Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 9/2/1995

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CAMAS

ANUNCIO de bases.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de enero de

1995, aprobó las Bases de las convocatorias relativas a las plazas de personal funcionario que figuran en los anexos, que más adelante se detallan, integrantes de la Oferta de Empleo Público de esta Corporación para el año 1994, y acordó para regir dichas convocatorias las siguientes:

BASES GENERALES

Primera. Objeto de la convocatoria.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad las plazas de funcionarios vacantes en la plantilla de este Excmo. Ayuntamiento, incluidas en la Oferta de Empleo Público para 1994, y que figuran en los anexo de estas Bases Generales.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de funcionarios de carrera de esta Corporación y están dotadas presupuestariamente de los haberes correspondientes a las escalas, subescalas, clases y categorías, en que se encuentran encuadradas dichas plazas.

De ellas se reservan a promoción interna el número de plazas que se indican en los respectivos anexos.

Dichas plazas podrán incrementarse con las vacantes que pudieran producirse hasta el momento de inicio de las pruebas selectivas correspondientes a la plaza/s a cubrir.

El/los aspirante/s que obtenga/n plaza/s quedará/n sometido/s al sistema de incompatibilidades vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe/n le/s sea/n de aplicación otra incompatibilidad. La realización de estas pruebas selectivas se regirá por lo previsto en estas bases y anexos, y en su defecto se estará a lo establecido por la Ley

30/1984 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley

7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo

781/1986 de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Real Decretyo

896/1991 de 7 de junio, Real Decreto 2.223/1984 y demás disposiciones legales vigentes en la materia.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) Estar en posesión del título exigible, o en condiciones de obtenerlo, antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, para el ingreso en los grupos o categorías que se especifican en los anexos de la convocatoria.

f) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establecieran en los anexos correspondientes.

Cuando se trate de plazas reservadas a promoción interna del personal de este Excmo. Ayuntamiento, las condiciones a reunir por los aspirantes serán:

a) Ser funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Camas, perteneciente al grupo o subescala que se especifica en los correspondientes anexos.

b) Haber permanecido, al menos dos años en el Cuerpo o Escala de procedencia.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones.

d) Estar en posesión del Título que se especifique en el correspondiente anexo o en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de instancias.

e) Cumplir el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al Grupo o Escala de que se trate.

f) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establecieran en los anexos correspondientes.

Tercera. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en las instancias que les serán facilitadas en este Excmo. Ayuntamiento, y serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Camas y presentadas en el Registro General de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fijan en 1.000 ptas. También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 38 de la Ley

30/92 de 26 de noviembre de Bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En las instancias, los interesados harán constar expresa y detalladamente, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como los que pudieran recogerse en los anexos respectivos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Para las plazas con valoración de méritos, los aspirantes deberán adjuntar a su instancia los títulos y documentos acreditativos de los mismos para hacerlos valer en la fase de concurso, mediante presentación de originales o fotocopias debidamente compulsadas. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados aquellos méritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo referido. En el proceso de valoración, podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado«.

Cuarta. Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso, el motivo de la exclusión. Los errores de hecho podrán subsarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución anterior establecerá un plazo de diez días para la subsanación de errores, de conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de quince días naturales para solicitar su inclusión, a partir del siguiente en que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia la Lista Provisional de aspirantes admitidos y excluidos, siempre y cuando acrediten dentro de dicho plazo, reunir las condiciones requeridas para ser admitidos. Una vez transcurrido dicho plazo quedará elevada a definitiva la lista de admitidos y excluidos.

Quinta. Tribunales Calificadores.

Los Tribunales Calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, estarán constituidos de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz pero sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante de los funcionarios de carrera propuesto por la Junta de Personal o miembro de ésta.

- El Delegado de Personal, o en quien delegue.

- Un Técnico cualificado nombrado por el Alcalde o persona que lo sustituya.

Se nombrarán suplentes para cada uno de los miembros del Tribunal. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 29 de la mencionada norma. La Alcaldía-Presidencia resolverá en el plazo de tres días sobre la abstención o recusación, en su caso formulada. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y quedarán facultados para resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto en lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos; tales especialistas actuarán con voz pero sin voto.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias que correspondan con arreglo a la Ley.

Sexta. Orden de actuación y desarrollo de los ejercicios. Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos, al menos, dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria.

El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de su realización, así como el orden de actuación de los opositores, en aquellas pruebas en que hayan de actuar individualmente los aspirantes, se establecerá previo sorteo para determinar el orden de actuación, se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia«, y en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento. Igualmente se publicará en dicho Diario Oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal Calificador. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal.

Para establecer, en su caso, la puntuación de la fase de concurso, el Tribunal, se reunirá con antelación al comienzo de las pruebas de la oposición, debiendo concluir esta fase antes del comienzo de las mencionadas pruebas.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Séptima. Sistema de calificación.

1º Calificación de aquellas pruebas selectivas cuyo procedimiento de selección sea el de oposición.

Los ejercicios obligatorios serán calificados con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos opositores que no alcance un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios. Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios, al aspirante se le calificase con cero puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto eliminado.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez puntos. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Cuando entre las puntuaciones máximas y mínimas otorgadas por los miembros del Tribunal existiera una diferencia en 3 puntos o más de 3, se desecharán ambas, en cuyo caso la puntuación será la media entre las restantes. El Tribunal a petición de alguno de sus miembros, y por razones de mayor objetividad, podrá resolver que las calificaciones se realicen en forma secreta.

La calificación definitiva se hallará sumando la puntuación obtenida en los ejercicios, considerándose aprobados aquellos aspirantes con mayor puntuación final que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

2º Calificación de aquellas pruebas selectivas cuyo procedimiento de selección sea el de concurso-oposición.

2.1.Fase de Concurso. La fase de concurso que será previa a la oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

El límite máximo total que puede alcanzarse en esta fase es de diez puntos. Se valorarán los méritos aportados por los interesados, según baremo que se especifica en los correspondientes anexos.

2.2. Fase de Oposición. Los ejercicios obligatorios serán calificados con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios. Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios al aspirante se le calificase con cero puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto eliminado.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez puntos. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Cuando entre las puntuaciones máximas y mínimas otorgadas por los miembros del Tribunal existiera una diferencia en 3 puntos o más de 3, se desecharán ambas, en cuyo caso la puntuación será la media entre las restantes. El Tribunal a petición de alguno de sus miembros, y por razones de mayor objetividad, podrá resolver que las calificaciones se realicen en forma secreta.

La calificación definitiva de la fase de oposición se hallará sumando la puntuación obtenida en cada ejercicio obligatorio y dividiéndose por el número de ejercicios, sumándole en su caso, la obtenida en los ejercicios voluntarios.

El orden de calificación definitiva, vendrá determinado por la suma de las calificaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición, respectivamente, considerándose aprobados aquellos aspirantes con mayor puntuación final que tegan cabida en el número de plazas convocadas.

Octava. Puntuación y propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación, la relación de aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con propuesta de nombramiento a la Presidencia de la Corporación, quien formulará el correspondiente nombramiento.

Novena. Presentación de documentos.

El/los aspirante/s propuesto/s presentará/n ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la selección se exijan en la convocatoria y, en concreto:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Fotocopia compulsada del Título Académico Oficial exigido para el ingreso.

c) Declaración jurada o promesa personal de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

d) Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio. A estos efectos los aspirantes seleccionados podrán ser sometidos a reconocimiento médico por los servicios médicos que determine este Ayuntamiento.

Quienes tuvieran la condición de funcionario estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos, ya acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar únicamente fotocopia debidamente compulsada del Título Académico Oficial exigido en la convocatoria.

Décima. Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Alcalde-Presidente, de acuerdo con la propuesta del Tribunal Calificador procederá a nombrar funcionario/s al/los candidato/s propuesto/s, el/los cual/es deberá/n tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente en que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el R.D. 707/1979, de 5 de abril.

Quien/es sin causa justificada no presente/n la documentación, no reuniera/n los requisitos exigidos, o no tomen posesión en el plazo señalado, quedará/n anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera/n haber incurrido, con la pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido en su caso.

Undécima. Publicidad de las convocatorias.

El anuncio de las convocatorias se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y las presentes bases, una vez aprobadas se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Duodécima. Impugnación.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la LRJPA.

CONVOCATORIA DE PERSONAL FUNCIONARIO

ANEXO I

Plazas de Técnico de Administración General

Número de plazas: Una.

Pertenecientes a:

Escala: Administración General.

Subescala: Técnica.

Grupo: A.

Nivel: 20.

Sistema de selección: Oposición de promoción interna.

Titulación exigida: Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales.

Requisitos Adicionales.

Los aspirantes deberán pertenecer a la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Camas, como funcionarios de carrera pertenecientes a la subescala administrativa inmediatamente inferior en la escala de Administración General.

Tribunal Calificador.

Se compondrá tal y como establece la Base Quinta de las Generales que rigen la presente convocatoria.

Ejercicios:

La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

Primero.Consistirá en contestar, por escrito en un período de 90 minutos, un cuestionario de 90 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, sobre el programa de materias que figura en el presente anexo.

Segundo.Consistirá en la exposición por escrito, en un tiempo máximo de 4 horas, de dos temas del programa de la convocatoria de entre cuatro extraídos al azar.

Tercero.Consistirá en la realización durante un período máximo de cuatro horas, de dos supuestos prácticos a elegir entre cuatro, que, adecuados a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionados con el programa, decida el Tribunal. Para su realización los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos.

Los períodos fijados para los ejercicios anteriores podrán ser ampliados, si el Tribunal lo considera oportuno.

PROGRAMA

1.El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

2.El Tribunal Constitucional. Organización y composición. Competencias y recursos.

3.Nacimiento y evolución del proceso autonómico andaluz. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Principios generales y estructura.

4.La Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización y competencias. El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Presidente y el Consejo de Gobierno.

5.Otras Instituciones Autonómicas Andaluzas. El Defensor del Pueblo en Andalucía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Tribunal de Cuentas.

6.Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y Principios Generales de Derecho.

7.La Ley: Concepto y clases. Disposiciones normativas con rango de Ley.

8.El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

9.El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La aplicación del Derecho.

10.El ciudadano. Derechos y Deberes. Colaboración y participación de los ciudadanos.

11.El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.

12.Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

13.El Procedimiento Administrativo Común. Principios informadores.

14.Fases del Procedimiento Administrativo Común.

15.Los recursos administrativos: Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente.

16.La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias, ejecución de sentencias.

17.La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.

18.La Potestad sancionadora de la Administración. Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones administrativas.

19.El personal al servicio de la Administración Local. Clases de funcionarios. Situaciones administrativas de los funcionarios.

20.Derechos y Deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades.

21.El régimen disciplinario de los funcionarios. Procedimientos. Clasificación de las faltas. Sanciones.

22.Organización y competencias municipales.

23.Régimen de Sesiones y acuerdos de los Organos Colegiados Locales.

24.Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

25.Los Bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público.

26.Las Licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

27.El Sistema Tributario Español. Principios inspiradores del Derecho Tributario.

28.La potestad tributaria derivada de las Entidades Locales. Principios del sistema Tributario Local.

29.Elaboración y aprobación de las Ordenanzas Fiscales.

30.La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria. La imposición y ordenación de tributos locales.

31.Competencias de las Entidades Locales en materia de gestión tributaria. Delegación de las competencias de gestión tributaria.

32.La Gestión Recaudatoria: Concepto y objeto. Los obligados al pago de las deudas tributarias.

33.Procedimiento de Recaudación en período voluntario en las Corporaciones Locales. Plazos de ingreso. Información al contribuyente.

34.La Deuda Tributaria. Componentes. Formas de extinción. El pago. Obligados al pago: Medios y justificantes. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.

35.La Compensación. Devolución de ingresos indebidos.

36.Procedimiento de Recaudación en vía ejecutiva en las Corporaciones Locales. El recargo de apremio. Títulos para la ejecución. Suspensión. Práctica de las notificaciones.

37.Procedimiento de embargo. La providencia del embargo. Ejecución de garantías. Orden de embargo. La diligencia de embargo. Facultades de la Admón. Tributaria en la investigación de bienes y derechos de los deudores.

38.Los recursos locales. Ingresos de Derecho Privado. Tributos. Principios Generales. Participación en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. Subvenciones. Precios Públicos. Operaciones de crédito. Multas y sanciones.

39.Tasas. Concepto. Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Cuota y devengo. Imposición y Ordenación.

40.Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Naturaleza y hecho imponible. Exenciones. Sujetos Pasivos. Cuota y devengo. Gestión.

41.Contribuciones especiales. Concepto. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base Imponible. Cuota y devengo. Imposición y ordenación.

42.Precios Públicos. Concepto. Obligados al pago. Cuantía. Fijación.

43.Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Naturaleza. Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota y devengo. Gestión.

44.Impuesto sobre Actividades Económicas I. Naturaleza y Hecho Imponible. Exenciones. Sujeto pasivo.

45.Impuesto sobre Actividades Económicas II. Las cuotas de tarifa. El coeficiente de incremento. El índice de situación. Período Impositivo. Gestión.

46.Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza y Hecho Imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión. Fijación del valor catastral.

47.El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana. Naturaleza y Hecho Imponible. Exenciones. Sujetos Pasivos. Cuota Tributaria. Período Impositivo y devengo. Gestión.

48.El Presupuesto Local. Principios. Estructura presupuestaria.

49.Elaboración y aprobación del presupuesto en la Administración Local. Fases de ejecución presupuestaria.

50.Modificación del Presupuesto en la Administración Local. Cierre y liquidación del Presupuesto.

ANEXO II

PLAZAS DE GRADUADO SOCIAL

Número de plazas: Dos.

Pertenecientes a:

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Media.

Categoría: Graduado Social.

Grupo: B.

Nivel: 22.

Sistema de selección: Concurso-Oposición de Promoción Interna. Titulación exigida: Graduado Social.

Requisitos Adicionales.

Los aspirantes deberán pertenecer a la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Camas, como funcionarios de carrera pertenecientes al grupo de clasificación «C«.

Tribunal Calificador.

Se compondrá tal y como establece la Base Quinta de las Generales que rigen la presente convocatoria.

Fase de Concurso:

Baremo de méritos:

a)Méritos profesionales.

a.1.Servicios prestados en el Ayto. de Camas: 0,50 puntos por año o fracción. a.2.Servicios prestados en otra Administración Local: 0,20 puntos por año o fracción.

a.3.Servicios prestados en la Administración del Estado o Autonómica: 0,10 puntos por año o fracc.

Si los servicios prestados en la Administración Pública se hubiesen prestado en puestos de similares características a la plaza solicitada, su valoración se incrementará en un 10%.

El máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos profesionales será de 6 puntos.

b)Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público:

Hasta 40 horas de duración: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas de duración: 0,25 puntos.

De 71 a 100 horas de duración: 0,30 puntos.

De 101 a 200 horas de duración: 0,50 puntos.

De 200 horas en adelante: 1,00 punto.

Los cursos, seminarios, congresos y jornadas que no determinaran el número de horas de que constó, se valorarán con: 0,20 puntos.

El máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos profesionales será de 3 puntos.

c)Otros méritos que sean aportados por los opositores, siempre que sean considerados de interés por el Tribunal, se valorarán hasta un máximo de 1 punto.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición.

La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso será de 10 puntos.

Fase de Oposición.

La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

Primero.Consistirá en contestar, por escrito en un período de 60 minutos, un cuestionario de 60 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, sobre el programa de materias que figura anexo a la convocatoria.

Segundo.Consistirá en la realización durante cuatro horas, de dos supuestos prácticos a elegir entre cuatro, que, adecuados a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionados con el programa de materias decida el Tribunal. Para su realización los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos.

Tercero.Consistirá en una prueba práctica de manejo de ordenadores, en un tiempo máximo de una hora, sobre alguna de las materias relacionadas con el trabajo a desempeñar.

Los períodos fijados para los ejercicios anteriores podrán ser ampliados, si el Tribunal lo considera oportuno.

PROGRAMA

1.El Trabajador en el Derecho de Trabajo. Concepto y características.

2.Principios de aplicación e interpretación de las normas laborales.

3.Los Contratos de Trabajo según su duración. Modalidades.

4.La estructura de la relación de Trabajo: El Trabajo a prestar.

5.El tiempo de la prestación de Trabajo. Especial referencia al Convenio y Pacto Colectivo del Excmo. Ayuntamiento de Camas.

6.La retribución del Trabajador. El Salario.

7.Accidente de trabajo y enfermedad profesional.

8.Incapacidad Laboral Transitoria e Invalidez Provisional.

9.Invalidez Permanente: Grados de Invalidez Permanente. Requisitos del hecho causante. Prestaciones. Dinámica y gestión de las prestaciones por Invalidez Permanente. Prestaciones recuperadoras. Lesiones permanentes no invalidantes.

10.Jubilación. Concepto. Requisitos del hecho causante. Contenido de las prestaciones.

11.Muerte y supervivencia. Concepto. Requisitos del hecho causante. Contenido de las prestaciones.

12.Desempleo. Concepto. Requisitos del hecho causante. Contenido de las prestaciones.

13.La representación colectiva de los trabajadores. Organos: Comités de Empresa y Delegados de Personal. Las Secciones Sindicales.

14.La Participación y Negociación Colectiva en la Función Pública. Organos de representación. Elección y duración. Competencias. Especial referencia al Pacto Colectivo del Excmo. Ayuntamiento de Camas.

15.El personal al servicio de la Administración Local. Clases de funcionarios. Situaciones administrativas de los funcionarios de Administración Local.

16.Procedimiento Administrativo de la convocatoria. Proceso selectivo y celebración de las distintas pruebas. Adquisición de la condición de funcionario y personal laboral fijo.

17.La Oferta Pública de Empleo. Los sistemas de selección del personal al servicio de las Entidades Locales.

18.El régimen disciplinario de los funcionarios públicos. Procedimientos. Clasificación de las faltas. Sanciones.

19.La integración del Régimen Especial de Funcionarios de Administración Local en el Régimen General de la Seguridad Social.

20.El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Obligaciones del retenedor y del perceptor.

ANEXO III

PLAZAS DE ADMINISTRATIVO

Número de plazas: Dos.

Pertenecientes a:

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Grupo: C.

Nivel: 18.

Sistema de selección: Concurso-Oposición de Promoción Interna. Titulación Exigida: Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Requisitos Adicionales.

Los aspirantes deberán pertenecer a la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Camas, como funcionarios de carrera pertenecientes al grupo de clasificación «D«, y una antigüedad mínima de 2 años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan.

Fase de Concurso.

Baremo de méritos:

a)Méritos profesionales.

a.1.Servicios prestados en el Ayto. de Camas: 0,50 puntos por año o fracción. a.2.Servicios prestados en otra Administración Local: 0,20 puntos por año o fracción.

a.3.Servicios prestados en la Administración del Estado o Autonómica: 0,10 puntos por año o fracc.

Si los servicios prestados en la Administración Pública se hubiesen prestado en puestos de similares características a la plaza solicitada, su valoración se incrementará en un 10%.

El máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos profesionales será de 6 puntos.

b)Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público:

Hasta 40 horas de duración: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas de duración: 0,25 puntos.

De 71 a 100 horas de duración: 0,30 puntos.

De 101 a 200 horas de duración: 0,50 puntos.

De 200 horas en adelante: 1,00 punto.

Los cursos, seminarios, congresos y jornadas que no determinaran el número de horas de que constó, se valorarán con: 0,20 puntos.

El máximo de puntos a otorgar en conceptos de méritos profesionales será de

3 puntos.

c)Otros méritos que sean aportados por los opositores, siempre que sean considerados de interés por el Tribunal, se valorarán hasta un máximo de 1 punto.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición.

La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso será de 10 puntos.

Fase de Oposición.

La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

Primero.Consistirá en contestar, en un período de 40 minutos, un cuestionario de 40 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, sobre el programa de materias que figura anexo a la convocatoria.

Segundo.Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, a elegir entre cuatro, con una duración de cuatro horas, que, adecuado a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionado con el programa de materias decida el Tribunal. Para su realización los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos.

Los períodos fijados para los ejercicios anteriores podrán ser ampliados, si el Tribunal lo considera oportuno.

PROGRAMA

1.La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

2.La Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización y competencias. El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Presidente y el Consejo de Gobierno.

3.El Derecho Administrativo. Concepto. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones normativas con rango de ley. El Reglamento.

4.El ciudadano y sus derechos. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia al interesado.

5.El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez. El Silencio Administrativo.

6.Fases del Procedimiento Administrativo Común.

7.Los recursos administrativos. Clases.

8.Funcionamiento de los Organos Colegiados Locales. Convocatoria y Orden del día. Actas y Certificados de acuerdos.

9.Formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Régimen de Licencias.

10.Legislación sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Sus principios inspiradores. Competencia Urbanística Municipal.

11.Instrumentos de planeamiento urbanístico.

12.Intervención en la edificación y uso del suelo.

13.Los bienes de las Entidades Locales.

14.Contabilidad. Origen, concepto y fines. Libros y documentos contables.

15.Control y fiscalización contable y financiera en la Administración. Organos de control interno y externo en la Administración.

16.Régimen Jurídico del Gasto Público Local: Concepto del gasto. Clasificación de los gastos. Procedimiento del gasto. Análisis del gasto local. Control del gasto.

17.Las Ordenanzas Fiscales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

18.Haciendas Locales. Clasificación de los recursos en las Haciendas Locales.

19.Los presupuestos locales. Concepto. Estructura. Formación y aprobación.

20.Modificaciones Presupuestarias: Clases. Tramitación y aprobación.

ANEXO IV

PLAZA DE PROGRAMADOR

Número de plazas: Una.

Pertenecientes a:

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Técnico Auxiliar.

Categoría: Programador.

Grupo: C.

Nivel: 16.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Titulación exigida: Técnico Especialista en Informática o Equivalente.

Fase de Concurso.

Baremo de méritos:

a)Méritos profesionales.

a.1.Servicios prestados en el Ayto. de Camas: 0,40 puntos por año o fracción. a.2.Servicios prestados en otra Administración Local: 0,30 puntos por año o fracción.

a.3.Servicios prestados en la Administración del Estado o Autonómica: 0,20 puntos por año o fracc.

a.4.Servicios prestados en empresas privadas, debidamente acreditados: 0,10 puntos por año o fracción.

Si los servicios prestados en la Administración Pública se hubiesen prestado en puestos de similares características a la plaza solicitada, su valoración se incrementará en un 10%.

El máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos profesionales será de 6 puntos.

b)Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público:

Hasta 40 horas de duración: 0,10 puntos.

De 41 a 70 horas de duración: 0,20 puntos.

De 71 a 100 horas de duración: 0,25 puntos.

De 101 a 200 horas de duración: 0,50 puntos.

De 200 horas en adelante: 1,00 punto.

Los cursos, seminarios, congresos y jornadas que no determinaran el número de horas de que constó, se valorarán con: 0,10 puntos.

El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 2 puntos.

c)Otros méritos que sean aportados por los opositores, siempre que sean considerados de interés por el Tribunal, se valorarán hasta un máximo de 2 puntos.

Aplicación del Concurso.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición.

La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso será de 10 puntos.

Fase de Oposición.

La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación:

Primero.Consistirá en contestar, en un período de 40 minutos, un cuestionario de 40 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, sobre el programa de materias que figura anexo a la convocatoria.

Segundo.Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, a elegir entre cuatro, con una duración de cuatro horas, que, adecuado a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionado con el programa de materias decida el Tribunal. Para su realización los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos, así como de cualquier otro material técnico que consideren oportuno, siempre que sea admitido por el Tribunal. Los períodos fijados para los ejercicios anteriores podrán ser ampliados, si el Tribunal lo considera oportuno.

PROGRAMA

Materias Comunes:

1.La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. Reforma Constitucional.

2.Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3.La Corona. El Poder Legislativo. El Poder Judicial.

4.La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

5.El Derecho Administrativo. Concepto. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones normativas con rango de ley. El Reglamento.

6.El Régimen Local Español. Principios Constitucionales y regulación jurídica.

7.El Municipio. El Término Municipal. La Población. El Empadronamiento. Organización Municipal y competencias.

8.Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Materias Específicas:

1.Unix Sistema V (Shell-Script): qué son y para qué sirven las Shell-Script. Variables en Unix. Parámetros de una Shell-Script. Explicación de los caracteres especiales. Sentencias más usuales (for, while, if, case, read, exit).

2.Unix Sistema V (seguridad de datos): comandos cpio y tar. Importancia de una política de copias de seguridad adecuada.

3.Comandos de Unix System V (ls, pg, kill, ln, lp).

4.Permisos de acceso a archivos, (chgrp, chmod, chown).

5.El Sysadm de Unix System V.

6.Unix Sistema V (mantenimiento de ficheros): comandos mkdir, cd, rmdir, cp, rm, cat.

7.Clipper 5.01: funciones aadd(), abs(), achoice(), aclone(), acopy(), adel(), alert().

8.Clipper 5.01: funciones aeval(), afill(), ains(), alias(), alltrim(), altd(), array(), asc().

9.Clipper 5.01: funciones ascan(), asort(), at(), bof(), browse(), chr(), col(), ctod(), curdir().

10.Clipper 5.01: funciones dbcreateind(), dbdelete(), dbfilter(), dbgobottom(), dbgoto(), dbgotop(), dbrecall(), dbreindex(), dbseek(), dbselectarea().

11.Clipper 5.01: funciones dbsetfilter(), dbsetindex(), dbsetorder(), dbskip(), dbstruct(), dbunlock(), dbunlockall(), dbusearea(), deleted(), descend().

12.Clipper 5.01: funciones directory (), diskspace(), dispbox(), dispout(), dtoc(), empty(), eof(), errorlevel(), eval().

13.Clipper 5.01: funciones fieldname(), fieldblock(), fieldget(), fieldput(), fieldwblock(), file(), flock(), found(), iif(), indexkey(), indexord().

14.Clipper 5.01: funciones inkey(), neterr(), recno(), restscreen(), rlock(), savescreen(), skip(), substr(), transform(), valtype(), val().

15.Clipper 5.01: comandos @...get, @...say, do case, do while, for, keyboard, commit, locate.

16.Periféricos y partes del ordenador.

17.Tipos de memoria.

18.Ordenador. Partes fundamentales y sus funciones.

19.Hardware. Software.

20.Arquitectura de ordenadores. Modelo general de un ordenador. Estructura y funciones. Evolución y generaciones.

21.La memoria: Definición y tipos memoria central: funciones y diferentes modos de acceso. Memoria secundaria: Tipos. Organización de los datos.

22.Microinformática: Concepto de microprocesador. Arquitectura de microordenadores. Sistemas mono multiusuario. Periferia.

23.Los sistemas operativos. Conceptos básicos. Elementos. Sistemas operativos en microordenadores.

24.Sistema Operativo. Gestión de procesos: Tiempo real. Tiempo comparativo. Proceso secuencial. Multiproceso. Multiprogramación. Técnicas Convencionales. Concurrencia de Procesos.

25.Sistema Operativo: Gestión de memoria. Memoria virtual. Gestión de Entrada-Salida. Proyección de recursos.

26.Lenguaje máquina. Fuentes y objetos. Ensambladores. Compiladores. Traductores e intérpretes.

27.Características básicas de los lenguajes de programación: Instrucción de entrada-salida, bucles, transferencia de datos. Análisis comparativo de los principales lenguajes.

28.Lenguajes orientados a la informática de gestión. Lenguajes Cobol: Estructura. Organización de un programa Cobol.

29.La organización de los datos. Organización directa, secuencial y secuencia indexada. Organización física y organización lógica. Métodos de acceso.

30.Informática y derecho a la intimidad. La situación al amparo de la Constitución. La protección jurídica de datos.

31.ITX Release 5.1. Assign, Abort, Alter, Attach, Change, Check, Copy, Deassign, Delete, Detach, Display, Execute, Move, Remove, Resume, Suspend.

32.Algebra de Boole.

ANEXO V

PLAZA DE ENCARGADO DE VIAS Y OBRAS

Número de plazas: Una.

Pertenecientes a:

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categoría: Encargado de Vías y Obras.

Grupo: D.

Nivel: 18.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.

FASE DE CONCURSO

Baremo de méritos:

a)Méritos Profesionales.

a.1.Servicios prestados en el Ayto. de Camas: 0,40 puntos por año o fracción. a.2.Servicios prestados en otra Administración Local: 0,30 puntos por año o fracción.

a.3.Servicios prestados en la Administración del Estado o Autonómica: 0,20 puntos por año o fracción.

a.4.Servicios prestados en empresas privadas, debidamente acreditados: 0,10 puntos por año o fracción.

Si los servicios se hubiesen prestado en puestos de similares características a la plaza solicitada, su valoración se incrementará en un

10%.

El máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos profesionales será de 6 puntos.

b)Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas. Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público:

Hasta 40 horas de duración: 0,10 puntos.

De 41 a 70 horas de duración:0,20 puntos.

De 71 a 100 horas de duración:0,25 puntos.

De 101 a 200 horas de duración:0,50 puntos.

De 200 horas en adelante:1,00 punto.

Los cursos, seminarios, congresos y jornadas que no determinaran el número de horas de que constó, se valorarán con:0,10 puntos.

El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 2 puntos.

c)Otros méritos que sean aportados por los opositores, siempre que sean considerados de interés por el Tribunal, se valorarán hasta un máximo de 2 puntos.

Aplicación del Concurso: Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la Fase de Oposición. La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso será de 10 puntos.

FASE DE OPOSICION

La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación: Primero. Consistirá en contestar, por escrito en un período de 60 minutos, un cuestionario de 40 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, sobre el programa de materias que figura anexo a la convocatoria.

Segundo. Consistirá en la realización durante cuatro horas, de dos supuestos prácticos a elegir entre cuatro, que, adecuados a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionados con el programa de materias, decida el Tribunal. Para su realización los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos.

Los períodos fijados para los ejercicios anteriores podrán ser ampliados, si el Tribunal lo considera oportuno.

PROGRAMA

Materias Comunes

1.La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. Reforma Constitucional.

2.Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3.La Corona. El Poder Legislativo. El Poder Judicial.

4.La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

5.El Municipio. El Término Municipal. La Población. El Empadronamiento.

6.Organización Municipal y competencias.

7.La provincia. Organización y competencias provinciales.

8.El personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Materias Específicas

1.Cementos, yesos y cales. Clases, características y aplicaciones.

2.Morteros y hormigones. Clases, características y aplicaciones.

3.Ladrillos: Tipos y características. Fábricas de ladrillo.

4.Maderas. Pinturas. Vidrios. Distintas clases, propiedades y aplicaciones.

5.Encofrados: Generalidades, clasificación, materiales utilizados. Andamios: Generalidades y tipos.

6.Seguridad e Higiene en la construcción. Seguridad en trabajos de altura. Seguridad en trabajos de excavación.

7.El mantenimiento de edificios: Objetivos, medios necesarios. El mantenimiento preventivo y correctivo, reparaciones provisionales y definitivas.

8.Obras de urbanización: Pavimentación y redes de servicios. Conservación y mantenimiento. Limpieza viaria.

9.Jardinería. Arbolado viario. Principales labores de conservación y mantenimiento: Técnicas y medios.

10.Instalaciones eléctricas interiores y exteriores. Normativa de aplicación. Condiciones de ejecución. Conservación y mantenimiento. Alumbrado público: Clases, materiales y características.

11.Redes de distribución de agua potable: Elementos principales. Normas básicas para la instalación de redes interiores para el suministro de agua: Elementos, materiales y características.

12.Redes de saneamiento y alcantarillados: Elementos principales, materiales y características.

ANEXO VII

JEFE DE NEGOCIADO DE GESTION PRESUPUESTARIA

Número de puestos: Uno.

Pertenecientes a:

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Grupo: C.

Nivel: 20.

Sistema de selección: Concurso.

Titulación exigida: Título de Bachiller, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Requisitos Adicionales. Los aspirantes deberán pertenecer a la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Camas, como funcionarios de carrera pertenecientes al grupo de clasificación «C« de Administración General, subescala Administrativa.

Tribunal Calificador. Se compondrá tal y como establece la Base Quinta de las generales que rigen la presente convocatoria.

EJERCICIOS

FASE DE CONCURSO

Baremo de méritos:

a)Méritos Específicos. En este apartado se valorarán los Cursos de Contabilidad Presupuestaria y/o Gestión del Gasto.

Hasta 40 horas de duración:0,60 puntos.

De 41 a 70 horas de duración:0,75 puntos.

De 71 a 100 horas de duración:0,90 puntos.

De 101 a 200 horas de duración:1,50 puntos.

De 200 horas en adelante:2,00 puntos.

El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 2 puntos.

b)Valoración del Grado Personal consolidado.

b.1.Por grado personal de igual o superior nivel al de la plaza a que se aspira: 2 puntos.

b.2.Por grado personal inferior en un nivel al de la plaza a que aspira: 1,5 puntos.

b.3.Por grado personal inferior en dos niveles al de la plaza a que se aspira: 1 punto.

El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 2 puntos.

c)Trabajo desarrollado. Se concederán 0,5 puntos por año o fracción, en el que se hayan desarrollado tareas en el Area Económica del Ayuntamiento de Camas, hasta un máximo de 2 puntos.

d)Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas. Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público, no valorados en el apartado a):

Hasta 40 horas de duración:0,20 puntos.

De 41 a 70 horas de duración:0,25 puntos.

De 71 a 100 horas de duración:0,30 puntos.

De 101 a 200 horas de duración:0,50 puntos.

De 200 horas en adelante:1,00 punto.

El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 2 puntos.

e)Antigüedad.

e.1.Servicios prestados en el Ayto. de Camas: 0,50 puntos por año o fracción. e.2.Servicios prestados en otra Administración Local: 0,20 puntos por año o fracción.

e.3.Servicios prestados en la Administración del Estado o Autonómica: 0,10 puntos por año o fracción.

Si los servicios prestados en la Administración Pública se hubiesen prestado en puestos de similares características a la plaza solicitada, su valoración se incrementará en un 10%.

El máximo de puntos a otorgar en este apartado será de 2 puntos.

ANEXO VI

PLAZA DE POLICIA LOCAL

Número de plazas: Una.

Pertenecientes a:

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Policía Local.

Categoría: Policía.

Grupo: D.

Nivel: 14.

Sistema de selección: Oposición Libre.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o Equivalente.

Requisitos adicionales.

- Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres.

- Tener, al menos 18 años de edad y no haber cumplido los treinta.

- Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

- Estar en posesión de los permisos de conducir A2 yB2.

- Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

Tribunal Calificador. Se compondrá tal y como establece la Base Quinta de las Generales que rigen la presente convocatoria, si bien se añadirán dos vocales más designados por el Presidente de la Corporación, respetándose en todo caso lo dispuesto en el art. 16 del Decreto 196/92, de 24 de noviembre.

Ejercicios. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases, así como lo establecido en la Ley 1/1989, de 8 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, y a la normativa que la desarrolla constituida por el Decreto 196/1992, de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los cuerpos de Policía Local de Andalucía; y la Orden de 29 de enero de 1993, por la que se establecen las pruebas para acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía.

La oposición consistirá en la realización de las siguientes pruebas: Primera. Pruebas físicas. Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal, antes de efectuarse el reconocimiento facultativo, un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas. Posteriormente a los aspirantes se les efectuará un reconocimiento médico que analice la adecuación o no de los candidatos al cuadro de exclusiones médicas estipulado en la Orden de 29 de enero de 1993 de la Junta de Andalucía que se incorpora a la presente convocatoria. Los candidatos declarados aptos por el Tribunal, tanto de la aplicación del cuadro de exclusiones como en virtud del preceptivo certificado médico para acceder al ejercicio, realizarán las pruebas físicas, siendo excluidos de la convocatoria los declarados no aptos.

Estos ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados, y cada uno es eliminatrio para acceder al siguiente.

La no superación de una prueba (no apto) impedirá la realización de la siguiente y supondrá la eliminación de la convocatoria.

1ª Fuerza flexora.

a)Hombres: Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimientos de piernas. Dos intentos.

Los aspirantes tendrán que realizar un mínimo de 8 flexiones.

b)Mujeres: El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Dos intentos.

Las aspirantes tendrán que mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 40 segundos.

2ª Salto vertical (hombres y mujeres). Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado

20 cms. de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca suavemente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto. Dos intentos.

Los aspirantes tendrán que alcanzar 52 centímetros los hombres y 40 cms. las mujeres.

3ª Salto de longitud. Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie, según el reglamento de atletismo.

Dos intentos.

Los aspirantes tendrán que superar 4,5 metros los hombres y 3,80 metros las mujeres.

4ª Salto de altura. 1,30 metros para los varones y 1,15 metros para las mujeres, batiendo con un solo pie, según el reglamento de atletismo. Dos intentos.

5ª Carrera de velocidad (60 metros). El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos. Dos intentos.

Marcas mínimas: 8``50 para los hombres y 9``50 las mujeres.

6ª Carrera de resistencia (2.000 metros). El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.

Dos intentos.

Marcas mínimas: 8`00 minutos para los hombres y 9`00 para las mujeres.

Segunda. Pruebas psicotécnicas. Este ejercicio se calificará de apto o no apto, quedando eliminados quienes hayan sido calificados como no aptos, y está dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño del puesto policial: Incluirá la realización de un test y de una entrevista de carácter psicotécnico y personal en el que se evaluarán los factores que a continuación se indican:

- Intelectuales: Nivel intelectural con un cociente de inteligencia general superior a la media de la población española.

- Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal, razonamiento verbal y espacial y memoria. Atributos que requieren una puntuación media alta.

- Características de personalidad: Ausencia de patología. Madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad, la puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberán ser media alta.

Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas. Se entiende por media y alta las de la población general de nuestro país.

Tercera. Pruebas de conocimientos.

1ª Prueba teórica. Consistirá en contestar, por escrito en un período de 60 minutos, un cuestionario de 60 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una correcta, sobre el programa de materias que figura anexo a la convocatoria.

2ª Prueba práctica. Consistirá en la realización durante cuatro horas, de dos supuestos prácticos a elegir entre cuatro, que, adecuados a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionados con el programa de materias decida el Tribunal. Para su realización los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos.

Período en Prácticas y Formación. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Sr. Alcalde-Presidente, de conformidad con el art. 22 del R.D.2223/84 de 19 de diciembre, nombrará funcionarios en prácticasen la categoría de Policía Local al aspirante propuesto por el Tribunal, una vez que haya acreditado documentalmente las condiciones exigidas en la presente convocatoria.

El candidato que supere la oposición deberá superar un Curso Selectivo de Ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. El aspirante que haya superado el Curso será nombrado funcionario de carrera con la categoría de Policía Local, de conformidad con lo establecido en la Base Décima de las Generales que rigen la presente convocatoria. En caso de que el aspirante propuesto no superara el curso, perderá su derecho al nombramiento de funcionario de carrera.

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS

1. Talla:

Estatura mínima: 1,70 metros los hombres, 1,65 metros las mujeres.

2. Obesidad-Delgadez:

Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal, calculado según la fórmula siguiente:

P.I.=[(Talla en cms.á100)+edad/4)] x 0,9

3. Exclusiones definitivas:

3.1. Ojo y visión.

3.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

3.1.2. Queratotomía radial.

3.1.3. Desprendimiento de retina.

3.1.4. Estrabismo.

3.1.5. Hemianopsias.

3.1.6. Discromatopsias.

3.1.7. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

3.2. Oído y audición.

Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a

30 decibelios.

3.3. Otras exclusiones.

3.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o puedan agravarse, a juicio de los inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

3.3.2. Aparato digestivo: Ulcera duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/hg en presión sistólica y los 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica; así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los inspectores médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, el neumatórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.6. Piel y Faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitaciones funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

3.3.7. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, limiten o incapaciten para el ejercicio de la función policial.

PROGRAMA

1.La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

2.La Corona. Funciones Constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

3.Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones Central, Autónoma, Local e Institucional.

4.Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales.

5.Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

6.El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

7.Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración Central y con otras Comunidades Autónomas. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

8.El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

9.Los actos administrativos: Concepto y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

10.Los recursos administrativos: Concepto y clases.

11.La organización territorial del Estado, la Provincia y el Municipio.

12.La Administración Local: Autonomía de los Entes Locales. Principios constitucionales de la Administración Local.

13.Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

14.Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencia de los Entes Locales: Materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

15.La función pública local: Concepto, clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Especial referencia a los policías locales. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

16.La actividad de las policías locales. Funciones según la Ley Orgánica

2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 1/89 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

17.Ley de Seguridad Vial. El Reglamento de Circulación. Normas generales de Circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.

18.Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.

19.La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la urbanización. Población y grupo social.

20.La sociedad de masas. Características.

21.Características poblacionales, urbanas y rurales del Municipio de Camas. Centros y establecimientos de interés policial.

Camas, 16 de enero de 1995. El Alcalde, Antonio Rivas Sánchez.

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