Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 8/7/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 6 de junio de 1995, de la Viceconsejería, por la que se ordena la publicación del Pacto Andaluz por el Empleo y la Actividad Productiva de 13 de febrero de 1995.

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Con fecha 13 de febrero de 1995, se firmó el Pacto Andaluz por el Empleo y la Actividad Productiva siendo sus signatarios: El Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Andalucía, don Manuel Chaves González; el Presidente de la CEA, don Manuel Otero Luna; el Secretario General de UGT de Andalucía, don Juan Mendoza Castro; y el Secretario General de CC.OO. de Andalucía, don Julio Ruiz Ruiz.

A fin de hacer público su contenido, esta Viceconsejería ha resuelto ordenar su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía«.

Sevilla, 6 de junio de 1995.- El Viceconsejero, Antonio Fernández García.

A N E X O

I. PLAN DE DESARROLLO PARA ANDALUCIA 1995/1998 La planificación del desarrollo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, además de ser un instrumento a favor del cual abogan disposiciones recogidas en el Estatuto de Autonomía, en la propia Constitución Española y en otras disposiciones de la Unión Europea, encuentra su justificación fundamental en el carácter estructural de los problemas de la economía regional. De este modo, una vez finalizada la vigencia del Plan Andaluz de Desarrollo Económico 1991-1994, se considera necesario acometer la realización de un nuevo Plan de Desarrollo que dé coherencia al conjunto de actuaciones sectoriales y horizontales de la Junta de Andalucía, constituyéndose, por tanto, en un marco de referencia para la racionalización de la acción de Gobierno, e indicativo para la iniciativa privada. Asimismo, el nuevo Plan de Desarrollo 1995-1998 aspira a ejercer una influencia activa sobre el sector privado, en el sentido de incentivar sus decisiones de forma que contribuyan a los objetivos generales que se consideren deseables para Andalucía, dentro de los cuales adquiere especial importancia la creación de empleo.

Con la elaboración del nuevo Plan de Desarrollo para Andalucía, que estará ultimado en el primer semestre de 1995, se establecerán las bases estratégicas y operacionales para consolidar el crecimiento económico ya iniciado, así como el avance en la mejora de la base productiva y la ordenación del territorio, todo ello en el marco de un modelo de desarrollo sostenible donde se establezca como garantía la preservación de los equilibrios medioambientales y territoriales, junto con la redistribución de la renta a través de la creación de empleo y del mantenimiento de las políticas de bienestar social, mediante el impulso de la economía productiva, con la intervención y presencia decidida del sector público. Con el objetivo de dotar al sistema de planificación, en el que Andalucía tiene ya una dilatada experiencia, de una mayor participación social que lo haga más eficaz, se reforzará la participación efectiva de los agentes económicos y sociales en el proceso de elaboración del nuevo Plan de Desarrollo. A tal fin, en el plazo de un mes desde la firma de este Pacto se constituirá un Grupo de Trabajo integrado por las partes firmantes del mismo. Al mismo tiempo, se perfeccionará todo el proceso de planificación

-programación- presupuestación. Para ello será fundamental impulsar las actividades de seguimiento del Plan, puesto que la elaboración del mismo representa sólo el inicio del proceso. En este sentido, se propiciarán los estudios de los efectos del Plan sobre la realidad andaluza, con el objeto de efectuar a tiempo las correcciones pertinentes.

II. PLAN DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURAS DE ANDALUCIA Las partes firmantes acuerdan abrir en el plazo de tres meses un proceso de debate sobre el Plan Director de Infraestructuras que establecerá la participación efectiva de los diversos agentes económicos y sociales, y de los entes territoriales en su diseño.

Serán cuestiones a debatir entre otras las referidas a la política hidrológica, la potenciación del transporte público, el papel del ferrocarril, el desarrollo de las energías renovables, las telecomunicaciones, la política sobre costas, así como el reforzamiento del contenido ecológico en el diseño de las distintas políticas de actuación. El Plan Director contemplará los mecanismos de seguimiento y evaluación necesarios.

III. PLAN ANDALUZ DE LA VIVIENDA

El Gobierno de Andalucía elaborará un nuevo Plan Andaluz de la Vivienda con la participación de los agentes sociales y económicos. El nuevo plan debe partir de un análisis de lo que ha supuesto el anterior, no sólo desde el punto de vista de las necesidades sociales, sino también desde lo que para el nivel de producción y empleo ha significado en el sector de la construcción.

Un primer esbozo de las líneas que debe de recoger este plan sería:

a) Ajustar al máximo las posibilidades de actuación a las necesidades, teniendo en cuenta la distribución territorial de la demanda, tanto en el medio urbano como rural.

b) Incrementar la incidencia que el plan debe prestar a un sector como el de la rehabilitación, tanto en la conservación de cascos históricos como de la vivienda en general, coadyuvando con ello a la creación de empleo.

c) Potenciación de la autoconstrucción.

d) Ampliación del parque público de vivienda en propiedad y alquiler, dirigiéndolo fundamentalmente a jóvenes con un bajo nivel de poder adquisitivo.

e) Desarrollar en nuestra Comunidad Autónoma la nueva Ley del Suelo, una vez aprobada por las Cortes Generales, al objeto de que los planeamientos urbanísticos contemplen una mayor oferta de suelo edificable, y consecuentemente obtener un abaratamiento del precio del suelo.

f) Otorgar ayudas públicas a los compradores, fundamentalmente, en función de su capacidad adquisitiva.

g) Agilizar la tramitación de los expedientes de las promociones y de las ayudas públicas señalando unos plazos inferiores.

El Gobierno convocará en el plazo de dos meses a los agentes sociales y económicos al objeto de iniciar el debate sobre el Plan.

IV. PLAN DE COMERCIALIZACION EXTERIOR

La finalización del período transitorio establecido en el Acta de Adhesión de España a la Unión Europea, y el desarrollo de la actividad económica y comercial emanada de las conclusiones de la Ronda Uruguay del Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT), así como la definitiva y normal implantación del Mercado Unico Europeo, han determinado una nueva realidad en la que deben desenvolverse las empresas andaluzas.

Además, la progresiva globalización de los mercados a escala mundial y la internacionalización general de la actividad económica, hacen necesario fomentar un proceso de apoyo a la competitividad empresarial, que pasa necesariamente por la mejora de la comercialización de las producciones andaluzas y la internacionalización de las empresas de Andalucía. De este modo, nuestras empresas podrían no sólo beneficiarse de las excelentes perspectivas que en este momento presentan las exportaciones españolas y andaluzas, sino también conseguir un posicionamiento que hasta ahora, por una serie de factores, no se ha conseguido plenamente. El Gobierno de Andalucía se compromete a desarrollar el Plan de Comercialización Exterior. Este Plan concretará actuaciones para obtener una mayor rentabilidad de los instrumentos que ya se vienen empleando tanto a nivel regional como nacional, pero también actuaciones innovadoras que tengan su base en la realidad de nuestras empresas y las posibilidades de dirigirse a mercados externos. En este sentido, la dimensión de nuestras empresas, la cooperación empresarial y la competitividad de los productos, entre otros, deben formar parte de los criterios básicos de la definición del Plan.

Los agentes económicos y sociales firmantes de este Pacto participarán en la concepción del Plan, y, en el correspondiente seguimiento de su desarrollo y resultados.

V. MARCO COMUNITARIO DE APOYO 1994-1999

En el Acuerdo para el Desarrollo Económico y Social de mayo de 1993, se recogía la necesidad de alcanzar un amplio consenso sobre las actuaciones prioritarias sobre las que concentrar los esfuerzos para lograr las metas de política regional. De este modo, se acordó la creación de una comisión para el debate del Plan de Desarrollo Regional, la localización de las inversiones del Fondo de Cohesión en Andalucía y las demás actuaciones con fondos comunitarios.

Los nuevos reglamentos de los Fondos Comunitarios recogen la necesidad de la participación de los interlocutores sociales en el proceso de preparación, seguimiento y evaluación de las actuaciones cofinanciadas con los fondos de la Unión Europea. Asimismo, el Comité Económico y Social de la Unión Europea, aprobó un dictamen en enero de 1994 en este mismo sentido, cuyo contenido ha sido asumido por el Consejo Económico y Social de España. En base a ello, y en línea con las actuaciones que se vienen desarrollando en esta materia, se constituye desde la firma de este Acuerdo un Comité de Seguimiento del Marco Comunitario de Apoyo 1994-1999.

El Comité tendrá conocimiento del desarrollo y ejecución del Marco de Apoyo Comunitario 1994-1999 y participará en el seguimiento y evaluación de los distintos Programas que componen el mismo.

Este Comité de Seguimiento estará compuesto por:

- Ocho representantes de la Junta de Andalucía.

- Cuatro representantes de la C.E.A.

- Dos representantes de CC.OO. y,

- Dos representantes de U.G.T.

VI. FORMACION, INSERCION PROFESIONAL

Y SISTEMA EDUCATIVO

1. Desarrollo del Plan Andaluz de Formación Profesional. La creación del Consejo Andaluz de Formación Profesional, que se configura como el vehículo de participación de los agentes sociales y económicos en esta materia, junto con el desarrollo del Plan Andaluz de la Formación Profesional, como herramienta de planificación e impulso del Sistema Andaluz de Formación Profesional, suponen dos hitos fundamentales que marcan un cambio sustancial en la política de formación, con el fin de lograr su mejor incardinación y apoyo al sistema productivo andaluz, desarrollando una gestión activa de la formación como instrumento de apoyo directo al empleo.

2. Formación Profesional para la integración social de los jóvenes.

El sistema educativo desempeña una importante función en la transición de los jóvenes a la vida laboral activa. Por ello, debe contar con los instrumentos precisos para que una gran mayoría de los alumnos y alumnas consigan graduarse, facilitando así su incorporación al mercado de trabajo. Los jóvenes que no alcancen la titulación básica, deberán disponer de alternativas para adquirir el nivel primario de cualificación profesional, evitando, así, su marginación y exclusión económica, ya que éstos nutren en una proporción importante la población de jóvenes parados de larga duración. Por ello, es necesario profundizar en la mejora de la calidad de enseñanza e incidir en los factores que en ella intervienen. De igual forma, hay que potenciar la orientación y el asesoramiento en la elección de estudios posteriores, para que se consideren las capacidades, intereses, aptitudes y habilidades de los alumnos y alumnas, propiciando la inclusión de módulos referidos a la orientación profesional, técnicas de búsqueda de empleo, e introducción a las relaciones laborales. Asimismo se fomentará el desarrollo de la creación de empresas como una de las alternativas de inserción profesional.

VII. MEDIDAS DE APOYO A LA CREACION DE EMPLEO Y DE PROMOCION SOCIOLABORAL

Es necesario incorporar nuevos mecanismos de apoyo a la creación de empleo que posibiliten aprovechar al máximo la actual coyuntura económica. De las políticas dirigidas a la población demandante de empleo, deben priorizarse las orientadas a aquellos colectivos que, bien por dificultades de carácter formativo, bien por tratarse de grupos socialmente desfavorecidos, han de ser destinatarios de programas específicos que les permitan mejorar sus posibilidades de empleo.

Para la mayor eficacia de estas políticas es necesario, por una parte, identificar con claridad y precisión las características psicosociales y poblacionales de los demandantes de empleo, y, por otra, poner en marcha programas específicos de promoción de empleo.

En este sentido, se abordarán las siguientes actuaciones:

1. Actuaciones de prospectiva del mercado laboral.

El establecimiento de los Sistemas de Formación Profesional debe configurarse a través de una adecuada prospectiva del mercado laboral, de manera que puedan adecuarse los sistemas de formación anticipadamente. En este sentido, se arbitrarán las medidas oportunas para el establecimiento de un sistema de prospectiva del mercado laboral que posibilite la diagnosis de las necesidades formativas de la población activa, para lo que se garantiza una adecuada participación de los agentes sociales y económicos firmantes del presente Pacto a través del Consejo Andaluz de la Formación Profesional, y una adecuada coordinación con las actuaciones desarrolladas a nivel nacional en este ámbito.

Asimismo, se propone el mantenimiento, actualización y explotación de los datos del observatorio permanente de las ocupaciones, como instrumento de análisis de la realidad laboral andaluza y de sus perspectivas de evolución, estrechando la colaboración con el Instituto Nacional de Empleo, y propiciando la participación de los agentes económicos y sociales en su desarrollo.

2. Oferta pública de empleo.

El Gobierno de la Junta de Andalucía se compromete a realizar las actuaciones que sean necesarias para conseguir que se materialice el ingreso en la Administración Pública de todas las personas que correspondan a la oferta de empleo público de 1992, actualmente en su última fase de cobertura. Asimismo arbitrará las medidas necesarias para proceder según los acuerdos que se adopten en la Mesa General de Negociación de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con las mesas sectoriales, y referente a la convocatoria de la oferta pública de empleo para 1995.

3. Actuaciones específicas de apoyo a la creación de empleo y la contratación.

3.1. Programas orientados al fomento del empleo a través de la formación profesional ocupacional.

El desarrollo de programas de Formación Profesional Ocupacional dirigidos al colectivo de desempleados, se ha configurado como una vía idónea de capacitación profesional y de inserción laboral.

En este sentido, la Junta de Andalucía promoverá la realización de acciones de Formación Profesional Ocupacional tanto para los colectivos objeto de atención prioritaria, como en los sectores con requerimientos de empleo. Los agentes sociales y económicos firmantes de este Pacto desarrollarán programas de Formación Ocupacional de ámbito regional, posibilitando la participación de jóvenes andaluces en acciones formativas de alto nivel. Con carácter general, las actuaciones en formación ocupacional atenderán las necesidades de cualificación profesional de la población activa de acuerdo con los requerimientos del mercado de trabajo, favoreciendo la actualización de conocimientos y mejorando la ocupabilidad de los desempleados y la estabilidad en el empleo de los ocupados, especialmente en la pequeña y mediana empresa.

Estas actuaciones se instrumentarán a través de acciones formativas con las siguientes características:

- A fin de facilitar la creación directa de empleo mediante iniciativas concretas de implantación de empresas, se priorizarán las acciones formativas que lleven aparejada la inserción profesional.

- Entendiendo que la mayor cualificación de los empleados y empleadas redundará en la estabilidad de sus empleos, y en la mejora de la competitividad empresarial, se mantendrá una línea de formación para las personas ocupadas en pequeñas y medianas empresas, complementaria de las que se insertan en el Acuerdo Tripartito para la Formación Continua. De las acciones que se deriven de este apartado, se dará cuenta al Consejo Andaluz de Formación Profesional.

- Para conseguir la optimización de la Formación Ocupacional, como elemento al servicio de la capacitación personal para el trabajo, se atenderán singularmente las siguientes acciones:

a) Las dirigidas a aquellos desempleados cuya insuficiente o inadaptada cualificación representa un obstáculo para su inserción laboral, para los que se diseñarán programas formativos adaptados a los requerimientos del mercado de trabajo andaluz, a partir de un profundo análisis del mismo.

b) Las acciones dirigidas a colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, y aquellos otros con riesgo de exclusión social.

- La formación ocupacional, como instrumento al servicio del desarrollo, se ordena en las siguientes acciones que se consideran prioritarias:

a) La formación dirigida a mejorar capacidades de ocupabilidad en el sector industrial, como actuación específica del Programa Industrial para Andalucía.

b) La formación incardinada dentro del Plan DIA, como apoyo al empleo y mejora de la calidad del sector turístico.

c) La formación al servicio de las relaciones sociolaborales y de producción del medio rural, priorizando la cualificación y diversificación profesional de los trabajadores eventuales agrarios, en el marco de los Acuerdos Administración-Sindicatos para la mejora y modificación del sistema de protrección de los trabajadores eventuales agrarios, y de la aplicación del Plan de Desarrollo Rural de Andalucía.

- Se seguirán atendiendo las acciones formativas, especialmente las relacionadas con I+D, a desarrollar en torno a los espacios tecnológicos de Andalucía, PTA y Cartuja 93, de manera que estas opciones estratégicas tengan la suficiente cobertura en el ámbito formativo complementaria de la que realizan las propias empresas.

- Se continuará apoyando la participación en programas e iniciativas comunitarias, especialmente Iniciativas de Empleo (NOW, HORIZON, YOUTHSTART), e Iniciativa ADAPT, y las de carácter transnacional. Igualmente, la Junta de Andalucía facilitará la participación de los interlocutores sociales y económicos en dichos programas, mediante la cofinanciación de aquellas acciones que de mutuo acuerdo se consideren convenientes desarrollar en el marco de los citados programas e iniciativas.

3.2. Programas para el apoyo de la contratación indefinida. Estarán dirigidos a incentivar la estabilidad en el empleo de los jóvenes con contratos de aprendizaje, realizados con anterioridad a la firma del presente Acuerdo.

El acceso a las medidas estará condicionado a la transformación de estos contratos en indefinidos, siempre que suponga un incremento neto de la plantilla existente a 31 de diciembre de 1994.

Durante el primer año de vigencia del contrato indefinido, el empleador contratante percibirá una subvención equivalente al 75% del coste de la Seguridad Social que corresponda al empresario por contingencias comunes, que será del 50% y 25% del mismo concepto en el segundo y tercer año de vigencia del contrato.

Las partes firmantes se comprometen en el plazo de tres meses a estudiar la posible ampliación de las medidas recogidas en este apartado a otros colectivos de jóvenes vinculados a una empresa mediante contratos de carácter temporal, incentivando su contratación indefinida. Para ello, con carácter previo, se realizará conjuntamente un análisis de la situación del mercado de trabajo, y las repercusiones que sobre el mismo podrían tener la aplicación de estas medidas.

3.3. Programas dirigidos al fomento del empleo de la mujer. Tendrán por objeto facilitar la inserción laboral de la mujer demandante de empleo, especialmente de aquellas con escasa cualificación, de las que pretendan incorporarse tardíamente al mercado laboral, de las que han interrumpido su actividad laboral, o de las interesadas en incorporarse a ocupaciones en las que se encuentren subrepresentadas.

Como instrumento singular de apoyo a los Programas que tengan como destinatarias a la mujer, tanto en el ámbito de la Formación Profesional Ocupacional como en el empleo, en cada Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales se constituirá un Gabinete de Información, Orientación y Asesoramiento a fin de facilitar un itinerario individualizado a cada uno de los proyectos o iniciativas que conduzcan a la ocupabilidad o empleo de la mujer.

Las acciones a emprender se concretan en:

A) Programas de Formación Profesional Ocupacional.

Se desarrollarán acciones formativas dirigidas a las mujeres desempleadas con objeto de mejorar su ocupabilidad y aumentar sus posibilidades de empleo. Para promover el desarrollo de estas medidas la Junta de Andalucía subvencionará los costes de las acciones formativas y facilitará a las beneficiarias de las mismas, ayudas para el desplazamiento, alojamiento y manutención derivada de su asistencia a los cursos, así como para el cuidado de hijos cuando fuera necesario.

B) Programa de Formación Profesional Ocupacional dirigido al empleo estable por cuenta ajena.

Incentivará el acceso y la estabilidad en el empleo de las mujeres, especialmente en aquellas profesiones en que se encuentran subrepresentadas, apoyando para ello tanto la formación personalizada necesaria, como la contratación de las mismas por parte de las empresas.

Se articulará a través de convenios con empresas en los que se recojan compromisos de contratación con carácter estable, y siempre que la incorporación de la mujer a la empresa signifique un incremento neto del empleo de la misma.

Mediante estos convenios se podrán subvencionar los costes de formación previa a la contratación, si fuese necesaria, así como una subvención equivalente al 75% del coste de Seguridad Social correspondiente al empresario durante el primer año de vigencia del contrato por contingencias comunes, que será del 50% y 25% del mismo concepto en el segundo y tercer año de vigencia del contrato.

C) Programa para la Formación Profesional Ocupacional y el Fomento del Autoempleo individual de la mujer.

Tiene por objeto facilitar el acceso de la mujer al empleo autónomo, colaborando en la puesta en marcha de un mecanismo que contemple las siguientes fases:

- La incorporación, en su caso, a un curso de formación profesional ocupacional directamente vinculado con las características del proyecto de autoempleo que se quiere realizar.

- Subvención de apoyo al empleo autónomo, para lo que se articularán un conjunto de medidas encaminadas a mejorar las estructuras productivas, financieras y de gestión de las empresas constituidas por trabajadoras autónomas, y que consistirá en:

Ayuda destinada a asegurar la percepción de unos ingresos mínimos en una primera etapa.

Asistencia técnica, dando apoyo externo y cualificado a su organización y gestión.

Subvención de intereses para facilitar el acceso a operaciones de préstamos mediante la reducción de los tipos de interés de los mismos. Subvención reintegrable a la inversión, con objeto de apoyar financieramente los proyectos de viabilidad constatada que encuentren especiales dificultades de financiación.

3.4. Programas para el fomento del autoempleo individual y de la contratación.

Se desarrollarán las siguientes líneas:

3.4.1. Autoempleo individual.

- En esta línea de actuación se contempla un conjunto de medidas encaminadas a mejorar las estructuras productivas, financieras y de gestión de las empresas que se constituyan por trabajadores autónomos, y que constituirán en:

Ayuda destinada a asegurar la percepción de unos ingresos mínimos en una primera etapa.

Asistencia técnica, dando apoyo externo y cualificado a su organización y gestión.

Subvención de intereses, para facilitar el acceso a operaciones de préstamos, mediante la reducción de los tipos de interés de los mismos. Subvención reintegrable a la inversión, con objeto de apoyar financieramente los proyectos de viabilidad constatada que encuentren especiales dificultades de financiación.

3.4.2. Contratación de colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo.

En esta línea de actuación se contemplan las ayudas dirigidas a la contratación de trabajadores desempleados mayores de 40 años parados de larga duración.

Serán destinatarios de estas ayudas los proyectos de Corporaciones Locales y entidades sin ánimo de lucro, que preferentemente tengan por objeto la explotación económica de un recurso de carácter local susceptible de mantener empleo estable.

La medida consistirá en el pago de una subvención a fondo perdido, por un importe equivalente a seis meses del salario de referencia del trabajador, según su categoría profesional.

3.4.3. Contratación de colectivos socialmente desfavorecidos. Con estas medidas se pretende facilitar la contratación, a través de un programa específico, de aquellos colectivos que, en base a sus especiales condiciones psicosociales requieran de una especialísima atención para su incorporación al mercado de trabajo, tales como:

- Ex-toxicómanos y toxicómanos en recuperación.

- Inmigrantes y emigrantes retornados.

- Minorías étnicas.

- Ex-reclusos.

Los destinatarios de estas ayudas serán las Corporaciones Locales, empresas y entidades sin ánimo de lucro, quienes, a través de los convenios que se suscriban al efecto, canalizarán las ayudas que se mencionan a continuación:

- Participación en cursos de formación profesional ocupacional.

- Subvención equivalente al importe del salario de referencia del trabajador, según su categoría profesional, por un período de seis meses.

3.4.4. Programa de fomento del empleo para minusválidos.

Tendrá como finalidad fomentar la contratación de trabajadores con minusvalías, suscribiéndose al efecto un convenio específico con las entidades contratantes, que contemplará las medidas siguientes:

- Participación en cursos de formación profesional ocupacional.

- Subvención equivalente al importe del salario de referencia del trabajador, según categoría profesional, por un período de seis meses.

- Subvenciones para la adaptación en su caso de los puestos de trabajo.

4. Medidas para la promoción sociolaboral en el medio urbano.

Se trata de poner en marcha diversas medidas que tienen por objeto la dinamización social y laboral en los grandes municipios. Este programa se desarrollará en municipios andaluces de más de 20.000 habitantes, mediante la suscripción de Convenios de Colaboración celebrados al efecto y que tendrán como objeto la atención de los ciudadanos y ciudadanas que se encuentran con especiales problemas de inserción social y laboral, fundamentalmente jóvenes menores de 30 años, no sólo desde la perspectiva personal, sino también por las carencias del entorno urbano en que se desenvuelven.

Se articulará a través de un «circuito de integración« que comenzará por la detección y valoración de las necesidades sociales del individuo así como de sus carencias formativas para incorporarse al mercado de trabajo, lo que propiciará una atención desde el doble plano social y formativo para el empleo.

Para ello, se actuará desde el Sistema Público de Servicios Sociales a través de la red básica de Servicios Sociales Comunitarios y, en su caso, desde los Servicios Sociales especializados, completando este circuito con actuaciones que incrementen la cualificación del ciudadano y mejoren sus posibilidades de empleo, incentivando la propia inserción laboral. Estas medidas se articularán mediante las siguientes acciones:

a) Instrumentos de apoyo para la dinamización social.

Se crearán equipos multidisciplinares que serán el sustento técnico del desarrollo del proyecto propiciando la integración social del individuo a través de:

- Información, valoración, orientación y asesoramiento.

- Ayuda a domicilio.

- Convivencia y reinserción social.

- Cooperación Social.

- Otros que la dinámica social exija.

b) Atención Social Especializada.

Los Servicios Sociales Especializados actuarán completando la intervención de la Red Básica en el supuesto de individuos o colectivos que representen especiales dificultades de inserción social.

c) Instrumentos de apoyo para la dinamización Laboral.Se incorporarán a los equipos multidisciplinares Agentes de dinamización laboral que tendrán como función el detectar las carencias formativas del ciudadano, facilitar su cualificación y orientarle en la búsqueda de empleo.

d) Inserción Laboral.

Se articularán Programas que tienen como finalidad primordial formar a los ciudadanos en oficios que les permitan su incorporación a la sociedad a través del empleo.

Para ello se implantarán dos tipos de programas:

- De Formación Profesional Ocupacional. Se organizarán cursos que tendrán como contenido básico la formación en aquellas profesiones y oficios que mayores posibilidades tengan de acceso al mercado laboral.

- De Formación en prácticas para la ciudad. Se ejecutarán programas que alternando una fase de formación con otra práctica y cumplirán una doble finalidad, de una parte el aprendizaje de un oficio y de otra la recuperación o regeneración de un espacio urbano.

Por último se posibilitará mediante la mejora de la cualificación de los colectivos que integran dichas zonas urbanas la constitución de empresas de autoempleo individual o asociativa para lo que, sin perjuicio de las ayudas que con carácter general se facilitan por la Junta de Andalucía para la constitución de dichas empresas, por el agente de dinamización laboral se diseñarán módulos específicos de formación en la gestión empresarial para el autoempleo.

5. Fomento del empleo relacionado con el medio ambiente.

En Andalucía, que es la región de España con mayor superficie de terreno protegida, la conservación y protección de los valores medioambientales constituyen una seña de identidad de nuestra sociedad.

Las actuaciones de construcción y mejora de las infraestructuras que posibilitan el desarrollo de nuestra región llevan aparejadas inevitablemente un cierto impacto ambiental que debe ser compatible con el máximo respeto posible a nuestro entorno natural.

Estas infraestructuras mejoran las capacidades futuras de desarrollo de las zonas y poblaciones de su área de influencia, si bien, no de manera inmediata. Por ello, aún coexisten en Andalucía junto a realidades físicas de primer nivel, grupos poblacionales con graves dificultades de empleo. Para colaborar en la ocupabilidad de esos colectivos, dentro de la filosofía general de intervención pública en el medio rural, se pondrán en marcha programas conjuntos de las Consejerías de Obras Públicas y Transportes, Medio Ambiente y Trabajo y Asuntos Sociales que realizarán proyectos de reforestación y mejora ambiental de las zonas de influencia de las carreteras, que permitan mediante la contratación de trabajadores eventuales agrarios, la restauración del espacio natural afectado por la construcción viaria de que se trate.

6. Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación de estos Programas se constituirá una Comisión de Seguimiento específica compuesta por representantes de las partes firmantes.

VIII. EMPRESA JOVEN

Hoy en día está plenamente aceptado que una de las estrategias a medio corto plazo, para elevar el nivel de vida de la población, contribuir a reforzar nuestro tejido productivo y disminuir el nivel de desempleo de la población joven, pasa por la incorporación de los jóvenes al mundo de la empresa. Los Agentes firmantes de este Pacto así lo han venido entendiendo. La CEA desde el año 1986 viene desarrollando en colaboración con la Junta de Andalucía una serie de programas y actuaciones destinadas a promover entre la juventud andaluza la vocación empresarial. Igualmente hay que destacar la labor de las Organizaciones Sindicales en la realización de programas para el fomento de la economía social y el auto empleo.

Los programas de Iniciativas Empresariales, de Formación Profesional: Proyecto Empresa, la creación de una Unidad de Inserción Profesional e Iniciativas Empresariales, el Programa de Fomento de Vocaciones Empresariales, la creación de Sociedades Cooperativas, Sociedades Anónimas Laborales y el Autoempleo, son ejemplos de la afirmación anterior y han sido apuestas concretas en el campo del fomento de la iniciativa empresarial entre los jóvenes de Andalucía, que han permitido la creación de nuevas empresas, desarrolladas por jóvenes que se plantean la posibilidad de asumir el riesgo de ser empresarios. Jóvenes con iniciativas y ganas de trabajar que contribuyen a la generación de riqueza y a la creación de empleo. El Programa Empresa Joven, pretende continuar y reforzar estas acciones fomentando la aparición de nuevos empresarios que se incorporen a los que ya existen y hagan de su trabajo un compromiso con Andalucía, posibilitando el desarrollo de nuestra región, creando las condiciones favorables para que los jóvenes andaluces se planteen, en el momento de decidir su futuro profesional, la posibilidad de constituir su propia empresa como alternativa válida de autoempleo, favoreciendo un cambio de actitud y de mentalidad en relación a la obtención de un puesto de trabajo.

El programa debe tener como colectivos destinatarios a los jóvenes de menos de 30 años en general, fijándose como prioridad a los menores de 25 años que se encuentren en condiciones de acometer proyectos empresariales. Entre éstos se consideran como más idóneos aquellos que hayan recibido una formación adecuada y suficiente para garantizar la viabilidad de los proyectos empresariales a desarrollar.

En este sentido se identifican, en primer lugar, aquellos colectivos universitarios más orientados hacia el mundo empresarial. También lo serán aquellos jóvenes procedentes del sistema de formación profesional, y los alumnos de Talleres Escuelas, Escuelas de Empresas, y Casas de Oficios, así como los procedentes de programas de promoción empresarial desarrollados por los agentes sociales y económicos firmantes de este Pacto. En el desarrollo del Programa Empresa Joven se distinguen tres fases de actuación.

La primera debe centrarse en la promoción de la iniciativa empresarial entre los jóvenes y en especial, entre los colectivos anteriormente mencionados, tarea en la que deben participar además de la propia Administración, los agentes sociales y económicos firmantes del Pacto.

La segunda fase consistirá en incentivar, detectar y movilizar iniciativas empresariales y en la posterior elaboración de sus correspondientes proyectos de empresa, así como, en la presentación de los mismos ante las instancias administrativas correspondientes, para cuyo fin han de contar con el apoyo y asesoramiento correspondiente. Para todo ello los agentes sociales y económicos firmantes del Pacto podrán canalizar las iniciativas surgidas en sus respectivos ámbitos: laboral y empresarial, hacia el órgano de la Administración Autonómica que se encargue del estudio y aprobación de las iniciativas, y de la concesión de ayudas que se instrumenten. Para ello, podrán crear, con la colaboración de la Junta de Andalucía, los mecanismos de información, formación y asesoramiento que permitan facilitar a los jóvenes andaluces la preparación, elaboración y posterior presentación de los proyectos más idóneos.

La fase final del programa se centrará en la aprobación y concesión de ayudas, que será responsabilidad de la Junta de Andalucía. A tal fin, la Junta de Andalucía aprobará actuaciones específicas de apoyo financiero a proyectos empresariales promovidos por jóvenes empresarios, contemplándose entre otras las siguientes:

- Subvencionar la inversión de estos proyectos empresariales con cargo a la Subvención Global Comunitaria que gestiona el I.F.A.

- Facilitar y abaratar el acceso de los emprendedores a los servicios de las Sociedades de Garantía Recíproca (S.G.R.).

- Incorporar en el marco de las negociaciones del Convenio Junta de Andalucía-Entidades Financieras el carácter prioritario de los proyectos acogidos al Programa Empresa Joven y la aplicación a los mismos de las subsidiaciones de tipo de interés en su grado máximo.

- Promover la colaboración de las S.G.R. y las Sociedades de Capital Riesgo (S.R.C.) en el desarrollo del programa, al objeto de poder incorporar al mismo su amplia experiencia en materia de evaluación técnica, económica y financiera de proyectos e iniciativas empresariales, así como sus conocimientos en el ámbito financiero.

Para la mejor coordinación y seguimiento del programa, se establecerá una Comisión formada por la Administración y los agentes sociales y económicos firmantes de este Pacto, que evalúe los resultados y proponga las medidas correctoras, si proceden, que resulten más oportunas en cada momento de acuerdo con los objetivos y logros del programa.

Asimismo, los agentes económicos y sociales firmantes del Pacto podrán suscribir los correspondientes acuerdos de desarrollo del presente programa, con objeto de hacer efectiva su participación activa en las fases primera y segunda del mismo, y participar en la Comisión de Seguimiento anteriormente reflejada.

Lola ( Pacto Empleo Segunda Parte )

IX. MEDIDAS DE APOYO A LAS PEQUEÑAS

Y MEDIANAS EMPRESAS

1. Financiación y ayudas a las pequeñas y medianas empresas.

Las dificultades para obtener una adecuada financiación, constituyen una de las principales limitaciones que inciden en la creación y desarrollo de la pequeña y mediana empresa.

Las ayudas financieras de la Junta de Andalucía están contribuyendo a paliar, en parte, estas dificultades. Sin embargo, a pesar del gran esfuerzo financiero realizado, resulta necesario mejorar los mecanismos de concesión y la eficacia de las ayudas.

El Programa Industrial de Andalucía, incorporó algunas reflexiones en este sentido para dicho sector. Para profundizar en ello, y en su extención a otros sectores, es preciso lograr, de manera paralela al necesario incremento de los recursos destinados al apoyo financiero de la pequeña y mediana empresa, un perfeccionamiento de los sistemas y de la orientación del gasto.

Para ello se tomarán las siguientes medidas:

1.1. Concretar las pequeñas y medianas empresas objeto de atención prioritaria, para establecer una más acertada distribución y una mayor rentabilización de las ayudas.

1.2. Ampliar la difusión e información sobre las distintas ayudas.

1.3. Agilizar los procesos de tramitación y cobro de subvenciones y ayudas.

1.4. Potenciación del sistema de ayudas financieras de la Junta de Andalucía y de las de esta misma naturaleza concedidas con la colaboración de otras instituciones de carácter nacional y supranacional. Compendio de ayudas que podría estructurarse de acuerdo con la naturaleza del instrumento financiero empleado en torno a los siguientes ejes y epígrafes.

- Subvenciones a fondo perdido.

Una amplia batería de programas de apoyo a la empresa, fundamentados en la subvención a fondo perdido como instrumento de apoyo financiero básico, esencialmente están destinadas a la mejora de los factores de competitividad de la Pyme andaluza, así como al apoyo de toda la política industrial autonómica en sus vertientes sectorial y territorial.

- Participaciones en capital.

La participación en el capital de nuevas empresas, y excepcionalmente de empresas ya existentes, se realizará por la doble vía de potenciación del sistema de sociedades de capital riesgo y por la intervención directa, en su caso.

Por otro lado, la Junta de Andalucía está completando el proceso de creación de una red andaluza de Sociedades de Capital Riesgo, mediante la toma de participación en sociedades ya existentes o la creación de otras nuevas. Como resultado de lo anterior, cada provincia andaluza contará con su propia Sociedad de Capital Riesgo.

Se prevé, terminada esta fase, comenzar otra de coordinación de actuaciones y potenciación de esta red.

Las PYMEs y los emprendedores andaluces podrán así disponer de un sistema de apoyo que les facilite la consolidación de sus proyectos empresariales y la creación de nuevas empresas.

- Subsidiaciones de tipos de interés.

Comprende toda una serie de líneas específicamente destinadas al apoyo económico-financiero de PYMEs, en el marco del Convenio que anualmente suscribe la Junta de Andalucía con las entidades financieras con presencia en la región.

Los préstamos objeto de subsidiación del tipo de interés se encuadrarán en algunas de las siguientes modalidades:

Financiación de activo fijo ligados a la creación de nuevas empresas o a la realización de nuevas inversiones en activos materiales. Financiación de activo circulante directamente vinculadas a operaciones de inversiones en activos fijos.

Refinanciación de pasivos igual que la finalidad anterior referidas a inversiones en activos materiales realizadas en el período inmediatamente precedente.

Préstamos de campaña relacionados con actuaciones en el sector de la agricultura y sometidos a la normativa específica del mismo. Financiación puente destinada a la prefinanciación de subvenciones recibidas por la empresa con cargo a la Ley de Incentivos Económicos Regionales.

En el supuesto de operaciones que conlleven el mantenimiento de puestos de trabajo, las subvenciones a otorgar podrán ser de hasta cinco puntos de tipo de interés. Si implican la creación de puestos de trabajo netos, gozarán de hasta tres puntos de subvención adicional.

Las operaciones avaladas por SGR con participación de la Junta de Andalucía tendrán hasta dos puntos adicionales a la subvención que les corresponda por los conceptos anteriores, aplicándose esta subvención directamente al coste del aval.

Este instrumento de apoyo financiero estará destinado a impulsar la política de sectores de la Junta de Andalucía, reflejadas en sus diversas líneas.

- Intermediación activa en la difusión y gestión de programas de ayudas de las Administraciones Central y Comunitaria.

Conviene no olvidar, dentro de una estrategia de apoyo al tejido empresarial, la importante función de intermediación (con frecuencia una tarea activa de difusión y gestión) de aquellos programas vinculados a las Administraciones Central y Comunitaria.

1.5. Mayor apoyo a las iniciativas de creación de PYMEs mediante el adecuado asesoramiento técnico que facilite su puesta en funcionamiento.

1.6. En el plazo de tres meses desde la firma de este Pacto, la Junta de Andalucía establecerá un sistema por el cual el importe de las ayudas que hayan sido reintegradas como consecuencia del incumplimiento de la normativa vigente se aplicará a financiar actuaciones de la misma naturaleza.

1.7. Semestralmente, las Organizaciones firmantes de este Pacto recibirán la información correspondiente sobre las ayudas concedidas y su distribución a las empresas.

En todo caso, y al igual que en el resto de los instrumentos financieros se atenderá a la normativa y recomendaciones de la Unión Europea en materia de ayudas a empresas y a los principios de libre competencia.

2. Potenciación del sistema de garantías recíprocas.

En estrecha relación con la estrategia de aumentar y canalizar recursos financieros hacia las PYMEs, es necesario valorar el papel desempeñado por las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Estas sociedades, cuyo marco se regula en la Ley 1/1994, conceden avales que permiten a las PYMEs acceder a la financiación bancaria; negocian con las entidades de crédito a fin de conseguir mejores condiciones en la financiación a las PYMEs; y ofrecen servicios de asesoramiento e información a este tipo de empresas. La importancia de las funciones reseñadas de cara a la ampliación y renovación del tejido productivo andaluz, hace necesario potenciar el Sistema de Garantías Recíprocas de nuestra Comunidad Autónoma, para lo cual, en colaboración con la Confederación de Empresarios de Andalucía, se establecerá un cuadro definido y estable de relaciones entre la Administración Autonómica y las SGR andaluzas.

Las partes firmantes de este Acuerdo, consideran que el objetivo operativo de contar con un potente Sistema de Garantías Recíprocas en Andalucía, ha de ser, en última instancia, el de generar ventajas competitivas en la utilización de dicho Sistema por las PYMEs andaluzas. Dicho de otra forma, posibilitar que el producto ofrecido por las SGR andaluzas sea competitivo, con unos costes de utilización adecuados a la realidad de nuestras PYMEs. Con tal fin, la Junta de Andalucía emprenderá un conjunto de actuaciones tendentes a reforzar el Sistema de Garantías Recíprocas en nuestra Comunidad Autónoma. Dichas actuaciones consistirán en:

a) Realizar aportaciones a los Fondos de Provisión Técnica, para cubrir las necesidades de cobertura de las operaciones de las SGR andaluzas y por tanto reduciendo el coste para las PYMEs.

b) Subvencionar a las PYMEs parcialmente el coste del aval, en las operaciones acogidas al Convenio Junta de Andalucía-Entidades Financieras.

c) Facilitar las relaciones entre las SGR andaluzas y las entidades de crédito radicadas en Andalucía.

3. Mecanismos de agilización de cobros.

Teniendo en cuenta la incidencia que en los sectores productivos andaluces tiene la ejecución del Presupuesto de la Comunidad Autónoma, así como las características de los flujos financieros que se derivan del mismo, la Junta de Andalucía se compromete a agilizar los pagos a contratistas y suministradores, y a mantener con la CEA las Mesas Sectoriales actualmente existentes como foro de información, diálogo y acuerdo, creando las que se consideren necesarias, a fin de analizar la situación de los pagos y efectuar recomendaciones y propuestas para lograr su atención.

4. Simplificación de la tramitación administrativa.

La Junta de Andalucía asume el compromiso de continuar desarrollando una labor de simplificación de la tramitación administrativa para las PYMEs andaluzas, a fin de aumentar el dinamismo en el ejercicio de la actividad empresarial.

A tal efecto, la Junta de Andalucía consensuará con los Agentes Económicos y Sociales firmantes de este Pacto un conjunto de actuaciones y medidas tendentes a tal fin, y que tendrán como objetivo la puesta en marcha de una experiencia piloto de ventanilla administrativa para las PYMEs, como elemento globalizador de los trámites administrativos ante las diferentes instancias administrativas.

5. Apoyo a la subcontratación industrial por PYMEs andaluzas.

En el marco de las actuaciones de apoyo a las empresas, se hace necesario continuar adoptando medidas tendentes a facilitar la subcontratación como factor coadyuvante para la optimización de los recursos productivos y el mantenimiento del empleo. A tal fin, se propiciarán actuaciones de información de mercados a PYMEs, apoyo a la constitución de bolsas de subcontratación, presencia en ferias dedicadas a esta actividad, edición de catálogos, etc., y en general, cuantas actuaciones de cooperación tiendan a ello.

Como complemento de lo anterior y en el marco de la legalidad vigente, la Junta de Andalucía tendrá muy en cuenta en sus actuaciones de apoyo a empresas con capacidad de generar subcontratación en el desarrollo de sus proyectos, la subcontratación que realicen con PYMEs andaluzas. Asimismo, la Junta de Andalucía en sus relaciones con subcontratista y suministradores valorará, en su caso, y siempre dentro del marco de la legalidad vigente como aspecto especialmente positivo y complementario de la oferta principal, el hecho de la subcontratación con PYMEs andaluzas, con el máximo respeto en todo caso a las normas que establecen las leyes de defensa de la competencia.

Para conseguir que las empresas andaluzas incrementen su participación en la subcontratación con grandes contratistas, los firmantes de este acuerdo realizarán la necesaria labor de apoyo, información y asesoramiento técnico sobre los diferentes procedimientos de certificación, reglas comerciales, acceso a los mercados públicos y legislación comunitaria al respecto, de forma que pueda aumentar la participación de las PYMEs de Andalucía en el mercado europeo de la subcontratación.

X. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL

Dado el carácter de la empresa como agente fundamental en la creación de empleo y renta, es necesario que toda estrategia destinada al mantenimiento y generación de empleo en el mundo de la empresa deba contener medidas orientadas a la mejora del nivel competitivo del tejido empresarial. En este sentido es necesario articular de forma precisa, desde el nivel regional, un conjunto de programas que, contemplando las singularidades, necesidades y características de cada sector económico, estén destinados al fomento de aquellos factores claves para mejorar la capacidad de competir de las empresas: Información, Servicios avanzados a la empresa, Tecnología, Calidad, Diseño industrial, Cooperación, Formación empresarial e Internacionalización.

El contenido de estos Programas habrá de responder de forma específica a las necesidades y retos de la empresa andaluza, especialmente las de pequeña y mediana dimensión.

Con carácter general, siendo la pequeña y mediana empresa el destinatario principal es preciso actuar con una gran concreción y con dispositivos de información, sensibilización, asistencia técnica y ayuda a la tramitación.

1. Información empresarial.

Las necesidades de información de las pequeñas y medianas empresas y emprendedores se dirigen sobre todo a aquellos aspectos más básicos y generalistas de la gestión. Fundamentalmente se trata de facilitar la información asociada a la puesta en marcha de proyectos. Los instrumentos de carácter asociativo en la realidad empresarial de Andalucía, poseen una amplia experiencia, ligada a su propia naturaleza que los configuran como elementos idóneos para contribuir a los logros de los objetivos antes mencionados, y en definitiva a la modernización de la pequeña y mediana empresa andaluza.

El Centro de Servicios Empresariales de Andalucía y su Red de Asistencia a las PYMEs, será uno de los elementos importantes para llevar a la práctica los programas de información, asistencia y asesoramiento a las pequeñas y medianas empresas andaluzas.

2. Servicios avanzados.

El Programa tiene un doble objetivo, por una parte, estimular a las empresas andaluzas a emprender análisis y actuaciones que conduzcan a una mejora de su nivel competitivo, y, por otra, potenciar una red regional de servicios avanzados a las empresas.

3. Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

Cualquier estrategia en estos temas requiere una visión global del sistema ciencia-tecnología-sociedad. Por ello, se considera que el elemento central deberá ser el II Plan Andaluz de Investigación (PAI). Este Plan, partiendo de un análisis riguroso de las actuaciones del Plan anterior, ha de centrarse en la consecución de los siguientes objetivos:

- Proseguir la tarea de reforzar la capacidad del sistema andaluz de ciencia y tecnología, basándose en criterios de calidad científica y oportunidad tecnológica.

- Establecer un apoyo selectivo a las diferentes áreas científicas y tecnológicas en función de su potencial previo y de las necesidades específicas de Andalucía.

- Fomentar la cooperación entre el sistema público de I + D y la iniciativa privada. Para conseguirlo es necesario:

a) Incorporar activamente las Universidades, el CSIC y los OPIs a la ejecución del PAI, reforzando la infraestructura de I + D de estas instituciones.

b) Potenciar el desarrollo de centros de investigación avanzada en aquellas éreas que el PAI considere relevantes por su carácter estratégico, por la calidad de los investigadores o por su especial relevancia económica para Andalucía.

c) Facilitar la creación de laboratorios y unidades mixtas de I + D entre industrias, universidades y organismos públicos de investigación.

d) Apoyar la participación conjunta de centros públicos de I + D y empresas andaluzas en proyectos de investigación amparados por el Programa - Marco de la UE.

e) Propiciar la ubicación de los centros de I + D en el Parque Tecnológico de Andalucía y en el Parque Científico-Técnico Cartuja'93.

- Establecer un sistema de interfase entre el sector público y privado que facilite la transferencia de los resultados de la investigación que se generen en los centros de investigación andaluces. Esto se debe traducir en:

a) Proporcionar asesoramiento a las PYMEs sobre sus necesidades tecnológicas.

b) Identificar carencias tecnológicas en sectores productivos concretos.

c) Apoyar proyectos de I + D concertados (centros públicos/empresas) orientados a la resolución de problemas en nuestras empresas, incluido el desarrollo de nuevos productos.

d) Facilitar la implantación de tecnologías avanzadas a través de proyectos de innovación en los que puedan participar tanto centros públicos como privados.

- Incrementar el número de científicos y tecnólogos y mejorar la experiencia práctica de este personal. Para ello:

a) Potenciar el programa de becas de formación de personal investigador en centros públicos.

b) Potenciar el programa de becas de formación de personal investigador en el sector privado.

c) Poner en marcha un programa de estancias de doctores en empresas.

- Adecuar los estudios ofrecidos por las universidades a las necesidades del mercado de trabajo y del desarrollo económico de Andalucía.

- Para fomentar el desarrollo tecnológico se reafirman los siguientes objetivos:

a) La renovación tecnológica del tejido productivo para lo que resulta indispensable canalizar recursos públicos al esfuerzo inversor privado, fomentando una mayor utilización de los programas comunitarios y nacionales con el desarrollo de líneas singulares y complementarias.

b) La innovación, concretando los recursos científico-técnicos existentes en las actividades estratégicas, con el objetivo de generar un vínculo de estrecha cooperación entre la actuación pública en I + D y la empresa privada, vínculo que permita mejorar la conexión existente en la actualidad mediante la introducción de nuevas tecnologías de producto y de proceso y su adecuada asimilación. También será necesario orientar la capacidad de investigación científica hacia áreas conectadas con los problemas tecnológicos del sistema productivo, lo que permitirá reforzar las relaciones de las Universidades y los Organismos Públicos de Investigación con las empresas.

En relación con la actuación empresarial I + D es preciso lograr una mayor participación de las empresas andaluzas, por ser uno de los puntos más frágiles de la I + D en Andalucía. Por tanto, debe efectuarse un esfuerzo relevante para lograr la creación de departamentos de investigación en un número significativo de empresas de la región. Para la consecución de este objetivo, el Plan Andaluz de Investigación hará especial hincapié en la investigación aplicada y en la transferencia tecnológica, coordinando los esfuerzos en este sentido con los Centros de Investigación Tecnológica, de manera que permita aunar los esfuerzos públicos con los que desarrollen las empresas.

c) Considerando la importancia que el Parque Tecnológico de Andalucía (P.T.A.) y el Parque Científico-Técnico Cartuja'93 tienen en las políticas de innovación tecnológica y, por tanto, en la creación de empleo, las partes firmantes acuerdan que a través del Programa Industrial para Andalucía, se realice un seguimiento de las actuaciones que en dichos parques industriales se desarrollan.

Es voluntad de la partes firmantes del presente Pacto que en el plazo de seis meses, a contar desde su firma, el II Plan Andaluz de Investigación esté elaborado.

Los agentes sociales y económicos participarán en la concepción y evolución del II Plan Andaluz de Investigación a través del Consejo Asesor para la Ciencia y Tecnología.

4. Calidad industrial.

La calidad industrial es un factor clave de competitividad para las empresas. Implantar un sistema de calidad y obtener su correspondiente certificación del organismo acreditado, se han convertido hoy, en muchos casos, en un requerimiento básico para continuar siendo competitivo. La Junta de Andalucía ha elaborado un programa de promoción de la calidad. El objetivo de este Progrma es facilitar a las empresas andaluzas la incorporación de métodos y técnicas, tanto en gestión como en producción, que conlleven una mayor calidad en procesos y productos, con las consiguientes mejoras en competitividad y reducción de costes. La finalidad última de esta acción será la de promover, al mayor grado posible, una «cultura de la calidad« en el tejido empresarial andaluz. Esta cultura exigirá, a la luz de las experiencias realizadas, además del apoyo a la elaboración e implantación de los manuales de calidad necesarios para la obtención de la certificación y homologación, profundizar en los niveles de promoción y gestión de la calidad.

5. Diseño industrial.

Entendiéndose el diseño como un complemento esencial de la calidad y, por tanto, un factor más de competitividad para la diferenciación del producto, deberá ser, pues, contemplado específicamente en los correspondientes Programas a la innovación, modernización o cooperación.

6. Cooperación Empresarial.

La definitiva implantación del Mercado Unico Europeo, y la globalización de los mercados, ha significado no sólo una intensificación de la competencia para nuestras empresas dentro de sus mercados tradicionales, sino también mayor facilidad para realizar transacciones de carácter internacional. Los firmantes de este Pacto son conscientes de la necesidad de elevar las cotas de cooperación que tienen las empresas andaluzas a todos los niveles y consideran necesario mantener e intensificar la política de apoyo de la Junta de Andalucía a la Cooperación Empresarial.

Del mismo modo, las partes firmantes creen conveniente la potenciación de programas de fomento de la cooperación empresarial como servicio de asesoramiento e intermediación a las empresas andaluzas, para asistirlas en el proceso de cooperación, diagnosticar su situación y necesidades, diseñar las estrategias más convenientes, definir el perfil de los socios, elegir los procedimientos de búsqueda y colaborar y asesorar en las negociaciones de los acuerdos. Ya sean de creación de empresas conjuntas, constitución de asociaciones para afrontar mercados exteriores, acuerdos de distribución recíproca, o cualquier otra forma de cooperación empresarial. La Junta de Andalucía apoyará estas acciones con una especial sensibilidad a las iniciativas presentadas por los agentes sociales y económicos firmantes de este Acuerdo.

7. Formación Empresarial.

La complejidad que adquiere en estos momentos la dirección de una empresa y el desarrollo continuo de nuevas técnicas de gestión, exigen del empresario su incorporación a un proceso continuo de formación. En tal sentido, la formación empresarial constituye una piedra angular en el reto de la mejora de la competitividad y del fortalecimiento del tejido empresarial. Se desarrollará a través de:

- Línea de formación básica en pequeñas empresas.

- Línea de formación sobre instrumentos de gestión empresarial.

8. Apertura a mercados exteriores.

La necesidad de incrementar la capacidad exportadora de la economía andaluza obliga a intensificar los esfuerzos públicos destinados a estimular y apoyar a las empresas regionales a penetrar en mercados exteriores. Como instrumento para el desarrollo de este Programa de Apertura a Mercados Exteriores, se propone la potenciación de los Encuentros Empresariales de carácter internacional.

9. Medio Ambiente.

La protección del Medio Ambiente es un elemento más del concepto de competitividad empresarial, y estrictamente necesaria la adaptación de las empresas a los requisitos de las normas medioambientales. La Junta de Andalucía, en consecuencia con el requerido apoyo al Medio Ambiente, potenciará un conjunto de medidas en esta materia dirigidas a las empresas.

Y todo ello, en relación con las medidas y ayudas de carácter nacional y comunitario.

XI. POLITICAS SECTORIALES

1. Sector de la Construcción.

Las partes firmantes del presente Acuerdo, son conscientes de la importancia económica y social del sector de la construcción debido, entre otras razones, a la aportación que realiza al Producto Interior Bruto de nuestra región, y el gran número de empleos que genera.

Para impulsar este sector, la Junta de Andalucía, además de la elaboración del Plan Andaluz de la Vivienda, adoptará las siguientes medidas:

a) Se planificarán las nuevas licitaciones de obras, de forma que se produzcan con regularidad durante el año, facilitándose el estudio de las ofertas.

b) En el plazo de seis meses desde la firma de este Acuerdo, se estudiará el establecimiento de un modelo de fianza global para las empresas contratistas de obras.

c) Al objeto de hacer más competitivas a las PYMEs de Andalucía, se apoyará la implantación de los sistemas de gestión de calidad, en base a las Normas ISO 9000.

d) La Administración de la Junta de Andalucía, junto con los agentes económicos y sociales firmantes del presente Pacto, estudiarán el proceso de tramitación administrativa de los expedientes derivados de la contratación, al objeto de posibilitar una mayor agilidad en su tramitación.

e) La Junta de Andalucía apoyará las iniciativas de los agentes económicos firmantes de este Acuerdo, al objeto de establecer mecanismos de información, formación y asesoramiento en la tramitación de expedientes a las licitaciones.

2. Sector Turístico.

El Plan de Desarrollo Integral del Turismo en Andalucía (Plan DIA), producto de la concertación entre el Gobierno de Andalucía, las centrales sindicales, UGT y CC.OO. de Andalucía, y la Confederación de Empresarios de Andalucía, es el instrumento a partir del cual, deben articularse las actuaciones que seguidamente se enuncian: Así, será en el seno de la Comisión de Seguimiento del Plan DIA, donde habrán de perfilarse las propuestas que se formulan. Conviene, pues, entender las mismas como una priorización de objetivos, basada en el convencimiento de que determinados productos y ofertas turísticas y algunos destinos tienen, por encima de otros cualidades que contrastadas con la potencialidad de la demanda, les hacen más conpetitivos, y por lo tanto, susceptibles de mayores niveles de creación de empleo y de mejores rendimientos socioeconómicos para nuestra región. Siendo la creación de empleo objetivo básico de este Pacto, es lógico apostar por aquellos segmentos turísticos que mejor garanticen, conocidas las previsiones de comportamiento de la demanda turística, los resultados que se persiguen. Sin que por ello quepa deducir un abandono de las líneas de fomento de turismos complementarios, que hasta ahora se vienen estableciendo.

Con carácter general, las actuaciones de la administración turística se dirigirán a:

- Mejora y consolidación de los productos turísticos de litoral.

- Mejora del aprovechamiento de la oferta de turismo de interior.

- Adecuación y promoción de los turismos temáticos propios del medio urbano: cultural, monumental y congresual.

Entre los instrumentos que se prevén para la puesta en marcha de estas actuaciones destacan los siguientes:

- Impulso, desde la Comisión Interdepartamental de Turismo, de las inversiones dirigidas a completar las infraestructuras correspondientes al ciclo del agua en el litoral de Andalucía.

- Coordinación de las actuaciones que, en materia de promoción turística, desarrollan las Administraciones Públicas.

- Creación de un instrumento de promoción de las instalaciones de congresos.

- Adecuación del Plan de Marketing de la Empresa Pública de Turismo de Andalucía, a las líneas establecidas en el presente Acuerdo.

- Dotación de un programa de ayudas a las empresas turísticas.

3. Sector Transporte.

La actividad del transporte tiene una gran trascendencia económica en nuestra Comunidad, no sólo por su importante contribución al PIB, sino también por el amplio número de unidades empresariales y el número de empleos que genera de manera indirecta e inducida.

No obstante en una época en la que todas las industrias buscan los mecanismos necesarios para adecuar su actividad, el sector del transporte debe replantearse también su proyección cara a un futuro, en el que sin duda será preciso redimensionar la capacidad del sector, y ganar en calidad de gestión y de servicios.

El diferente desarrollo modal del transporte dentro de las políticas nacionales, encauza de manera genérica los crecimientos potenciales que puedan llevarse a cabo, si bien, son más las políticas de reequilibrio que desde la Junta de Andalucía pueden realizarse.

En ese sentido, aspectos básicos que deben ser de especial atención a la hora de diseñar un programa de apoyo al sector, serían las ayudas a la inversión en la adquisición, mejora y modernización del parque de vehículos, y la elaboración de programas de formación destinados a elevar la capacitación y cualificación del sector.

Junto a estas actividades, pocos sectores están tan necesitados de elaborar estudios de mercado, que permitan conocer los impactos y la evolución que el sector tiene.

Con este fin, la Administración Andaluza, en colaboración con los agentes económicos y sociales, elaborará un plan destinado a mejorar la situación del sector de transportes.

XII. MODERNIZACION Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDADDE LA AGRICULTURA Y LA PESCA EN ANDALUCIA

La reforma de la Política Agraria Común y los acuerdos firmados en el GATT, se dirigen a disminuir el proteccionismo sobre los mercados, sustentados en el mantenimiento de unos precios interiores superiores a los precios del mercado internacional, junto con sofisticadas protecciones en fronteras para las producciones propias de la Comunidad Europea. Esto ha llevado a la modificación de algunas de las más importantes Organizaciones Comunes de Mercado, y prevé la reforma de otras en breve plazo, lo que producirá profundas repercusiones en las estructuras agrarias de Andalucía. Ante esta situación, el Gobierno de Andalucía y los Agentes Económicos y Sociales acuerdan la elaboración de un Plan de Modernización y Mejora de la Competividad de la Agricultura Andaluza, que contará con la participación singular de los firmantes, cuyas líneas deben encaminarse, entre otras, al estudio de la situación, propuestas de actuación en las infraestructuras agrarias y la estructuración del sector; así como la puesta en práctica de las medidas necesarias para afrontar los problemas que se producen como consecuencia de la sequía.

En igual medida, el sector pesquero andaluz mantiene una alta dependencia de caladeros tradicionales, situados en terceros países que presentan dificultades crecientes para mantener los acuerdos que garanticen el número de licencias actuales; asimismo hay que constatar que los caladeros propios no permiten asimilar las licencias que pudiesen resultar excedentarias, e igualmente que muchos de los barcos que faenan en la actualidad tienen una alta antigüedad y una baja capacidad tecnológica, lo cual dificulta o impide su transformación a otras modalidades de pesca.

Por todo ello, los firmantes consideran necesario iniciar en el plazo de tres meses el establecimiento de un proceso de debate, que permita definir el futuro de este sector y sentar las bases para su ordenación y desarrollo. Para ello, las partes firmantes acuerdan establecer en el seno de la Consejería de Agricultura y Pesca, dos mesas sectoriales, que permitan desde el debate interno, obtener el consenso suficiente para concretar las medidas, plazos y características, que deban reunir los Planes de Actuación resultantes, y que se consideran necesarios para garantizar el futuro de ambos sectores, sumamente importantes para la economía andaluza. Singularmente, en la mesa sectorial de pesca se consensuarán las medidas que por parte del Gobierno se pudieran plantear sobre la modificación del sistema de elección de los cabildos y asambleas generales de las cofradías de pescadores.

XIII. COMERCIO INTERIOR DE ANDALUCIA

Si en algún sector la atomización y la pequeña empresa conforman una realidad estructurada con criterios de empresa familiar, esa actividad es el comercio que por razones de su propia dimensión necesita un especial impulso y apoyo.

Estas y otras razones aconsejan que el Gobierno Andaluz convoque en el plazo de cuatro meses desde la firma del presente Pacto a los agentes sociales y económicos firmantes, al objeto de tratar sobre aspectos básicos del comercio interior, tales como registro de comerciantes, horarios comerciales, urbanismo comercial, formación de trabajadores y comerciantes, modernización de la actividad comercial, desarrollo del comercio autóctono y regulación de ventas especiales.

La Junta de Andalucía con la colaboración de los Agentes Económicos y Sociales sentará las bases para la elaboración durante la presente Legislatura de un Plan de Modernización Comercial.

Ferias comerciales.

Las ferias comerciales son instrumentos útiles para la comercialización, y al mismo tiempo, para la dinamización de los sectores; pueden ser, además, factores de apoyo a la actividad turística y de servicio de las ciudades donde se celebran.

También en este campo de actividad, la competencia es creciente y con tendencia a la globalización. Los expositores por razones de coste y de eficacia, seleccionan cada vez más sus participaciones en este tipo de acontecimientos.

Andalucía dispone de recintos y de oferta de servicios complementarios adecuados para obtener en algunas de sus manifestaciones feriales un destacado puesto en el calendario internacional.

Con el fin de consolidar esta situación y de lograr que las ferias internacionales que se celebran en nuestra Comunidad cumplan el doble objetivo de ser plataforma para la comercialización de los productos y servicios andaluces y de tener capacidad de atracción sobre los expositores y visitantes extranjeros, el Gobierno Andaluz con la colaboración de los agentes firmantes de este Pacto establecerá la relación de aquellas ferias que por su interés se consideran prioritarias para la Administración.

XIV. MANTENIMIENTO DEL EMPLEO

Además de las medidas dirigidas al apoyo e incentivación de la creación de empleo, se considera necesario continuar con las actuaciones ya emprendidas para procurar su mantenimiento, contribuyendo a la recuperación de aquellas empresas viables a las que la coyuntura económica había colocado en una situación de crisis. Potenciando con ello la estabilidad en el empleo y la cualificación del mismo, factores éstos que se consideran fundamentales para la rentabilidad de las empresas.

Nos hallamos ahora en una situación en la cual, la evolución de los indicadores macroeconómicos permite considerar que nos encontramos en una etapa de reactivación económica. A pesar de ello, empresas andaluzas atraviesan aún una situación difícil, por lo que es objetivo de las partes firmantes del presente Pacto contribuir a su mantenimiento. Con este fin, es necesario seguir manteniendo ayudas específicas a aquellas empresas que, teniendo un papel significativo dentro del tejido empresarial andaluz, ya sea por los puestos de trabajo que mantienen o por su interés regional, atraviesan una situación difícil.

En este sentido, y manteniendo el requerimiento de la viabilidad futura para el apoyo a una empresa, es imprescindible la colaboración entre los distintos agentes sociales y económicos y la Junta de Andalucía de tal forma que las ayudas que se concedan a estas empresas sean como consecuencia de un plan de viabilidad previamente consensuado entre los representantes sindicales y los empresarios, garantizando así la colaboración y el consenso para una apuesta de futuro.

La Junta de Andalucía informará de las actuaciones que se realicen a los agentes económicos y sociales firmantes de este Acuerdo y de los proyectos o conflictos que incidan en una empresa, grupo o sector de ellas, en los casos que afecten al desarrollo de la Comunidad Autónoma o tengan especial incidencia socio-económica en una zona geográfica concreta.

XV. RELACIONES LABORALES

1. Negociación colectiva.

El mantenimiento y la generación de empleo no puede sustentarse exclusivamente en las políticas activas derivadas de la acción de Gobierno, sino que requiere también la corresponsabilidad de los agentes económicos y sociales a través de la negociación colectiva.

En este sentido debe impulsarse la negociación colectiva entre organizaciones sindicales y patronales, y en los ámbitos que éstas determinen, que se articule con los de ámbito sectorial-estatal que sustituyan a las Ordenanzas Laborales.

Potenciación del papel que a este nivel debe realizar el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, agilizando los propios procesos e impulsando actuaciones de mediación en aquellos problemas que pudieran surgir. Desarrollo y potenciación del procedimiento para la resolución extrajudicial de conflictos en todas sus fases de mediación, conciliación y arbitraje.

2. Condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales.

La generación de empleo debe ir necesariamente acompañada de la mejora de las condiciones de trabajo, en su sentido más amplio, integrando la prevención de riesgos laborales y una óptima salud laboral, lo que se engloba dentro del término «calidad de vida laboral«.

Esta tarea requiere el protagonismo y corresponsabilidad de los Agentes Económicos y Sociales como sujetos activos de los sistemas productivos, aspectos sobre los que la Administración Laboral Andaluza, pretende hacer un esfuerzo de colaboración y prestación de asistencia técnica a través de distintas actuaciones, tanto en lo relativo a la prevención de riesgos, formación, sensibilización, planes y estudios, subvenciones, etc., como en la vigilancia de la aplicación de la normativa vigente. Al mismo tiempo, los firmantes entienden necesario avanzar en la adecuación de los actuales Centros de Seguridad e Higiene en el Trabajo a los nuevos contenidos y líneas de actuación administrativa y de participación que se prevén en la futura Ley de Prevención de riesgos laborales, por lo que el Gobierno de la Junta de Andalucía, con la participación de los agentes económicos y sociales firmantes de este Pacto, iniciará las conversaciones y estudios para la creación de un organismo específico que englobe los medios destinados a la prevención de riesgos laborales, así como la constitución de un Consejo que permita la participación efectiva de los agentes sociales y económicos en estas materias.

Asimismo se articularán una serie de actuaciones dirigidas a mejorar la cualificación de los agentes sociales y económicos que intervienen en la prevención de riesgos laborales, en línea con la futura Ley que regulará la materia.

XVI. ECONOMIA SUMERGIDA

La constatación de la existencia de bolsas de economía sumergida en Andalucía ha motivado que en acuerdos anteriores entre el Gobierno Andaluz y los agentes económicos y sociales, se apuntaran algunas ideas para una actuación común frente a esta problemática.

Una de las principales dificultades que han surgido a la hora de abordar actuaciones concretas ha sido el desconocimiento de las causas que llevan a diversos establecimientos productivos o de prestación de servicios a no declarar su actividad, y por consiguiente a eludir las distintas contribuciones fiscales y sociales.

Por este motivo, partiendo de reconocer la especial problemática socio-económica de estas actividades en Andalucía, y declarando la necesidad de realizar actuaciones concretas que permitan establecer las medidas más apropiadas para la normalización de estas actividades económicas, la Junta de Andalucía y las organizaciones sindicales y empresariales firmantes de este Pacto, acuerdan establecer un grupo de trabajo para que, en el plazo de seis meses, identifique los sectores y zonas prioritarias de actuación, proponiendo las actuaciones específicas que sean necesarias instrumentar para avanzar en el conocimiento de las causas de la economía sumergida en Andalucía y contribuir a su superación.

XVII. PARTICIPACION INSTITUCIONAL

Las partes firmantes acuerdan revisar la composición de los órganos de consulta y participación institucional, con el objeto de conseguir una adecuada racionalización y homogeneización de los mismos, estableciendo, en lo posible, reglamentos comunes de funcionamiento, y adecuando esta participación al carácter de más representativos de los firmantes. Se prevé la culminación de este proceso en el plazo de un año.

Asimismo, esta composición será tenida en cuenta en los órganos de consulta y participación que se creen o modifiquen en el futuro. Igualmente, en aquellos casos en que sea necesario, se tenderá a modificar la normativa de regulación en el sentido de considerar a las organizaciones representadas, y no a sus miembros, como sujetos de los derechos y obligaciones que conllevan.

XVIII. COMISIONES DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PLANES, PROGRAMAS Y ACTUACIONES DERIVADAS DEL ACUERDO

Recogiendo la positiva experiencia de anteriores procesos de concertación entre la Administración Autonómica y los agentes económicos y sociales, los distintos planes y programas cuya elaboración se contemplan en el presente Acuerdo, contarán con la oportuna comisión de seguimiento con la participación paritaria de los firmantes.

No obstante, la participación de los agentes económicos y sociales en el seguimiento de los planes y programas que, recogidos en este Acuerdo, prevean en el mismo una fórmula de participación específica, se continuarán rigiendo por ella.

Al objeto de profundizar en la mejora de estos instrumentos de participación, las partes firmantes manifiestan su voluntad de hacer propias las recomendaciones efectuadas por el Comité Económico y Social de la Unión Europea y por el Consejo Económico y Social español sobre la participación de los agentes económicos y sociales en las políticas regionales. Las comisiones de seguimiento tendrán las siguientes competencias:

- Conocimiento del desarrollo y ejecución de los planes o programas.

- Participación en el seguimiento y evaluación.

XIX. VIGENCIA

La vigencia de los presentes Acuerdos se extenderá desde el momento de su firma hasta el 31 de diciembre de 1996, analizándose el tercer año su posibilidad de prórroga y/o modificación por otros dos años, ámbito temporal de la presente legislatura.

XX. COMISION DE SEGUIMIENTO

Las partes firmantes acuerdan constituir una Comisión de Seguimiento de los presentes Acuerdos, que tendrá como funciones el impulso, difusión, supervisión y coordinación operativa de su desarrollo, evaluando la ejecución de los mismos.

Estará compuesta por cuatro representantes de la Administración de la Junta de Andalucía; cuatro representantes de la Confederación de Empresarios de Andalucía; dos representantes de la Confederación de Comisiones Obreras de Andalucía y dos representantes de la Unión General de Trabajadores de Andalucía.

Su convocatoria se llevará a cabo a petición de cualquiera de las partes, y se reunirá con carácter ordinario cada tres meses.

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