Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 4/2/1995

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Otros. AYUNTAMIENTO DE SANTA FE

ANUNCIO de bases.

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El Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe, hace saber:

Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en su sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre de 1994, acordó aprobar la convocatoria y bases para la selección de una plaza de auxiliar administrativo, de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo D, mediante oposición libre; las cuales se transcriben a continuación.

Sante Fe, 24 de enero de 1995.- El Alcalde.

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCION POR EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Primera. Objeto de la convocatoria.

1. De acuerdo con la oferta de empleo público aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 15 de junio de 1994, y publicada en el BOE núm. 199, de fecha 20 de agosto de 1994, se realiza la presente convocatoria, para la provisión por el sistema de selección de oposición libre, para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo, de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo D, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/84, de 2 de agosto, Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril; R.D. 2223/84, de 19 de noviembre; R.D. 896/91, de 7 de junio.

2. El Tribunal responsable de la selección, no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Segunda. Condiciones que deben reunir los/as aspirantes.

1. Podrán tomar parte en la oposición libre los/as aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido los 55 años, ambos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, del título de Graduado Escolar; Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de sus funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o Institucionales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causas de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/84, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Todos estos requisitos deberán mantenerse durante el proceso selectivo.

Tercera. Presentación de solicitudes y admisión de aspirantes.

A) Presentación de Solicitudes.

1. Las instancias solicitando tomar parte en la oposición libre, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (conforme al modelo que figura en el Anexo I de esta convocatoria).

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art.

38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El plazo de presentación será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3. Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 2.500 pesetas, que los aspirantes deberán ingresar en la Tesorería Municipal y el resguardo de haberse hecho el ingreso, se adjuntará a la instancia. Asimismo se adjuntará a la instancia fotocopia del DNI.

B) Admisión de Aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el BOP y tablón de Anuncios, se indicará nombre, apellidos y DNI de los/as admitidos/as y exluidos/as e indicando las causas de la exclusión y concediendo un plazo de 10 días para la subsanación de defectos, en su caso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

En la misma resolución el Alcalde determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los aspirantes y la composición del Tribunal calificador.

Cuarta. Tribunal Calificador.

1. Composición: El Tribunal calificador estará integrado, conforme a lo dispuesto en el art. 4º del R.D. 896/91 de 7 de junio, en relación con el art. 11.2 del R.D. 2223/84, de 19 de diciembre por los miembros siguientes:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación, o funcionario de la misma en quien delegue. Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un Técnico a designar por la Corporación.

- Un Concejal de la Corporación.

- El Concejal del Area de Personal de la Corporación.

- Un Concejal de la Corporación de los Grupos de la Oposición.

- Delegado de Personal.

2. Abstención y Recusación: Los miembros del Tribunal, deberán abstenerse de formar parte de los mismos y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, se deberán abstener los miembros que hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3 del R.D. 2.223 de 19 de diciembre.

3. Constitución y actuación. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de cuatro de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, más el Presidente.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la Convocatoria. No obstante, el Tribunal, resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las Bases.

El Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores o especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos asesores se limitarán a valorar los ejercicios correspondientes a su especialidad técnica y colaborarán con el Tribunal, exclusivamente en base a dicha especialidad.

Las indemnizaciones por asistencia como miembros de Tribunal se efectuarán conforme a lo dispuesto en el art. 33.2 del R.D. 236/88 de 4 de marzo y Resolución de 11 de febrero de 1991.

Quinta. Pruebas selectivas.

La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes; y eliminatorio para pasar al siguiente, consistirá en pasar a máquina un texto elegido por el Tribunal, donde el o la aspirante deberá demostrar su destreza en el manejo de máquina de escribir convencional y superar las 250 pulsaciones por minuto.

Se valorará además, la limpieza, claridad, ortografía, y presentación de la escritura a máquina de este ejercicio.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio para todos los/las aspirantes, y eliminatorio para pasar al siguiente, consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas sacados a la suerte de entre todos los que integran el programa adjunto como Anexo II a las presentes Bases.

Será leído por el aspirante, pudiendo el Tribunal formular preguntas.

Tercer ejercicio: De carácter obligatorio para todos los/las aspirantes, y eliminatorio, consistirá en desarrollar por escrito durante un período de 2 horas máximo la contestación a dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativo a las tareas administrativas propias que corresponde a los funcionarios del subgrupo.

En este ejercicio se valorará especialmente la habilidad del aspirante en la aplicación de sus conocimientos al caso práctico planteado.

Cuarto ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes y eliminatorio, consistirá en acreditar en la práctica, conocimientos a nivel de usuario de tratamientos de textos en word perfect y SICAL.

Sexta. Calendario de realización de las pruebas.

1. El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas selectivas primera y segunda se fijarán en la Resolución de la Alcaldía, donde se declare la admisión y exclusión de los aspirantes a que se refiere la base tercera.

2. El Orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético comenzando por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra N, de acuerdo con la Resolución de 8 de febrero de 1993, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas.

3. Los aspirantes serán convocados provistos de su DNI para cada ejercicio en llamamiento único.

4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el BOP. Deberán hacerse públicos estos anuncios en los locales, donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

5. Desde la terminación de una prueba y el inicio de la siguiente, habrán de transcurrir 48 horas como mínimo y 20 días como máximo.

Séptima. Sistema de calificación.

Todos los ejercicios serán obligatorios y eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada una de los ejercicios, será de cero a diez.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes, en aquél, siendo el cociente la calificación definitiva. El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.

Octava. Relación de aprobados y presentación de documentos.

1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuaciones, y elevará dicha relación al Presidente de la Corporación para que formule el nombramiento pertinente.

2. Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días naturales a partir de la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición, se exigen en la base segunda.

a) Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente.

b) Copia autenticada o fotocopia (que deberá acompañar de su original para su compulsa) del título exigido.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad alguna que impida el normal desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/84 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

3. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración Pública de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su expediente personal.

4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Novena. Nombramiento y toma de posesión.

1. Una vez presentados los documentos a que se refiere la base anterior y cumplidos los requisitos que se exigen, se procederá al nombramiento del o la aspirante propuesto/a por el Tribunal, por el órgano municipal competente. En otro caso le será de aplicación lo estipulado en la legislación vigente.

2. El plazo para tomar posesión será de 30 días contados desde la notificación del nombramiento como Auxiliar de Administración General, del Ayuntamiento de Santa Fe al interesado/a.

3. Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y nombramiento conferidos.

Décima. Normas de aplicación.

Para lo no previsto en estas bases o aquello que las contradiga, serán de aplicación la Ley 7/85 de 2 de abril; R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril; la Ley 30/84 de 2 de agosto; el R.D. 2223/84 de 19 de diciembre; R.D.

896/91 de 7 de junio y Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Norma Final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS DE ACCESO A AUXILIAR ADMINISTRATIVO, CONVOCADAS POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA FE

Convocatoria fecha BOE ............. / ............ / ..............

DATOS PERSONALES:

........................................................................ (Primer Apellido)(Segundo Apellido)(nombre)

........................................................................ (Fecha Nacimiento)(Lugar nacimiento)(Provincia)

....................................................................... (DNI)(Domicilio)(Teléfono)

Declara: Que son ciertos los datos consignados en esta instancia y que reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la presente convocatoriam y estando interesado en concurrir a las pruebas.

Solicita: Ser admitido/a, y participar en el proceso selectivo convocado para cubrir en propiedad la plaza de Auxiliar Administrativo, de la Plantilla de Personal Funcionario de ese Excmo. Ayuntamiento.

Documentación que aporto:

- Fotocopia del DNI compulsada.

- Fotocopia compulsada del título académico exigido para concurrir.

- Resguardo de pago de los derechos de examen.

- Otros.

En ................ a ......... de ........................ de 199 .....

Fdo. .....................................

Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe.

ANEXO II

PROGRAMA PARA EL INGRESO EN LA SUBESCALA AUXILIAR DE ADMINISTRACION GENERAL DE LAS

CORPORACIONES LOCALES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

Tema 2. El Estado. Concepto. Elementos. Formas de Estado.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía, su significado.

Tema 4. La Organización del Estado en la Constitución. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El Refrendo.

Tema 5. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 6. El Procedimiento Administrativo. Significado. Principios Generales. Fases.

Tema 7. El Municipio. El Término Municipal. La Población. El Empadronamiento.

Tema 8. Organos de Gobierno Municipales. El Ayuntamiento Pleno: integración y funciones. La Comisión de Gobierno. Organos de participación ciudadana: Las Juntas Municipales de Distrito. Las Comisiones Informativas.

Tema 9. Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales. Convocatoria y Orden del Día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.

Tema 10. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 11. El Procedimiento Administrativo Local. Registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 12. Haciendas Locales: Su concepto y regulación. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 13. El Presupuesto de las Entidades Locales. Concepto. Estructura. Formación y Aprobación.

Tema 14. Imposición local. Contribuciones especiales. Tasas y Precios Públicos.

Tema 15. Gestión económica local. Ordenación de gastos y ordenación de pagos. Organos competentes.

Tema 16. El gasto público y sus clases. El control del gasto público. Idea general del gasto público en España.

Tema 17. Los ingresos públicos: Concepto y clases. El Impuesto. Las Tasas Fiscales.

Tema 18. Principios inspiradores de la Ley General Tributaria.

Tema 19. El Presupuesto. Doctrina clásica y concepciones modernas acerca del Presupuesto. Idea general del Presupuesto Español.

Tema 20. La Ley General Presupuestaria.

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