Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 20/02/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 1 de febrero de 1996, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se presta conformidad a la permuta de dos parcelas propiedad del Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), por inmueble que se cita.

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Por el Ayuntamiento de Puerto Real se remite expediente de permuta de bienes de propiedad municipal con la Comunidad de Propietarios «Brisas del Mar¯.

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo

781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/86 de 19 de febrero sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.

En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la permuta de fincas, de carácter patrimonial, propiedad del Ayuntamiento de Puerto Real, así como los aprovechamientos urbanísticos, por inmueble resultante de la realización de la obra de cinco unidades de preescolar sitas en el Colegio Público «Arquitecto Leoz¯, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado en la sesión ordinaria celebrada por la Comisión de Gobierno de fecha 27 de septiembre de 1995, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD MUNICIPAL

Urbana. Parcela J. Solar en la ciudad de Puerto Real, de forma aproximadamente rectangular, situado en el Paseo Marítimo esquina a calle peatonal de nueva apertura con una superficie de 194 m2, con linderos por su parte Norte, con la parcela I de propiedad municipal, con una longitud de

14,30 m, con fachada Sur, con el Paseo Marítimo con la misma longitud, en el Oeste, con fachada a la calle peatonal de nueva apertura en una longitud de

14,30 m; y en el Este, con la parcela H propiedad de la Comunidad de Propietarios «Brisas del Mar¯. En proporción a su coeficiente de participación le corresponde una edificabilidad total de 621 m sobre rasante, así como una edificabilidad de 207 m, bajo rasante.

Inscrita en el Registro de la Propiedad al Folio 41, Libro 343, Finca núm.

17.776.

Le corresponde en la cuenta de liquidación provisional de reparcelación de la UA-4 una cuota urbanística de 2.845.984 ptas. Correspondiéndole un valor a esta finca de 18.587.611 ptas.

Urbana. Parcela I. Solar en la ciudad de Puerto Real, de forma aproximadamente rectangular, en la calle Sagasta esquina calle Carretas, con una superficie total de 1.300 m2, y con una fachada por su lado Norte, a la calle Carretas en una longitud de 40 m, en su lado Sur por las parcelas J y H de la misma manzana; en el Oeste, con la calle peatonal de nueva apertura en una longitud de 32,50 m; y al Este, por la calle Sagasta en una longitud de 32,50 m. En proporción a su coeficiente de participación le corresponde una edificabilidad total de 3.600 m2 sobre rasante, así como una edificabilidad de 1.200 m2, bajo rasante.

Inscrita en el Registro de la Propiedad al Folio 45, Libro 343, Finca número

17.777.

Le corresponde en la cuenta de licitación provisional de reparcelación de la UA-4 una cuota urbanística de 16.498.461 ptas. Correspondiéndole un valor a esta finca de 61.457.379 ptas.

PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS «BRISAS DEL MAR¯

Cinco unidades escolares sitas en el Colegio Público «Arquitecto Leoz¯, valoradas en 68.172.649 ptas., adquiridas como resultado de la obtención de la cesión de derechos y créditos derivados del Convenio que sobre la UA-4 mantenía «Restauraciones y Reformas S.L.¯ con el Ayuntamiento de Puerto Real.

En virtud de todo ello, he resuelto:

1.º Prestar conformidad a la permuta de dos parcelas propiedad del Ayuntamiento de Puerto Real, por inmueble resultante de la realización de la obra de cinco unidades de Preescolar de la Comunidad de Propietarios «Brisas del Mar¯.

2.º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Cádiz, 1 de febrero de 1996.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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