Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 24/10/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 22 de septiembre de 1995, por la que se reconoce con carácter provisional la denominación de origen Pasas de Málaga.

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Vista la solicitud formulada por los sectores productor y elaborador de la pasa moscatel de Málaga. Considerando necesario proteger unas pasas, de la variedad moscatel, con características diferenciales, que se producen en la provincia de Málaga, altamente apreciadas por los consumidores, es conveniente que dichas pasas cuenten con una reglamentación especial y un Consejo Regulador que se encargue tanto de la vigilancia y cumplimiento del Reglamento de la Denominación, como de la materia prima utilizada, de los sistemas de elaboración y de su promoción en el mercado. Vistos los informes del Registro Mercantil Central y de la Oficina Española de Patentes y Marcas y efectuadas consultas previas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En virtud de las competencias asumidas por esta Consejería de Agricultura y Pesca, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre y en base a la Ley 25/1970 de 2 de diciembre y su Reglamento aprobado por Decreto 835/1972 de 23 de marzo, tengo a bien disponer:

Primero. Se reconoce con carácter provisional la Denominación de Origen «Pasas de Málaga¯ para las pasas tradicionalmente producidas y elaboradas en la provincia de Málaga.

Segundo. Se delega en la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria la facultad para designar un Consejo Regulador de carácter provisional, encargado de formular el proyecto de Reglamento particular de la Denominación de Origen «Pasas de Málaga¯ que se adecuará a cuanto prevé el artículo 84 y concordantes de la Ley 25/1970, Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes y su Reglamento aprobado por Decreto

835/1972, de 23 de marzo.

Tercero. La indicación Denominación de Origen «Pasas de Málaga¯ no podrá ser mencionada en las etiquetas, publicidad y documentación hasta la aprobación definitiva del Reglamento.

Sevilla, 22 de septiembre de 1995

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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