Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 28/12/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 16 de diciembre de 1996, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos listados definitivos de beneficiarios y excluidos de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Guardería y Cuidado de Hijos, para el personal funcionario y no laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1995.

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Por Resolución de 16 de octubre de 1995 (BOJA del 28), de esta Secretaría General para la Administración Pública, se efectuó convocatoria pública de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, modalidad Guardería y Cuidado de Hijos, ejercicio de 1995.

Asimismo, por Resolución de 26 de julio de 1996 (BOJA de 31 de agosto), de esta Secretaría General para la Administración Pública, se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de ayudas de la citada modalidad y para dichos ejercicio y ámbito de personal.

Concluido el proceso de adjudicación de las mencionadas ayudas, de acuerdo con las bases, cuantías y submodalidades establecidas en la mencionada disposición de convocatoria y en el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal funcionario y no laboral, aprobado por Orden de 27 de mayo de 1993 (BOJA de 5 de junio), vistas las reclamaciones presentadas contra los listados provisionales, procede publicar los listados definitivos de beneficiarios y excluidos.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública,

HA RESUELTO

Primero. Publicar el listado definitivo del personal funcionario y no laboral beneficiario de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio de 1995, en la modalidad de Guardería y Cuidado de Hijos, ordenado alfabéticamente.

Segundo. Publicar el listado alfabético definitivo del personal funcionario y no laboral excluido de ayudas de los mencionados ejercicio y modalidad, con indicación de las causas de exclusión.

Tercero. Los listados a que hacen referencia los puntos anteriores se encuentran expuestos en las Delegaciones de la Consejería de Gobernación en las distintas provincias.

Cuarto. Contra lo establecido en la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa comunicación a esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 16 de diciembre de 1996.- El Secretario General, César V. López López.

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