Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 20/5/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 15 de febrero de 1995, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Sector Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios, de Sevilla y su provincia. (4100815).

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Visto el Convenio Colectivo del Sector Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios, de Sevilla y su provincia (Código: 4100815), para 1994, suscrito por FEDEME, UGT y CC.OO. Visto lo dispuesto en el art. 90 de la Ley 8/80, de 10 de marzo, según nueva redacción dada por la Ley 42/94, de 30 de diciembre, en relación con el RD

1040/81, de 22 de mayo, los Convenios Colectivos deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (C.M.A.C.). Visto lo dispuesto en el art. 2.b del RD 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un Convenio en vigor. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía,

A C U E R D A

Primero. Registrar el Convenio Colectivo de Sector Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios, de Sevilla y su provincia.

Segundo. Remitir el mencionado Convenio al C.M.A.C. para su depósito.

Tercero. Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del art. 3 del RD 1040/81, de 22 de mayo.

Cuarto. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Con la advertencia de que la presente resolución no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso ordinario, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los arts.

114, 116.1 y 48.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre «Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común«.

Sevilla, 15 de febrero de 1995.- La Delegada, Mª Aurora Atoche Navarro.

ANEXO Convenio Colectivo de Sector Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios, de Sevilla y su provincia. (4100815).

ACTA FINAL

Asistentes.

FEDEME:

Don José Luis Herrera Gómez.

Don Antonio Fernández Palacios.

Don Juan Gamito Camacho.

CC.OO.:

Don José Luis Llano Martín.

Don Angel Tomás Mejías Vallejo.

Asesores:

Don Manuel Blanco Verde.

Don Emilio Contreras Rguez.

U.G.T.:

Don Juan Sánchez Macías.

Don Manuel Salguero Garrido.

Don Manuel Paisano Vergara.

Asesores:

Don Ricardo Acuña Florido.

Don Jesús Rebollo Gil.

En la ciudad de Sevilla siendo las diez treinta horas del día veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, se reúnen los señores arriba relacionados miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios de la provincia de Sevilla.

En primer lugar, las organizaciones firmantes consideran conveniente estudiar en la próxima negociación colectiva, fórmulas de simplificación de la negociación, ponderando las posibilidades de un Convenio Provincial de Comercio para el sector metal.

Asimismo, por unanimidad, se adoptan los siguientes:

A C U E R D O S

1ª Aprobar el Texto Articulado y tablas salariales del Convenio Colectivo de Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios de la Provincia de Sevilla, que se unen a la presente Acta.

2ª Remitir toda la documentación a la Autoridad Laboral para su debido registro y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Y no habiendo más asuntos que tratar se da por terminada la presente reunión siendo las once horas del día antes mencionado, redactándose a continuación la presente acta, la cual, una vez leída, es aprobada por todos los señores asistentes en prueba de conformidad.

Ver fascículo 2 de 2 de este mismo número

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