Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 7/10/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 26 de septiembre de 1995, por la que se dispone la aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo en el grado medio de música en la Comunidad Autónoma de Andalucía a partir del curso académico 1995/96.

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El Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, por el que se modifica y completa en Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo (BOE del 28), establece en el apartado 12 del artículo único que en el año académico 1995/96 se implantará el primer curso del grado medio correspondiente a la nueva ordenación del sistema educativo en lo que a enseñanzas de la música se refiere.

En su virtud, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. La presente Orden será de aplicación en los Conservatorios de Música de la Comunidad Autónoma de Andalucía que tienen autorizado la impartición del grado medio de música.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el apartado 12 del artículo único del Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, los Conservatorios de Música a que se refiere la presente Orden implantarán durante el año académico 1995/96 el primer curso del grado medio correspondiente a la nueva ordenación del sistema educativo.

Tercero. De acuerdo con la disposición final segunda de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 28 de agosto de 1992, por el que se establece el currículo de los grados elemental y medio de música y se regula el acceso a dichos grados (BOE del 9 de septiembre), con carácter transitorio, y hasta tanto se establezcan en la Comunidad Autónoma de Andalucía las enseñanzas correspondientes al grado medio de música, así como el acceso a dicho grado, la implantación del mismo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en la mencionada Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 28 de agosto de 1992.

Cuarto. Se autoriza a la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional para desarrollar e interpretar lo dispuesto en la presente Orden.

Quinto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de septiembre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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