Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 14/05/1996

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 130/1996, de 2 de abril, por el que se autoriza la adquisición por la Comunidad Autónoma de Andalucía de la totalidad de las acciones de la entidad Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, SA.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En cumplimiento del artículo 6.2 del Decreto 262/1985, de 18 de diciembre, sobre constitución de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía conforme al cual la participación de la misma en sociedades ha de ser autorizada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por Decreto 144/1990, de 15 de mayo, se autorizó a dicha empresa a participar en la constitución de la Sociedad Mercantil «Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A.¯.

El capital de esta entidad pertenece actualmente, en su totalidad, a dos empresas de la Junta de Andalucía, la citada Empresa Pública de Suelo de Andalucía y la Sociedad de Promoción y Reconversión Económica de Andalucía S.A., a las cuales pertenecen el 60 por ciento y el 40 por ciento, respectivamente, de dicho capital.

La mencionada entidad ha tenido por objeto social, conforme al citado Decreto «la gestión y, por tanto, la realización de cuantas obras, instalaciones y actividades requiera la explotación de la infraestructura destinada al transporte de mercancías por carretera y ferrocarril situada en el Polígono de La Negrilla. Especialmente será cometido de la Sociedad la explotación del recinto aduanero donde se ubica la terminal T.I.R.¯, debiendo ser desarrollado dicho objeto, en principio, en el ámbito de los solares o instalaciones del denominado «Polígono Unico¯ del entonces vigente Plan Especial «Ciudad del Transporte¯ (PERI-TO-6)aprobado en desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla que se detallaban en el propio Decreto,y que ahora constituyen la parcela B.2 del Modificado de dicho Plan Especial aprobado definitivamente por el Ayuntamiento, en sesión celebrada el 31 de marzo de 1995. Sobre dicho terrenos, y en virtud de escritura pública otorgada el 17 de junio de 1992 conforme a lo previsto en el citado Decreto, se contituyó un derecho de superficie por la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en favor del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A.,el cual permanece vigente.

Ante la falta de iniciativas privadas para el desarrollo,a su riesgo y ventura, de proyectos de construcción y explotación de un Centro o Estación de transporte de mercancías en Sevilla y su aglomeración urbana, y dada la extraordinaria importancia que para el desarrollo futuro de la ciudad tiene tal infraestructura, se estima que concurren motivos económicos y sociales para proceder de forma directa, conforme a la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, al desarrollo de esta infraestructura para el transporte de mercancías la cual permitirá, además de potenciar eficiencias sectoriales,una notable mejora de las condiciones medio-ambientales de la aglomeración sevillana, al dotarla de un equipamiento público que ha de contribuir decisivamente a la buena ordenación del tráfico de vehículos pesados, eliminando el inadecuado estacionamiento de los mismos y descongestionando la ciudad de los efectos nocivos de dicho tráfico.

De otra parte, la escala supramunicipal de la problemática del transporte en la aglomeración sevillana, exige concebir el Centro de Transporte primordialmente como una infraestructura de orden metropolitano cuyo funcionamiento ha de contribuir de manera decisiva a la mejora de la eficiencia del sistema de transportes de la aglomeración urbana de Sevilla, definida inicialmente a los efectos de organización del transporte, por el Decreto

172/1995,de 11 de julio.

Para lograr los objetivos propuestos se hace preciso, en primer término, que la Comunidad Autónoma ostente directamente la titularidad de las acciones de la entidad Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A. mediante la adquisición de dichas acciones a sus actuales titulares, y que se modifiquen el objeto social de la entidad y aquellos otros aspectos estatutarios que se consideren convenientes a sus funciones, así como la puesta a disposición de los bienes precisos para la adecuada prestación del servicio público cuya gestión se le atribuye.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

82 y 94 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por iniciativa de la Consejería de Obras Públicas y Transportes,a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de abril de 1996,

DISPONGO

Primero. Se autoriza la adquisición por la Comunidad Autónoma de Andalucía de la totalidad de las acciones de la entidad Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A.

La adquisición de dichas acciones se efectuará mediante compra a sus actuales titulares, la Sociedad de Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.,y la Empresa Pública de Suelo de Andalucía la cual queda autorizada para dicha enajenación.

El precio de compra de las acciones vendrá determinado por su actual valor contable.

Segundo. La entidad Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla S.A., por acuerdo adoptado al efecto por los órganos sociales competentes, modificará su actual objeto social por el de la promoción, construcción y gestión en la aglomeración urbana de Sevilla de una Estación de Transporte de Mercancías conforme a la normativa de aplicación en materia de transportes

terrestres; de otros espacios e instalaciones complementarios de la misma al servicio del sector transporte, que contribuyan a lograr conjuntar una plataforma logística compleja que dote de una mayor eficiencia al sistema de transporte metropolitano en su conjunto,potenciándolo como factor de desarrollo regional; así como de otras zonas destinadas a que por los distintos operadores se realicen actividades relativas al transporte, logística, distribución y contratación de mercancías.

La modificación de los Estatutos de la entidad Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., podrá afectar, además de a su objeto social, a aquellos otros extremos que se consideren necesarios para lograr la adaptación de la misma a su nuevo cometido y finalidad, así como para mejorar su organización y régimen de funcionamiento.

Tercero. Para el desarrollo de su objeto se pondrán a

disposición de la entidad, para su uso y gestión, los terrenos que integran la parcela B.2 destinada a transporte por carretera en el vigente Modificado del Plan Especial«Ciudad del Transporte¯ (PERI-TO-6) aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Sevilla, el 31 de marzo de 1995.

Cuarto. Las facultades que corresponden a la Administración por la titularidad del servicio público que constituye el objeto de la entidad, serán ejercidas por la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Quinto. Los titulares de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Obras Públicas y Transportes adoptarán cuantas medidas sean necesarias para la plena efectividad de lo previsto en el presente Decreto, promoviendo la tramitación de los oportunos procedimientos administrativos que sean de la competencia de cada Consejería.

Sexto. Corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda, por medio de la Dirección General de Patrimonio, el ejercicio de las funciones del socio único, en relación con la entidad Centro de Transportes de Mercancía de Sevilla, S.A., de acuerdo con lo previsto en el artículo del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Sevilla, 2 de abril de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía,

en funciones

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda,

en funciones

Descargar PDF