Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 18/04/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 26 de marzo de 1996, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, Secciónª, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha de 4 de enero de 1995.

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En el recurso contencioso-administrativo número 4490/91 (Sección 4ª), interpuesto por Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, contra resolución de la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda de fecha 8 de agosto de

1991, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla (Sección 4ª) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado Sentencia con fecha 4 de enero de 1995, que es firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:

FALLAMOS

«Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo núm. 4490/91, declarando la nulidad de la resolución de la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada en su día interpuesto contra resolución del Comité Ejecutivo de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla, así como de ésta misma. Y, en consecuencia, declaramos la no obligatoriedad de la demandante de ser incluida en el censo de electores de la referida Cámara de Comercio. Sin costas¯.

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 11 de octubre de

1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia.

Sevilla, 26 de marzo de 1996.- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.

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