Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 10/1/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 5 de diciembre de 1994, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se acuerda declarar actuación singular la adjudicación de seis viviendas de promoción pública que se construyen en Sevilla. (SE-90/09-AS) (SE-89/350) (SE-89/360).

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Los artículos 11 y 12 del Decreto 119/92, de 7 de julio, por el que se regula el Régimen de Financiación de las actuaciones de los Sectores Públicos y Protegido en materia de Vivienda, establecidas en el Plan Andaluz de Vivienda 1992/1995, establecen la posibilidad de acordar la realización de Actuaciones Singulares destinadas a solucionar necesidades derivadas de operaciones de remodelación, relocalización y similares o aquellas otras que se consideren de interés social singular por el contenido del procedimiento o los objetivos perseguidos y que afecten a colectivos de poblaciones concretos, con la obligación de incorporar en la resolución las normas de adjudicación específicas ajustadas a las circunstancias de la operación concreta.

La Comisión Provincial de Vivienda de Sevilla, en su sesión celebrada el día

21 de octubre de 1994, acordó elevar a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda propuesta de declarar actuación singular la adjudicación de 6 viviendas de Promoción Pública, 4 en C/ Gallos, 1 en C/ Luis Montoto y 1 en La Calzada, de esta capital, que se construyen al amparo de los expedientes SE-90/ 09-AS, SE-89/350 y SE-89/360.

Con la actuación singular propuesta se pretende cubrir la necesidad de vivienda del colectivo de mujeres que se encuentra en situación límite de malos tratos, sin apoyo familiar y/o carentes de recursos personales y económicos, a fin de que se alojen con carácter temporal, junto con sus hijos, al requerir especial protección.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 12 del Decreto 119/92, de 7 de julio, y a propuesta de la Comisión Provincial de Vivienda de Sevilla, esta Dirección General ha tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero: Se declara como Actuación Singular la operación de adjudicación del grupo de 6 viviendas de Promoción Pública, 4 en C/ Gallos, 1 en C/ Luis Montoto y 1 en La Calzada, en Sevilla, construidas al amparo de los expedientes SE-90/09-AS, SE-89/350 y SE-89/360.

Segundo: Las viviendas serán adjudicadas de acuerdo con las normas específicas que figuran como anexo a esta resolución.

Tercero: La presente disposición entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de diciembre de 1994.- El Director General, José Mª Verdú Valencia.

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO DE 6 VIVIENDAS QUE SE CONSTRUYEN, 4 EN C/ GALLOS, 1 EN C/ LUIS MONTOTO Y 1 EN LA CALZADA, EN SEVILLA, AL AMPARO DE LOS EXPEDIENTES SE-90/09-AS, SE-89/350 Y SE-89/360

Primera: 1. Será adjudicatario de dichas viviendas el Instituto Andaluz de la Mujer, quien las gestionará y administrará, destinándolas a alojamiento transitorio de mujeres con o sin hijos a su cargo, en situación de riesgo, hasta que encuentren una alternativa a dicha situación.

2. Las cuatro viviendas de calle Gallos, serán ocupadas por jóvenes embarazadas o con hijos/as a su cargo, solas sin apoyo familiar y con problemas económicos, hasta que sean capaces de encontrar un medio de vida que les permita ser autónomas integrándose en la sociedad.

3. Las dos viviendas en los grupos de calle Luis Montoto y La Calzada alojarán temporalmente a mujeres procedentes de otros programas del Instituto Andaluz de la Mujer, que se encuentren en un grado de evolución, con la suficiente autonomía personal que las capacite para llevar una vida independiente, pero carezcan de vivienda.

Segunda: 1. El régimen de adjudicación de las viviendas será el de arrendamiento.

2. La adjudicación se realiza conforme a lo previsto en el art. 11.2.c) del Decreto 119/92 de 7 de julio.

Tercera: Esta actuación se efectúa en cumplimiento de las cláusulas 3 y 4 del Convenio de Cooperación suscrito entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Instituto Andaluz de la Mujer, de 27 de octubre de 1993.

Cuarta: Corresponde a la Comisión Provincial de la Vivienda de Sevilla, la adjudicación directa de las 6 viviendas.

Dada la urgencia de la situación y conforme al artículo 1º de la Orden de 9 de mayo de 1980 sobre agilización de actuaciones del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, en la promoción directa de viviendas de Protección Oficial se podrá hacer uso del procedimiento de urgencia regulado en el art.

50 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Quinta: Las Resoluciones de la Comisión Provincial de la Vivienda sobre adjudicación del presente grupo serán recurribles mediante Recurso Ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes.

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