Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 16/11/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 23 de octubre de 1996, de la Delegación de Gobernación de Granada, por la que se da conformidad a la enajenación al propietario colindante de parcela sobrante de vía pública, propiedad del Ayuntamiento de Loja (Granada).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Loja (Granada), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.l),

47.3.k), 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; arts. 76 y 79 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; arts. 7, 8, 109, 115, 118 y 119 del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Siendo necesario dar cuenta a la Junta de Andalucía de los expedientes de enajenación de bienes patrimoniales de propios, cuando el valor de éstos no exceda el 25% del presupuesto anual de la corporación (art. 109.1, del R.D.

1372/86).

Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes no utilizables sobrantes de la vía pública, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la corporación, en virtud de lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación al propietario colindante de la parcela sobrante de vía pública, propiedad del Ayuntamiento de Loja (Granada), sita en C/ Reyes Católicos, núm. 3, con una extensión superficial de 63,59 m, valorada en trescientas diecisiete mil novecientas cincuenta pesetas (317.950 ptas.), que linda: Al Norte, Inmueble propiedad de don José Curiel González; al Sur, otra propiedad adquirida por el Sr. Carrillo Cardenete; al Este, Inmueble propiedad de don José Curiel González; y al Oeste, calle Reyes Católicos.

Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Loja (Granada).

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Granada, 23 de octubre de 1996.- El Delegado, Jesús Quero Molina.

Descargar PDF