Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 27/1/1995

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 DE GIJON

EDICTO. (PP. 100/95).

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D. Rafael Climent Durán, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 7 de Gijón, hago saber: Que en los autos de quiebra tramitados ante este Juzgado bajo el núm. 36/94 se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«En Gijón a veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro. Visto por D. Rafael Climent Durán, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 7 de Gijón, el incidente de calificación de la quiebra en el juicio universal de la quiebra de la entidad mercantil Fundeco S.A., quiebra voluntaria, en la que dicha entidad quebrada ha sido representada por el Procurador Francisco Javier Rodríguez Viñes y dirigida por el Letrado Ramón F. Mijares, en la que han sido partes el Fondo de Garantía Salarial representado y defendido por el Letrado Angel L. Fernández Castañón; la Hacienda Pública representada y defendida por el Abogado del Estado; la Tesorería General de la Seguridad Social representada por el Procurador Joaquín Secades Alvarez y defendida por la Letrado Alicia Domínguez Martín; Gamertrans S.L. representada por el Procurador Mateo Moliner González; José Antonio Vega Fondón representado por el Procurador Jorge M. Somiedo Tuya; Transportes Carreras S.A. representada por el Procurador Manuel Fole López y defendida por el Letrado Norberto Tellado Fernández y el Principado de Asturias representado por el Procurador Manuel Suárez Soto, siendo Síndicos José Antonio C. de Diego Quevedo, Ricardo J.A. Madrigal García y Constantino Vega Pastor; y Comisario Ana María Mansilla Lozano; y el Ministerio Fiscal«. Se califica como fortuita la quiebra de la entidad comercial Fundeco S.A. dejándose sin efecto la fianza prestada por el quebrado, sin hacerse condena de las costas causadas en este incidente.

Notifíquese esta resolución a las partes no comparecidas en el presente incidente, por lectura en audiencia pública del Juez, por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y personalmente si así se solicitare.

Remítase el correspondiente boletín a la Delegación Provincial de Estadística.

Líbrese y únase certificación de esta sentencia a las actuaciones, incluyendo la original en el Libro de Sentencias. Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo«.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Principado y de la Provincia de Asturias y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido el presente en Gijón a 23 de diciembre de 1994.- La Secretaria, El Magistrado-Juez.

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