Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/10/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de septiembre de 1996, de la Delegación de Gobernación de Jaén, por la que se presta conformidad a la enajenación mediante permuta de unos terrenos municipales en la UA-11, por los de don Antonio Morales Liranzo en el paraje Apedreo de Alcalá la Real. (34/ 96).

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En el expediente instruido al efecto por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts.

22.2º, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, arts. 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante permuta acordada el

14.3.96 por el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real, de los siguientes terrenos:

1. Terrenos en la U.A.-11 de propiedad municipal: Con una superficie de

6.729 m2 que linda al Norte con suelo urbano incluido en la U.A.-11. Este, terrenos de don Sebastián Rosales Rosales y tres más. Sur, suelo urbano incluido en la U.A.-11, propiedad municipal. Oeste, suelo urbano incluido en la U.A.-11, propiedad de Condepols, S.A. Estos terrenos se segregarán de la finca matriz núm. 41138, inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo

638, Libro 300, Folio 49.

Valor pericial: 12.879.000 ptas.

2. Terrenos de don Antonio Morales Liranzo en el paraje «Apedreo¯: Con una superficie de 6.778,81 m2, que linda al Norte con terrenos municipales, suelo no urbanizable de Herederos de don Francisco Avila. Este, suelo no urbanizable de Herederos de don Francisco Avila. Sur, suelos no urbanizables de don Vicente Muñoz Armenteros, don Victoriano Pérez Jiménez y don Buenaventura León Sánchez-Cañete. Oeste, solares urbanos de doña Margarita Garnica Martín, don Andrés López Nieto y doña Mª Isabel Montañés García y solar de equipamiento del Plan Parcial U.P.2, propiedad del Excmo. Ayutamiento. Estos terrenos se segregarán de la finca matriz núm. 38.038, inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 603, Libro 281, Folio 41. Valor pericial: 12.879.000 ptas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, desde el recibo de la presente, recurso ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación de Gobernación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 30 de septiembre de 1996.- La Delegada, Mª del Mar Moreno Ruiz.

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