Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 21/3/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 23 de febrero de 1996, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se modifican los límites y se prorroga el período de vigencia de la zona de caza controlada denominada Montoro, sita en el término municipal de Montoro, Córdoba.

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Vista la Resolución de 21 de agosto de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente por la que se prorroga el plazo de duración de la Zona de Caza Controlada denominada «Montoro¯, sita en el término municipal de Montoro (Córdoba), hasta que sean revisados los límites.

Vista la propuesta de prórroga definitiva y revisión de límites, elevada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba. Una vez examinado el expediente instruido al efecto, del que se desprende la viabilidad de lo propuesto.

Considerando que, de acuerdo con la Ley 6/1984, de 12 de junio, por la que se crea la Agencia de Medio Ambiente, el Decreto 148/1994, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería, corresponde a la Agencia de Medio Ambiente la tramitación y resolución de los expedientes de adscripción a Régimen de Caza Controlada.

De conformidad con lo establecido en los artículos 14 de la vigente Ley de Caza (Ley 1/1970, de 4 de abril) y 16 del Reglamento que la desarrolla

HE RESUELTO

Primero. Modificar los límites de la Zona de Caza Controlada conforme a la descripción que se especifica en el Anexo I de esta Resolución, situados en el término municipal de Montoro en la provincia de Córdoba, compuesta por dos núcleos con una superficie total de 6.669 Ha.

Segundo. Prorrogar el período de vigencia de la Zona de Caza Controlada denominada «Montoro¯, sita en el término municipal de Montoro (Córdoba), por un plazo de ocho años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución.

Tercero. La presente Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, a contar desde su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 a 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de febrero de 1996.- El Presidente, José Luis Blanco Romero.

ANEXO I

Los terrenos sometidos al Régimen de Caza Controlada, incluidos en la Zona de Caza Controlada «Montoro¯ con una superficie total de 6.669 Ha., integrados por el Núcleo núm. 1 (Oeste), con una superficie de 6.226 Ha. y el Núcleo núm. 2 (Este), con una superficie de 443 Ha., en el término municipal de Montoro, en la provincia de Córdoba, tienen los siguientes límites administrativos:

Núcleo núm. 1 (Oeste).

Parte de la Presa del Pantano de Martín Gonzalo en dirección O por la linde del coto CO-11.090 «La Nava¯ hasta llegar al Arroyo de Mojapiés por encima del molino del mismo nombre y con dirección SO llega a la vía pecuaria denominada Vereda de las Onzas, en un punto próximo y al norte del Madroñal: Desde este punto de la vía pecuaria discurre a lo largo de ella con dirección S y dejando al E el coto de la Sociedad de Cazadores de Montoro CO-11.090, denominado «La Nava¯ hasta la intersección de la vía pecuaria con la carretera de Montoro a Cardeña, aproximadamente en el kilómetro 6,8. Desde este punto y con dirección SE sigue la citada carretera hasta el kilómetro 5,7 aproximadamente en este punto confluyen la carretera y la vía pecuaria «Vereda de Martín Gonzalo¯ siguiendo el perímetro por ambas, hasta el kilómetro 4,8 en que se separan la carretera y la vía pecuaria.

A partir de este punto, el perímetro sigue la vía pecuaria hasta la ermita de San Roque, en donde toma la carretera que va de Montoro a la carretera de Andújar a Villanueva del Duque, siguiendo ésta hasta el punto en que atraviesa el Arroyo de Martín Gonzalo. En este punto, toma el Arroyo de Martín Gonzalo y baja el río Guadalquivir, siguiendo por el río en dirección E aguas arriba, hasta tomar la linde con el coto CO-10747 «La Vega de Armijo¯ y con dirección S llega, cerca del kilómetro 354, a la carretera nacional Madrid-Cádiz, que es linde unos 300 metros.

Deja el perímetro la carretera y se dirige con dirección S hasta llegar a la línea de ferrocarril, la cual sigue hasta pasado el kilómetro 394 de esta línea, en donde cruza la vía pecuaria Colada de los Almendros, toma aquí el Arroyo de los Prados con dirección S y llega a la carretera que, desde la de Montoro a Bujalance va a la de Villa del Río, tomando ésta a unos 400 metros del cruce y sigue con dirección a Villa del Río hasta el kilómetro 2, punto en el que la deja para tomar dirección S, siguiendo lindero del coto CO-11.732 «La Perdiz¯ y dejando a la derecha el cortijo de Las Majuelas y a la izquierda el de San Rafael, llega al límite del término municipal entre Montoro y Bujalance.

Desde que toca el límite del término municipal continúa por él con dirección SO primero y NO después por la vía pecuaria Colada de Montoro a Cañete. Toma la carretera de Montoro a Bujalance en dirección N unos 300 metros hasta llegar al Camino de Bujalance donde lo toma en dirección NO por la linde de las parcelas catastrales 25 y 34, 20 y 24, toma dirección N entre las parcelas 18 y 21, 64 y 23, todas ellas del polígono catastral núm. del término municipal de Montoro, hasta llegar a la carretera de Montoro a Pedro Abad, continúa por la antedicha carretera en dirección NE hasta el cruce con la que va de Montoro a Bujalance, punto en que toma a ésta hasta el Cortijo en donde tomando dirección E y dejando el Cortijo a la derecha llega al camino de Las Majuelas; sigue éste en dirección N unos 300 metros para girar de nuevo al O hasta llegar otra vez a la carretera de Montoro a Bujalance y seguir ésta hasta poco antes del Cortijo de Parma; toma aquí dirección E y después N siguiendo la linde del coto CO-12.185 «El Pedregal¯, hasta llegar a la vía pecuaria Colada de los Almendros, al S de la línea del ferrocarril, para tomar dirección O hasta el camino

del Morente a Montoro, el cual sigue en dirección S en 1,5 kilómetros aproximadamente.

Continúa por la linde de los cotos CO-12.185 «El Pedregal¯ y CO-11.424 «La Caseta¯, cruzando la línea del ferrocarril por el túnel de Rueda, cruza la carretera Madrid-Cádiz en el kilómetro 362 siguiendo por la linde del coto CO-12.320 «Torrepajares¯, hasta el camino de Adamuz, o Vereda de la Barca, tomando éste con dirección a Montoro en unos 1.000 metros y girar en el Cortijo de Capillas al NE hasta llegar muy próximo al río Guadalquivir, en donde con dirección O va paralelo al río y siguiendo la linde del coto CO-12.222 «Capillas¯, lo cruza, tomando dirección E primero y N después. Sigue la linde del coto CO-12.574 «Las Atalayuelas¯, hasta llegar al río Arenoso, continuando por la margen izquierda aguas arriba en dirección N y por la linde del coto CO-10.966 «Algibejo¯, hasta llegar al Arroyo Arenosillo y la Colada del Arenosillo los que toma en dirección N hasta el punto en que los cruza el camino de Arroyo Molino, próximo al Lagar de Pavón.

A partir de este punto y con dirección E y después N sigue la linde del coto CO-11.737 «Arroyo Molino Bajo¯, hasta llegar a la malla de la finca «El Eucalipto¯, continuando por la misma hasta la linde con el coto CO-12.311 «La Onza Grande¯, tomando dirección SE por la linde de éste y por la margen derecha del Pantano de Martín Gonzalo, cruzándolo por el sitio del Molino de los cotos CO-12.371 «El Barco¯ y CO-12.488 «Las Gamonosas¯, hasta llegar próximo a un regajo y por la linde del coto de la Sociedad de Cazadores de Montoro CO-11.090 «La Nava¯ en dirección S llega al cortijo de Las Gamonosas, desde donde sigue aguas abajo por el arroyo que, pasando por el Lagar de la Luna, desemboca en el de Martín Gonzalo; toma éste y la vía pecuaria de Martín Gonzalo aguas arriba y con dirección N hasta llegar al cuerpo de presa del Pantano de Martín Gonzalo, donde se inició la descripción.

Núcleo núm. 2 (Este).

Partiendo del Arroyo de Corcomé en un punto próximo a la Casa de Ceniceros, continúa por el Arroyo, aguas abajo 1,5 kilómetros aproximadamente, donde deja el arroyo en el Molino del Puerto y con dirección NE continúa hasta por debajo del Molino de los Frailes pasando por la Casa de Santa Ana.

Desde este punto y con dirección SE continúa paralelo a la vía pecuaria denominada Vereda de Villa del Río al Descansadero del Empalme, dejando ésta con dirección SO hasta el Arroyo de Corcomé el que toma aguas abajo siguiendo la linde del coto CO-11.332 «Sociedad Charco del Novillo¯, al Sur de la Casa de Mataperros deja la citada linde y toma con dirección O la del coto de la Sociedad de Montoro, atraviesa el Arroyo del Membrillo y cruza la carretera por el kilómetro 5,5 aproximadamente; toma dirección O vuelve a cruzar la carretera y el Arroyo del Vicario, toma dirección E y después N pasando por la Casa del Puerto Alto y 1 kilómetro más arriba toma dirección E para llegar al punto de partida. Tanto por la S como por la O todo su perímetro linda con el coto de la Sociedad de Cazadores de Montoro, coto CO-11.090 «La Nava¯.

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