Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 26/09/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 9 de septiembre de 1996, por la que se adscribe al Instituto de Enseñanza Secundaria de la localidad de Pilas el profesorado del IES de código (41009007) y el del IES Torre del Rey, ambos de la misma localidad.

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Por Decreto 293/1995, de 12 de diciembre (BOJA núm. 26, de 24 de febrero de 1996), se dispuso la creación del IES de código 41701298 en la localidad de Pilas por integración del IES (41009007) y del IES «Torre del Rey¯, ambos ubicados en la citada localidad.

Por Orden de 20 de marzo de 1996, se fijan las plantillas de los Centros de Enseñanzas Medias, Enseñanza Secundaria y Enseñanzas Artísticas y de Idiomas para el curso 1996/97. En el Anexo I de la misma figura la plantilla del IES de la localidad de Pilas que, para cada una de las especialidades, coincide o es inferior a la suma aritmética de la ocupación de las respectivas plantillas de los Centros que por integración han dado origen al nuevo IES de Pilas.

La constatación de lo anteriormente reseñado hace innecesario recurrir a lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto, para determinar los profesores que se adscriben al IES de Pilas.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias que tengo conferidas, he dispuesto:

Primero. De conformidad con lo establecido en el Decreto 557/1960 y la Orden del Ministerio de Educación de 4 de abril de 1970, se adscriben, con carácter definitivo, al IES de código 41701298 de la localidad de Pilas, creado por integración del IES «Torre del Rey¯ y del IES de código 41009007, a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores especiales de Institutos Técnicos de Enseñanza Media en situación «a extinguir¯, con destino definitivo en cualesquiera de los Centros objeto de la integración.

Segundo. La efectividad de la presente Orden será la de la entrada en vigor de la Orden de esta Consejería, de 20 de marzo de 1996.

Tercero. La adscripción del profesorado a que se refiere la presente Orden no supondrá modificación en su situación administrativa, ni en los derechos que les correspondan. En consecuencia, la antig?edad en el nuevo destino será, a todos los efectos, la referida a la toma de posesión en el Centro de origen.

Cuarto. Por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Sevilla se extenderán en los Títulos Administrativos de los interesados las diligencias de cese y toma de posesión en los respectivos Centros haciendo constar lo previsto en el punto cuarto.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de septiembre de 1996

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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