Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 14/6/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 25 de mayo de 1995, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se publica la concesión de una subvención específica, por razón del objeto, al Ayuntamiento de Cortegana (Huelva) para la construcción de un Consultorio Local en San Telmo.

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En uso de las facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud, esta Dirección Gerencia ha resuelto anunciar la concesión de subvención que se indica con los requisitos que asimismo se señalan.

SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. SERVICIOS CENTRALES

Resolución de 10 de abril de 1995, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto, al Ayuntamiento de Cortegana (Huelva) para la construcción de un Consultorio Local en San Telmo. El derecho a la protección de la salud reconocido en el art. 43 de la Constitución Española se efectiviza proporcionando a los ciudadanos los medios imprescindibles para que el referido derecho se realice. Medios que los poderes públicos están obligados a proporcionar. La Ley 8/86, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud establece que este Organismo es el responsable de la gestión y prestación sanitaria de los servicios públicos que se le adscriben. Por todo cuanto antecede, dada la necesidad de mejorar las prestaciones sanitarias a la población de San Telmo y su entorno, cuyo dispositivo asistencial actual, encuadrado en el Distrito Sanitario del Andévalo Central cubre una población de 42.351 habitantes, e incluye además la zona básica de Salud de Calañas con 8.664 habitantes en la que se integra asistencialmente la entidad de San Telmo, en virtud de las facultades que legalmente me vienen atribuidas, y de acuerdo con lo establecido en el art. 21.3 de la Ley

9/93, de 30 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 472/1994 de 27 de diciembre), en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto, y en ejercicio de las facultades que me confiere el art. 11 de la Ley 5/83, de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por este Organismo Autónomo se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Autorizar la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Cortegana (Huelva), para la ejecución de las Obras Construcción de un Consultorio Local T-O en San Telmo, por un importe de seis millones de pesetas (6.000.000 ptas.).

1995: 3.000.000 ptas.

1996: 3.000.000 ptas.

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior de la presente Resolución. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: Acordar la firma de un Convenio de Cooperación, con el Ayuntamiento de Cortegana (Huelva), en el que se recojan las obligaciones derivadas de esta subvención.

Sevilla, 25 de mayo de 1995.- El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.

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