Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 18/05/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Málaga, notificando providencia de incoación y pliego de cargos recaídos en el expediente sancionador que se cita. (MA-282/95/M).

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal de las notificaciones de los actos consistentes en Incoación y Pliego de Cargos producido en el expediente sancionador: MA-282/95/M, incoado por esta Delegación por presuntas infracciones a la normativa sobre el Juego y Apuestas de esta Comunidad Autónoma.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA, a los efectos de notificación.

Vista la denuncia formulada por la Inspección de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según Acta de fecha 10 de octubre de 1995, en el establecimiento denominado «Restaurante Alabardero¯, sito en Castiglione-Playa, de San Pedro de Alcántara y, examinada la documentación e información reservada, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II, Título V, del Decreto 181/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y apreciándose supuestas infracciones a la normativa reseñada: Esta Delegación de Gobernación acuerda la incoación del expediente sancionador número MA-282/95/M, a Tarcrón, S.L., con el núm. de inscripción EJA0015188 (cancelada en fecha 14-2-94) y CIF: B-29372190, en virtud de lo establecido en el art.54 del Reglamento antes citado, y de conformidad con lo preceptuado en el Título VIII de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la C.A.A., por remisión expresa contenida en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente se acuerda la designación de don Enrique Ramos Bernabé, Inspector de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como Instructor para tramitar el expediente. Málaga, 16 de octubre de 1995. El Delegado de Gobernación. Luciano Alonso.

Incoado con fecha 16 de octubre de 1995, mediante Providencia del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, expediente sancionador MA-282/95/M, a la entidad Tarcrón, S.L., por supuestas infracciones al Decreto 181/87, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y practicadas las informaciones oportunas y procedentes, al amparo del procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la Ley 2/86, de 19 de abril, Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y Capítulo II del citado Reglamento, se formula el siguiente:

PLIEGO DE CARGOS

Tener instalada y en funcionamiento el día 10 de octubre de

1995, en el establecimiento denominado «Restaurante El Alarbardero¯, sito en Castiglione-Playa, de San Pedro de Alcántara, la máquina tipo «A¯, modelo Super Vídeo Idsa III, serie 1-2633, siendo que la misma carecía de las correspondientes y preceptivas autorizaciones para ser explotada (matrícula debidamente diligenciada, guía de circulación en vigor y boletín de instalación autorizado para el citado establecimiento), al constar que la entidad explotadora carecía de la preceptiva autorización de Empresa Operadora (al encontrarse cancelada desde el día 14 de febrero de 1994) y por tanto carecer de la Autorización para la explotación de máquinas.

Lo que supone infracción a los artículos 10, 20.1, 25, 35.B), 38 y 40 del Reglamento de máquinas recreativas aprobado por Decreto

181/87, de 29 de julio, tipificada como falta muy grave por el art. 28.1 de la Ley 2/86,de 19 de abril, y art. 45.3 del citado Decreto 181/87;pudiendo ser sancionado conforme disponen los arts. 48.1 del Decreto 181/87, y 31.1 de la Ley 2/86.

La autoridad competente para imponer la sanción es el Ilmo. Sr. Director General de Política Interior.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 55.2 del R.M.R.A.,el sujeto a expediente podrá formular los descargos que a su derecho convengan, con la proposición y aportación de las pruebas que estime oportunas en su defensa, en el plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de aquel en que se practique la notificación del presente Pliego de Cargos. Málaga, 16 de octubre de 1995. El Instructor del Expediente. Enrique Ramos Bernabé.

Málaga, 16 de octubre de 1995.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.