Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 16/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 12 de febrero de 1996, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al Centro privado Sagrado Corazón de Jesús, de Antequera (Málaga).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Manuel Mansoo González, como representante de la Congregación Salesiana (RR. Salesianos) Titular del centro docente privado «Sagrado Corazón de Jesús¯, sito en Antequera (Málaga), carretera de Campillos, s/n, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dicho centro con 8 unidades de Educación Primaria y 8 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «Sagrado Corazón de Jesús¯ de Antequera (Málaga) tiene autorización definitiva de 12 unidades de Educación General Básica con una capacidad de 480 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el art. 9 punto 2º del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia. Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro Educación Secundaria «Sagrado Corazón de Jesús¯ de Antequera (Málaga) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del centro que se describe a continuación:

A) Denominación Genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación Específica: «Sagrado Corazón de Jesús¯. Titular: Congregación Salesiana (RR. Salesianos). Domicilio: Carretera de Campillos, s/n.

Localidad: Antequera.

Municipio: Antequera.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29001081.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria. Capacidad: 8 unidades y 200 puestos escolares.

B) Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación Específica: «Sagrado Corazón de Jesús¯. Titular: Congregación Salesiana (RR. Salesianos). Domicilio: Carretera de Campillos, s/n.

Localidad: Antequera.

Municipio: Antequera.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29001081.

Enseñanzas a impartir: Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares.

Segundo. Transitoriamente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, los centros mencionados podrán impartir Educación Primaria/Educación General Básica, con una capacidad máxima total de 12 unidades, que progresivamente irá reduciendo y adaptando. Los cursos 1º al 6º de Educación Primaria implantarán el número máximo de 25 puestos escolares por unidad escolar de acuerdo con el calendario de aplicación antes citado.

Tercero. La presente autorización surtirá efecto de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 20 de junio, implantando progresivamente, a medida que se vayan autorizando las enseñanzas con arreglo al calendario de aplicación de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Geneal del Sistema Educativo.

Cuarto. Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 12 de febrero de 1996

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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