Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 26/11/1996

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 487/1996, de 5 de noviembre, por el que se adecua la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca.

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Por los Reales Decreto 1400/1995, 1401/1995, 1402/1995 y 1403/1995, de 4 de agosto, se han traspasado a la Comunidad Autónoma de Andalucía funciones y servicios en materia de defensa sobre fraudes, calidad agroalimentaria, gestión de ayudas directas provenientes de fondos comunitarios (FEOGA), reforma y desarrollo agrario y laboratorios de sanidad vegetal.

Posteriormente, se asigna a la Consejería de Agricultura y Pesca la ampliación de los medios adscritos a las funciones y servicios traspasados, por los Decretos 218/1995 (Servicio Nacional de Productos Agrarios: SENPA),

219/1995 (Reforma y Desarrollo Agrario), 220/1995 (Laboratorio de Sanidad Vegetal) y 221/1995 (Fraudes y Calidad Agroalimentaria), de 19 de septiembre.

Producida la integración plena del personal transferido en la Función Pública de la Junta de Andalucía, por la Orden de 8 de octubre de 1996 de la Consejería de Gobernación, procede ahora la ampliación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura y Pesca, para adscribir a dicho personal a los puestos de trabajo correspondientes.

De conformidad con las disposiciones anteriores y de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General y en la Comisión del Convenio del IV Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre de relaciones de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de noviembre de 1996,

DISPONGO

Artículo único.

Adecuación de la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía.

Se aprueba la adecuación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca tal como se indica en el Anexo del presente Decreto.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria.

Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto y disposiciones derivadas de su desarrollo.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas las anteriores disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan al contenido del presente Decreto.

Disposición final primera. Desarrollo.

Se autoriza a la Consejería de Gobernación para dictar normas en desarrollo del presente Decreto, así como en la aplicación del mismo, con objeto de adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de noviembre de 1996.

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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