Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 22/12/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 29 de noviembre de 1995, por la que se concede subvención expecífica, por razón del objeto, a ayuntamientos de la provincia de Granada, para actuaciones encaminadas a paliar el absentismo escolar temporero.

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Entre las medidas que la Consejería de Educación y Ciencia viene aplicando para desarrollar el Título V dela Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo sobre la compensación de las desigualdades en la educación, se encuentran las actuaciones encaminadas a paliar el absentismo escolar y la deficiente escolarización originada por razones socioambientales y laborales en núcleos de población desfavorecidos, así como por la ultradiseminación de localidades ubicadas en el ámbito rural.

Este objetivo se plasma en una serie de acciones que pretenden evitar la desescolarización de los hijos de trabajadores temporeros que se produce por su desplazamiento desde los lugares de origen a las zonas de trabajo eventual, procurando de forma prioritaria la permanenciade los niños y niñas en su propia localidad o, en su defecto,ofertándoles un puesto escolar en el entorno de los núcleos de destino donde sus padres encuentran trabajo temporal.

La problemática originada es compleja y las actuaciones que hay que acometer, teniendo en cuenta las diversas variables que inciden en la realidad socioeconómica de estos sectores de población, requieren de la colaboración y coordinación entre los organismos más directamente afectados, especialmente las Corporaciones Locales. A tal fin, la Orden de la Consejería de Educacióny Ciencia, de 1 de septiembre de 1989, (BOJA del 13 de octubre) determinó el modelo de un Acuerdo Base paraser suscrito entre las Entidades Locales más directamente afectadas y la Consejería de Educación y Ciencia.

En consecuencia, considerando lo anteriormente expuesto, tras el oportuno proceso de detección de necesidades realizadas por la correspondiente Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Granada, con la participación de las Corporaciones Locales afectadas y efectuada la consiguiente valoración; habida cuenta de que existe crédito presupuestario para subvencionar la realización de estas medidas y no siendo posible promover la concurrencia por la naturaleza específica del objeto a subvencionar; una vez suscritos los convenios de cooperación en los términos previstos en la anterior Orden de1 de septiembre de 1989, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder subvención específica por razón del objeto, a fin de posibilitar la realización de actuaciones encaminadas a paliar el absentismo escolar, especialmenteel temporero, a los Ayuntamientos que se relacionan a continuación y por los importes que se indican:

Ayuntamientos Importe/ptas.

Alamedilla 1.400.000.

Albuñuelas 8.400.000.

Algarinejo 700.000.

Colomera 200.000.

Cortés de Baza 200.000.

Deifontes 1.000.000.

Gorafe 1.500.000.

Guadahortuna 4.000.000.

Huélago 850.000.

Illora 1.200.000.

Montejícar 5.744.866.

Montefrío 500.000.

Morelabor 800.000.

Torrecardela 170.000.

Zagra 180.000

Pedro Martínez 339.000.

Zújar-Carramaiza 900.000.

Segundo. Estas subvenciones se imputarán a la aplicación presupuestaria

01.18.00.03.00.46101.00.32F.0 y supone un importe global de 28.083.866 ptas.

Tercero. Las Corporaciones Locales beneficiarias deberán cumplir los requisitos recogidos en el artículo 21, apartados 7 (a,b,c y d) y 8, de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, prorrogada por el Decreto 472/1994, de 27 de diciembre, y demás disposiciones vigentes.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de noviembre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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