Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 28/05/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Málaga, dictando resolución recaída sobre el expediente sancionador que se cita. (MA-255/ 95/EP).

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, de las notificaciones de los actos consistentes en la Resolución producida en los expedientes sancionadores incoados por esta Delegación por presuntas infracciones a la normativa sobre el Juego y Espectáculos Públicos.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA a los efectos de notificación.

Examinado el expediente sancionador MA-255/95/EP seguido a don Elliot Chistopher Browne, con NIF 806334-zw y, domicilio a efectos de notificaciones en Complejo PYR, Local 28 de Fuengirola y, Resultando. Que con fecha 4 de mayo de 1995 fue dictada Providencia de Incoación de Expediente sancionador por el Procedimiento Simplificado, con arreglo a lo preceptuado en el Capítulo V del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, en cumplimiento de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; siendo ésta notificada al interesado con fecha 8 de agosto de 1995.

Resultando. Que ha quedado probado que el día 20 de abril de 1995, el establecimiento denominado Woodys Bar, sito en Complejo PYR Local 28 de Fuengirola, se encontraba como encargado del Local, no siendo el titular del mismo y por tanto no es responsable de la infracción denunciada.

Resultando. Que en la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador del Capítulo V del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, y Capítulo IV de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Considerando. Que con fecha 17 de agosto de 1995, personados los Agentes de la Policía Local en el citado establecimiento para notificar la incoación del Expediente Sancionador, la persona encargada del establecimiento comunica que don Peter D. V. Johson es el titular del esta blecimiento y que en estos momentos, don Elliot Christhoper Browne en encuentra en paradero desconocido.

Considerando. Que según el artículo 8 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, de Desconcentración de Funciones a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Gobernación, compete a los Delegados de Gobernación las sanciones por infracciones leves y graves cometidas en el ámbito territorial de su competencia.

Considerando. Que los hechos denunciados no suponen infracción al no poder comprobar que el día de la denuncia fuese el interesado en el Expediente el titular del mismo.

Vistos los preceptos citados, así como la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; vigente Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en lo que es de aplicación el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, en particular el artículo 20 sobre la Resolución; y demás normas legales de general y pertinente aplicación.

Esta Delegación de Gobernación resuelve:

Primero. Que por la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, se sobresea el expediente Sancionador seguido a don Elliot Christopher Browne, con NIF 80.6334ZW y domicilio a efectos de notificaciones en Complejo PYR Local 28, 29640 de Fuengirola, al no haber cometido infracción alguna.

Segundo. Que se notifique la presente Resolución al interesado, por esta Delegación de Gobernación.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la presente Resolución; con los requisitos señalados en los artículos 110 y 114 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Málaga, 10 de enero de 1996.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.

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