Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 29/10/1996

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 7 de octubre de 1996, de la Viceconsejería, por la que se acuerda la convocatoria pública para cubrir un puesto de libre designación.

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Conforme a lo dispuesto en el art. 25.1 de la Ley 6/85, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, esta Viceconsejería de Medio Ambiente en virtud de la competencia en materia de personal que tiene atribuida por Orden de 21 de marzo de 1995 (BOJA núm.

55, de 6 de abril), anuncia la provisión de puestos de trabajo de libre designación, con sujeción a las siguientes,

B A S E S

Primera. Se convoca la provisión de un puesto de trabajo de Libre Designación que se detalla en el Anexo de la presente Orden.

Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño de los mismos en el Anexo que se acompaña, y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Tercera. 1. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente se presentarán en el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, Avda. de Eritaña, 1, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOJA, bien directamente, o a través de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. En la instancia figurarán los datos personales y los puestos que solicitan numerados por Orden de Preferencia, acompañando «Curriculum Vitae¯, en el que harán constar el número de Registro de Personal, Cuerpo de pertenencia, Grado Personal, Cuerpo de Pertenencia, Grado Personal Consolidado, Títulos Académicos, Puestos de Trabajo Desempeñados, y cuántos otros méritos se relacionen con el contenido de los puestos que solicitan.

3. Los méritos alegados deberán de ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas.

Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, y los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Sevilla, 7 de octubre de 1996.- El Viceconsejero, Luis García Garrido.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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