Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 14/3/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 31 de enero de 1996, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se conceden ayudas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas de nivel no universitario durante 1995 en la provincia de Sevilla.

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Habiéndose convocado por Orden de 8 de mayo de 1995 (BOJA núm. 73 de 19 de mayo) las ayudas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas en los niveles no universitarios durante 1995, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo Octavo.1 de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud de los artículos Octavo.2, Undécimo y Decimocuarto,

HA RESUELTO

Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Sevilla relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con sus cuantías y con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.18.03.41.48601.12J.8.

Segundo. Denegar las ayudas a las organizaciones estudiantiles relacionadas en el Anexo II de la Resolución con indicación del motivo de exclusión.

Tercero. Se realizará un primer pago que consistirá en el 75% de la ayuda concedida, debiendo justificarse dicha cantidad en el plazo de 3 meses a partir de la recepción de la misma.

El 25% restante se abonará una vez justificado el primer pago, que se justificará de la misma forma y plazo.

La justificación se hará mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinada en su integridad a las actividades para las que se le concede la ayuda.

b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas en las que se recoja, para cada una de las actividades, el grado de cumplimiento de los objetivos programados, así como el número de alumnos y alumnas que participaron en las mismas.

d) Carpeta-índice que incluya relación, para cada una de las actividades específicas en la Memoria, de los gastos así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitida, sea imputable a la ayuda concedida.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación de ésta en el BOJA, recurso ordinario conforme a lo establecido en los artículos 107, 114 y siguientes de la vigente Ley de 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de enero de 1996.- El Delegado, Rafael Rodríguez Mejías.

VEANSE ANEXOS

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