Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 23/01/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 8 de enero de 1996, por la que se crea la Comisión Coordinadora Interuniversitaria encargada de las pruebas de acceso a las Universidades Andaluzas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 1/1992 de 21 de mayo, de Coordinación del Sistema Universitario, en su artículo 10º , dispone que todas las Universidades Andaluzas, a los únicos efectos de ingreso en los Centros Universitarios, se considerarán como un distrito único. Para su gestión, se creó, mediante el Decreto

478/94, de 27 de diciembre (BOJA de 31 de enero), la Comisión del Distrito Universitario de Andalucía, con indicación expresa de los miembros que la componen.

Por otra parte, el ingreso en los centros de las Universidades Andaluzas, se produce tras la superación porparte de los alumnos de las pruebas de Acceso a la Universidad. Por ello, es necesario actualizar y adecuar todas las disposiciones emanadas tras la creación del distrito único andaluz con la organización de dichas pruebas. Con este fin, y en virtud de lo establecido en la Disposición Final Primera del Decreto 478/94, ya citado y la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1005/91 de 14 de junio (BOE de 26 de junio) y previo informe favorable de la Comisión Académica del Consejo Andaluz de Universidades:

DISPONGO

Primero. 1. Se crea la Comisión Coordinadora Interuniversitaria a los efectos de organización y seguimiento de las Pruebas de Acceso a las Universidades Andaluzas.

2. La Comisión Coordinadora Interuniversitaria estará constituida por los siguientes miembros:

Presidente: Un Rector de las Universidades Andaluzas, que será designado anualmente por la Comisión Académica del Consejo Andaluz de Universidades.

Vocales: Por cada Universidad andaluza el responsable de las Pruebas de Acceso y un funcionario docente, perteneciente al Servicio de Inspección Educativa o al Cuerpode Profesores de Educación Secundaria nombrado por la Consejería de Educación y Ciencia a propuesta del Delegado Provincial correspondiente.

Secretario: Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el que lo sea del Distrito Unico.

Segundo. 1. En cada Universidad se constituirá una Comisión Universitaria delegada de la Comisión Interuniversitaria.

2. La Comisión Universitaria delegada de la Interuniversitaria, estará compuesta por el Rector de la Universidad, que actuará como Presidente, y podrá delegar en cualquiera de los restantes miembros de la Comisión, por los dos miembros que por cada Universidad actúen como Vocales en la Comisión Interuniversitaria y por cuatro miembros más, dos designados por la Universidad y dos nombrados por la Consejería de Educación y Ciencia a propuesta de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia entre funcionarios docentes, pertenecientes uno al Servicio de Inspección Educativa, y otro al Cuerpo de profesores de Educación Secundaria con cargo de Director.

Tercero. Se faculta a la Dirección General de Universidades e Investigación y a la Dirección General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional, para desarrollar lo previsto en la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 8 de enero de 1996

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF