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Intentada sin efecto la notificación de las resoluciones de los expedientes sancionadores que se detallan, por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en el art. 59.4 de la Ley 30/92 (L.R.J.A.P. y P.A.C.), de 26 de noviembre, se publica el presente, para que sirva de notificación de los mismos. Contra las citadas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía. La sanción impuesta deberá hacerse efectiva en el plazo de quince días, el justificante de pago deberá presentarlo en esta Delegación para su incorporación al expediente.
Asimismo, se significa que en el plazo citado queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juegos y Espectáculos de esta Delegación.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Málaga, 12 de junio de 1995.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.
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