Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 01/06/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 30 de abril de 1996, de la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa, por la que se resuelve con carácter provisional la convocatoria de ayudas para la formación continua de profesores/as y formadores /as de lenguas extranjeras de acuerdo con la Acción B del Programa Lingua.

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De conformidad con lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden de 2 de enero de 1996(B.O.J.A. núm. 15 de 31 de enero), en el que se convocaban ayudas para la formación continua de profesionales y formadores/as de lenguas extranjeras de acuerdo con la Acción B del Programa Lingua y en base a los criterios establecidos en los apartados primero, segundo, tercero y cuarto de la citada Orden, a propuesta de la Comisión seleccionadora.

La Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa ha resuelto con carácter provisional:

PRIMERO.- Conceder ayudas a los Profesores/as y Formadores/as de lenguas extranjeras, participantes en Programas de Cooperación Europea (PCE), que aparecen relacionados en el Anexo I, por la cuantía en ECUS que en cada caso se indica, con cargo a los fondos del Programa Lingua.

SEGUNDO.- Conceder ayudas a los profesionales y formadores/as de lenguas extranjeras que se relacionan en el Anexo II, por la cuantía en ECUS que en cada caso se indica, con cargo a los fondos del Programa Lingua.

TERCERO.- Incorporar como suplentes a los profesores/as que aparecen relacionados, por orden de puntuación, en el Anexo III en previsión de posibles renuncias del profesorado seleccionado.

CUARTO.- Excluir las solicitudes y denegar las ayudas a los solicitantes relacionados en el Anexo IV de esta Resolución, por alguna de las siguientes causas, correspondientes a los apartados que se citan de la Orden de Convocatoria de 2 de enero de 1996:

1. No tener tres años de experiencia en la enseñanza de lenguas extranjeras. Apartado Segundo 2 a).

2. No estar impartiendo actualmente la lengua extranjera de la actividad de formación para la cual solicita la ayuda. Apartado Segundo 2 b).

3. Haber disfrutado durante los años 1994 ó 1995 de una ayuda de la Acción I A del Programa Lingua Apartado Segundo 2 c).

4. Haber disfrutado durante el año 1995 de una ayuda económica individual para actividades de formación del profesorado relacionadas con la enseñanza de las lenguas extranjeras. Apartado Segundo 2 d).

5. No aportar documentación justificativa. Apartado Tercero.

6. No aportar Hoja de servicios. Apartado Tercero 1.1 a).

7. No aportar certificación en la que se haga constar la lengua extranjera que ha impartido durante los curso 1993-94 y 1994-95 o, en su defecto, de los dos cursos en los que haya impartido la lengua extranjera. Apartado Tercero

1.1 b).

8. No aportar certificación en la que se haga constar la lengua extranjera que ha imparte durante el curso 1995-96. Apartado Tercero 1.1 c).

9. Solicitud presentada fuera de plazo. Apartado Sexto 1.

QUINTO.- Los profesores/as seleccionados/as deberán remitir en el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de su publicación en B.O.J.A., de esta Resolución a la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa, la aceptación o renuncia de dicha plaza según el modelo que figura en el Anexo V de la presente Resolución. La no confirmación de la aceptación de la ayuda o de los datos, de la actividad a realizar en dicho plazo, supondrá la renuncia automática a la ayuda concedida.

SEXTO.- Contra la presente Resolución podrá presentarse reclamaciones ante la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa, Avda, República Argentina 21-23, planta 3ª, 41011 Sevilla, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en BOJA.

Sevilla, 30 de abril de 1996.- El Director General, Francisco Contreras Pérez.

VEANSE ANEXOS

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