Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 11/04/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 15 de marzo de 1996, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Málaga con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Plan de Empleo Rural 1995.

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Determinada por Decreto 266/1995, de 24 de octubre, la financiación por la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1995, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Plan de Empleo Rural, la Diputación Provincial de Málaga ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2 de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 266/1995, de 24 de octubre, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Plan de Empleo Rural 1995,

DISPONGO

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto

266/1995, de 24 de octubre, se financian en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Málaga al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Plan de Empleo Rural del ejercicio 1995.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación Provincial de Málaga por un importe total de 459.705.635 ptas. desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones Locales detalladas en el mismo, en el que consta, igualmente, las aportaciones de la Administración estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Planificación y Coordinación de Inversiones para el Plan de Empleo Rural de 1995 y para las Entidades locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 7 del Decreto 266/1995, de 24 de octubre y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Plan de Empleo Rural 1995, la Diputación Provincial de Málaga podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 612.940.831 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Málaga deberá remitir a la Consejería de Gobernación antes del 31 de diciembre de 1996, valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Plan de Empleo Rural 1995.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 266/1995, de 24 de octubre, las Entidades locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Plan de Empleo Rural 1995 y en lugar visible, un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 127/1985, de 12 de junio, regulador del manual de identidad corporativo de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como su traslado a la Diputación Provincial de Málaga y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 15 de marzo de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación,

en funciones

ANEXO

CORPORACION APORTACION APORTACION APORTACION LOCAL INEM JUNTA AND. DIP.PROV.

ALAMEDA 40.858.744. 12.257.622. 4.085.874.

ALCAUCIN 7.120.778. 2.138.233. 712.078.

ALFARMATE 11.288.662. 3.386.598. 1.128.866.

ALFARMATEJO 7.940.034. 2.382.010. 794.003.

ALGARROBO 14.262.723. 4.278.816. 1.428.272.

ALGATOCIN 6.331.393. 1.899.418. 633.139.

ALHAURIN DE LA TORRE 3.231.421. 989.426. 323.142.

ALHAURIN EL GRANDE 14.304.253. 4.291.278. 1.430.425.

ALMACHAR 14.265.535. 4.279.661. 1.426.553.

ALMARGEN 9.817.894. 2.945.308. 981.769.

ALMOGIA 18.257.064. 5.477.119. 1.825.706.

ALOÑA 47.898.363. 14.309.508. 4.769.836.

ALOZAINA 9.765.675. 2.929.701. 976.567.

ALPANDEIRE 6.311.480. 1.893.444. 631.148.

ANTEQUERA 92.627.109. 27.788.130. 9.262.710.

ARCHEZ 4.585.971. 1.375.792. 458.597.

ARCHIDONA 32.251.318. 9.675.393. 3.225.131.

ARDALES 30.600.210. 9.180.063. 3.060.021.

ARENAS 8.484.241. 2.545.272. 848.424.

ARRIATE 13.809.898. 4.142.969. 1.380.989.

ATAJATE 11.744.351. 3.553.305. 1.184.435.

BENADALID 4.017.074. 1.205.123. 401.707.

BENALAURIA 4.263.810. 1.279.143. 426.381.

BENAMARGOSA 10.667.898. 3.200.369. 1.066.790.

BENAMOCARRA 8.424.235. 2.527.270. 842.423.

BENAOJAN 6.043.166. 1.812.950. 604.316.

BENARRABA 7.792.166. 2.337.850. 779.216.

BORGE (EL) 10.110.578. 3.033.172. 1.011.057.

BURGO (EL) 17.218.998. 5.165.699. 1.721.900.

CAMPILLOS 39.416.374. 11.824.911. 3.941.637.

CAÑETE LA REAL 45.684.134. 13.705.238. 4.568.412.

CANILLAS DE ACEITUNO 10.698.768. 3.209.630. 1.089.877.

CANILLAS DE ALBAIDA 4.169.657. 1.250.806. 416.935.

CARRATRACA 9.464.772. 2.839.432. 946.477.

CARTAJIMA 3.532.062. 1.059.618. 353.206.

CARTAMA 24.885.049. 7.465.514. 2.488.504.

CASABERMEJA 13.162.950. 3.948.884. 1.316.295.

CASARABONELA 9.645.403. 2.893.620. 964.540.

CASARES 5.431.198. 1.629.359. 543.120.

COIN 8.517.788. 2.555.336. 851.778.

COLMENAR 35.029.224. 10.508.766. 3.502.922.

COMARES 10.162.840. 3.048.851. 1.016.284.

COMPETA 10.554.023. 3.166.207. 1.055.402.

CORTES DE LA FRONTERA 17.053.758. 5.116.127. 1.705.376.

CUEVAS BAJAS 27.540.987. 8.262.296. 2.754.098.

CUEVAS DE SAN MARCOS 30.260.283. 9.078.085. 3.026.028.

CUEVAS DEL BECERRO 22.155.071. 6.646.520. 2.215.506.

CUTAR 6.211.766. 1.863.530. 621.176.

FARAJAN 4.594.320. 1.378.295. 459.432.

FRIGILIANA 7.711.620. 2.313.485. 771.162.

FUENTE DE PIEDRA 21.559.827. 6.467.948. 2.155.982.

GAUCIN 15.528.118. 4.658.435. 1.552.811.

GENALGUACIL 13.888.553. 4.160.565. 1.386.855.

GUARO 14.781.157. 4.434.347. 1.478.115.

HUMILLADERO 29.126.107. 8.737.831. 2.912.610.

IGUALEJA 5.914.664. 1.774.400. 591.466.

ISTAN 1.884.801. 565.440. 188.480.

IZNATE 6.969.000. 2.090.700. 896.900.

JIMERA DE LIBAR 2.610.791. 783.237. 261.079.

JUBRIQUE 10.860.881. 3.258.264. 1.086.088.

JUZCAR 3.505.985. 1.051.796. 350.598.

MACHARAVIAYA 1.637.726. 491.318. 163.772.

MANILVA 3.357.207. 1.007.162. 335.721.

MOCLINEJO 6.623.134. 1986.939. 662.313.

MOLLINA 20.852.651. 6.255.794. 2.085.265.

MONDA 3.875.855. 1.162.757. 387.585.

MONTEJAQUE 5.557.370. 1.667.210. 555.737.

NERJA 7.594.053. 2.278.216. 759.406.

OJEN 2.997.278. 899.183. 299.728.

PARAUTA 2.998.635. 899.591. 299.863.

PERIANA 31.853.257. 9.555.977. 3.185.325.

PIZARRA 15.551.825. 4.665.546. 1.555.182.

PUJERRA 3.300.304. 990.092. 330.030.

RINCON DE LA VICTORIA 5.303.100. 1.590.930. 530.310.

RIOGORDO 27.623.637. 8.287.090. 2.762.363.

RONDA 59.378.836. 17.813.648. 5.937.882.

SALARES 3.708.140. 1.112.442. 370.814.

SAYALONGA 6.012.678. 1.803.803. 601.267.

SEDELLA 3.164.993. 949.498. 316.499.

SIERRA DE YEGUAS 27.701.736. 8.310.519. 2.770.173.

TEBA 35.195.570. 10.558.869. 3.519.556.

TOLOX 18.897.519. 5.669.255. 1.889.752.

TORROX 20.413.079. 6.123.924. 2.041.308.

TORTALAN 4.570.699. 1.371.209. 457.070.

VALLE DE ABDALAJIS 41.129.694. 12.338.906. 4.112.969.

VELEZ-MALGA 71.080.226. 21.324.066. 7.108.022.

VILLANUEVA DE ALGAIDAS 27.441.149. 8.232.344. 2.744.115.

VILLANUEVA DE LA 24.082.894. 7.224.867. 2.408.289. CONCEPCI

VILLANUEVA DE TAPIA 13.448.589. 4.034.571. 1.344.857.

VILLANUEVA DEL ROSARIO 24.148.544. 7.244.564. 2.414.854.

VILLANUEVA DEL TRABUCO 27.833.255. 8.289.976. 2.783.325.

0VIÑUELA 9.491.611. 2.847.482. 949.161.

YUNQUERA 29.040.582. 8.712.174. 2.904.058.

TOTAL 1.532.352.281. 459.705.635. 153.235.196.

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