Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 12/11/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre notificación del Servicio de Inspección.

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Al amparo de lo dispuesto en el artículo 54.9 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento de los sujetos pasivos relacionados que el Inspector Territorial de la Consejería de Economía y Hacienda, don Antonio Bérchez Gómez, ha dictado acuerdos de resolución de actas de prueba preconstituida con el siguiente tenor literal:

«Examinados los expedientes en los que obran las Actas de Prueba Preconstituida, modelos A05, incoadas por el Servicio de Inspección de Huelva a los contribuyentes relacionados, por el concepto Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Resultando que las oportunas comprobaciones e investigaciones del inspector actuario dieron lugar a que se extendieran las actas que se relacionan, que recogen el hecho imponible, la propuesta de liquidación y su calificación como infracción tributaria grave, firmándose por el actuario acompañadas del preceptivo informe ampliatorio, y siendo debidamente notificadas a los interesados.

Resultando que los obligados tributarios, una vez transcurrido el plazo de

15 días a que alude el art. 57.2 del Reglamento General de la Inspección de los Tributos, no han presentado alegaciones, acerca de los posibles errores o inexactitudes de la prueba preconstituida y sobre la propuesta de liquidación contenida en el acta, ni han expresado su conformidad o disconformidad sobre las mismas. En los expedientes 128/96 y 131/96 sí prestaron conformidad.

Vistos los preceptos de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, modificada parcialmente por Ley 25/1995, de 20 de julio, el Reglamento de la Inspección de los Tributos, aprobado por Real Decreto

939/1986, de 25 de abril, y los demás preceptos de general aplicación.

Considerando que el Inspector que suscribe es competente para dictar este acto administrativo, según disposiciones de creación de cargo, de su nombramiento por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria, concordantes con lo dispuesto en los artículos 56 y 60 del vigente Reglamento General de la Inspección de los Tributos.

Procede, por todo lo que antecede, practicar a los contribuyentes de referencia las siguientes liquidaciones:

Expediente: 128/96.

Contribuyente: Javier García Villalobos.

DNI: 27.296.054-E.

Base imponible: 1.256.001.

Cuota resultante: 50.240.

Sanción 35%: 17.584.

Intereses demora: 23.047.

Deuda tributaria: 90.871.

Expediente: 131/96.

Contribuyente: Jorge García Villalobos.

DNI: 27.295.507-G.

Base imponible: 1.113.123.

Cuota resultante: 44.525.

Sanción 35%: 15.583.

Intereses demora: 7.000.

Deuda tributaria: 67.108.

Expediente: 200/96.

Contribuyente: Antonio Castilla González. DNI: 29.717.037-W.

Base imponible: 2.356.866.

Cuota resultante: 94.274.

Sanción 50%: 47.137.

Intereses demora: 22.837.

Deuda tributaria: 164.248.

Expediente: 206/96.

Contribuyente: Ana María López Naranjo.

DNI: 29.476.538-Z.

Base imponible: 300.002.

Cuota resultante: 12.000.

Sanción 50%: 6.000

Intereses demora: 3.221.

Deuda tributaria: 22.221.

Expediente: 215/96.

Contribuyente: Juan Rodríguez Leiva.

DNI: 29.467.241-D.

Base imponible: 3.366.754.

Cuota resultante: 134.670.

Sanción 50%: 67.335.

Intereses demora: 34.151.

Deuda tributaria: 236.156.

Expediente: 219/96.

Contribuyente: Antonio Pérez Garrido.

DNI: 29.725.990-F.

Base imponible: 802.056.

Cuota resultante: 32.082.

Sanción 50%: 16.041.

Intereses demora: 3.109.

Deuda tributaria: 51.232.

Lo que notifico a Vds., advirtiéndoles que contra las anteriores liquidaciones podrán interponer Recurso de Reposición ante esta Inspección Territorial o Reclamación Económico-Administrativa ante el Tribunal EconómicoAdministrativo Regional de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles a contar del siguiente al de notificación de la presente comunicación.

Quedan asimismo, advertidos de su obligación de ingresar el total de la Deuda Tributaria anteriormente liquidada en la Tesorería General de la Junta de Andalucía, o a través de Banco o Caja de Ahorros, dentro del plazo que señala el art. 20.2 del Reglamento General de Recaudación (según redacción del R.D. 338/85 de 15 de marzo) para las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior; y para las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Vencido el plazo voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá a su exacción por vía de apremio¯.

Lo que se publica para conocimiento de los interesados.

Huelva, 21 de octubre de 1996.- El Jefe del Servicio de Inspección, Andrés Bravo Madrid.

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