Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 06/08/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Málaga, notificando Propuesta de Resolución, recaída en el expediente sancionador MA-354/95/ EP.

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, de la notificación del acto consistente en Propuesta de Resolución, producido en el expediente sancionador núm. MA-354/95/EP incoado por esta Delegación por presuntas infracciones a la normativa sobre espectáculos públicos y actividades recreativas.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA a efectos de notificación.

Examinado el expediente sancionador de referencia, seguido a doña Mª Dolores Castillo Rosas, con DNI núm. 33.356.126, domiciliada en C/ Trinquete, Blq. A, 4. 1º A, 29011 Málaga, como titular del establecimiento Legendario, sito en C/ Beatas núm. 3, Málaga, resultan los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

Primero. Que según Acta de Policía Local de Málaga, de fecha 21-5-95, el establecimiento denominado Legendario, se encontraba abierto al público a las 5.03, del día 21-5-95.

Segundo. Que con fecha 12-6-95, se recibe en esta Delegación de Gobernación copia de la mencionada denuncia, siendo por ello y al amparo de lo preceptuado en el Capítulo V del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, en cumplimiento de la Disposición Adicional III, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el

15.6.95 y mediante Providencia del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación, se acordó la incoación del presente expediente sancionador, por supuestas infracciones a la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, y al Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/87, de 27 de agosto.

Tercero. Que notificado en fecha 7-10-95 la incoación del expediente, el

19.10.95, se presentó pliego de descargos. Solicitada la ratificación a la Policía Local, por ésta se ratifica la denuncia en todos sus extremos.

HECHOS PROBADOS

Primero. Que encontrarse abierto al público el establecimiento denominado Legendario, del cual es Vd. titular a las 5.03 horas del día de la denuncia, infringiéndose el horario legal de cierre de establecimientos públicos.

Segundo. Que consta como titular del citado establecimiento doña Mª Dolores Castillo Rosas, con DNI núm. 33.356.126.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Los hechos probados y reseñados en el Hecho Probado Primero constituye infracción a lo dispuesto en el artículo 26.e) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, artículo 81.35 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (R.D. 2816/82, de 27 de agosto), y artículo 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987, de la Consejería de Gobernación. Tipificada como falta leve por el artículo 26 de la citada Ley Orgánica y sancionable conforme el artículo 28 del mismo cuerpo legal.

Por todo lo cual, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.3 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, el Instructor del presente expediente sancionador, formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que por la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, se sancione a doña Mª Dolores Castillo Rosas, con DNI núm. 33.356.126, y domicilio a efecto de notificaciones en C/ Trinquete, Blq. A, 4.

1º A, 29011, Málaga:

Por la infracción cometida y referida en el Hecho Probado Primero de esta Propuesta de Resolución, con multa cincuenta mil pesetas (50.000 ptas.), al tipificarse la infracción como leve.

En su virtud, se le notifica cuanto antecede, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.3, en relación con el artículo 18, ambos del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, a fin de que en el plazo de ocho días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se practique la notificación de la presente pueda alegar cuanto considere en su defensa.

Málaga, 5 de enero de 1996.- El Instructor del Expediente, Manuel Portillo Navarro.

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