los miembros de la unión interesada o de los Jueces y Tribunales de Justicia.

5º En el Ayuntamiento de Almonte, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el Registro Municipal de Uniones Civiles tendrán la misma consideración jurídica y administrativa de las uniones matrimoniales.

6º El Registro Municipal de Uniones Civiles, estará a cargo de la Secretaría General del Ayuntamiento. Las inscripciones que se practiquen y las certificaciones que se expidan serán totalmente gratuitas.«

El presente acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, procediéndose también a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.

Almonte, 26 de junio de 1995.- El Alcalde.

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