Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 08/08/1996

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 28 de junio de 1996, de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía

3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería, y el Decreto 2/1995 de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios,

Este Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 8 de la citada Ley, el artículo 24 del Decreto 2/1995 y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c) de la misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, mediante el sistema general de acceso libre.

1.2. Del total de las plazas se reservará un 3% para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas convocadas.

1.3. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995 de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta Resolución.

1.4. El procedimiento de selección de aspirantes será el de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.5. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.6. El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de octubre de 1996. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañarán una fotocopia simple del documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente; en caso de no ostentar la nacionalidad española presentará fotocopia simple de documento identificativo del país al que pertenece el solicitante.

3.2. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.3. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma. Asimismo deberán solicitar expresándole en el recuadro número 6, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo Sr. Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯.

3.5. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.6. Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original que deberá unirse a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen que ascenderán a la cantidad de 5.000 pesetas, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente número 3058.0099.273100700.8 abierta al efecto en la Caja Rural de Almería, oficina Principal, con el título «Universidad de Almería. Concursos y Oposiciones¯, especificando en tal resguardo el nombre y apellidos, el documento nacional de identidad y la Escala a la que solicita participar. La falta del resguardo original determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4 de esta Resolución.

Serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado la cantidad citada dentro del plazo habilitado para la presentación de instancias, prescrito en la base 3.4 citada, no concediéndose plazo alguno adicional para el abono de las mismas.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado¯ y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en todo caso apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días hábiles para subsanación de errores.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el Anexo III.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el «Boletín Oficial del Estado¯, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base

3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado¯ del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número, teléfono (950) 21.51.24.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría

2.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.

6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios de carrera.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes.

La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria. La lista de aprobados del proceso selectivo no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas las relaciones definitivas de aprobados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso y la calificación final.

7.3. Dichas relaciones serán elevadas al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación, de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado¯.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviada a la Universidad convocante con el apartado «Reservado para la Administración¯ debidamente cumplimentado.

8. Lista de espera.

Concluido el proceso selectivo y, previo acuerdo con los órganos de Representación competentes, se podrá confeccionar una lista de espera con aquellos aspirantes que no hayan superado el proceso selectivo. Dicha relación estará confeccionada según lo estipulado en el mencionado acuerdo, en donde se expresarán, al menos, la vigencia de la lista, el número de personas que la conforman y los criterios de ordenación de las mismas. La lista de espera será utilizada para el nombramiento de funcionarios interinos en esta Escala, según la normativa vigente.

9. Norma Final.

9.1. Contra la presente Resolución y sus bases podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria.

9.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley. Almería, 28 de junio de 1996.- El Rector-Presidente, Alberto Fernández Gutiérrez.

ANEXO I

Ejercicios y calificación

1. Fase de Oposición.

Ejercicios y Calificación. La Fase de Oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

Primer Ejercicio. Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura como Anexo II de esta convocatoria. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Segundo Ejercicio. Consistirá en la redacción por escrito de:

a) Tres asientos bibliográficos de impresos modernos (uno en castellano, uno en inglés y uno en francés), comprendiendo los siguientes elementos:

- Catalogación de acuerdo con las normas vigentes editadas por la Dirección General del Libro y Bibliotecas.

- Clasificación Decimal Universal (atendiendo a la vigente edición de las AENOR de las Tablas de la CDU).

- Encabezamientos de materias, que se redactarán libremente basándose en las listas de encabezamientos disponibles.

b) Catalogación de una monografía moderna en plantilla según formato MARC. Los opositores podrán consultar las normas de catalogación de las listas de encabezamientos de materia y las tablas CDU. También podrán utilizar diccionarios biling?es de las respectivas lenguas en que estén redactadas las obras que han de catalogar. Se calificará de cero a cinco puntos cada uno de los cuatro supuestos incluidos en los apartados a) y b) anteriores, para aprobar será necesario obtener como mínimo diez puntos, y no obtener cero en cualquiera de ellos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será da dos horas.

Tercer Ejercicio. Consistirá en la realización de dos búsquedas bibliográficas en Bases de Datos en CDROM, locales o remotas, en relación con dos temas propuestos por el Tribunal. Este ejercicio podrá ser realizado por escrito si las circunstancias del desarrollo de las pruebas selectivas así lo aconsejaran. Se calificará de cero a cinco puntos cada supuesto, para aprobar será necesario obtener como mínimo cinco puntos, y no obtener cero en cualquiera de ellos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Cuarto Ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito tres temas propuestos por el Tribunal relacionados con el contenido del programa que figura como Anexo II a esta convocatoria. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en lectura pública.

Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas, para aprobar será necesario obtener como mínimo siete puntos y medio, y no obtener cero en cualquiera de ellos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

2. Calificación Final.

La Calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la Fase de Oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio.

ANEXO II

Programa

I. Biblioteconomía

Tema 1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases de bibliotecas.

Tema 2. Bibliotecas universitarias. Concepto y función. Estructura y servicios.

Tema 3. Las bibliotecas Universitarias en España. Panorama histórico y situación actual.

Tema 4. Las bibliotecas en Andalucía. La biblioteca Universitaria de Almería.

Tema 5. Las bibliotecas especializadas y los centros de documentación.

Tema 6. Instalación y equipamiento de bibliotecas. Conservación de materiales bibliotecarios.

Tema 7. Selección y adquisición de fondos bibliotecarios.

Tema 8. El proceso técnico de los fondos bibliotecarios.

Tema 9. Los catálogos de la biblioteca. Concepto, clases y fines.

Tema 10. Tratamiento de las publicaciones periódicas. La Sala de Revistas.

Tema 11. Servicios a los lectores: La Sección de Referencia, Información Bibliográfica, Difusión selectiva de la Información y Formación de usuarios.

Tema 12. Servicios a los lectores: Préstamo y acceso al documento.

Tema 13. La cooperación bibliotecaria. Redes de bibliotecas.

Tema 14. La automatización de los servicios bibliotecarios y documentales.

Tema 15. Nuevas tecnologías para el almacenamiento y transmisión de la información en los servicios bibliotecarios y documentales.

II. Bibliografía y Documentación

Tema 1. Concepto y objetivos de la Bibliografía. Estado actual. Tipología y características.

Tema 2. Bibliografías de bibliografías. Bibliografías generales.

Tema 3. Bibliografías nacionales. Bibliografía nacional española. Fuentes para el estudio de la cultura andaluza.

Tema 4. Bibliografías de publicaciones periódicas y de publicaciones oficiales.

Tema 5. Los catálogos de las grandes bibliotecas. Los catálogos colectivos.

Tema 6. Bibliografías especializadas en Ciencias Sociales y Humanidades.

Tema 7. Bibliografías especializadas en Ciencia y Tecnología.

Tema 8. Clases de documentos. El documento primario. El documento secundario.

Tema 9. Los lenguajes documentales. El análisis documental.

Tema 10. La indización y el resumen.

Tema 11. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.

Tema 12. La Clasificación Decimal Universal.

Tema 13. La normalización de la identificación bibliográfica: ISBD, ISBN, ISSN, etc. El formato MARC.

Tema 14. Las bases de datos. Servicios de Teledocumentación.

Tema 15. La industria de la información en España.

III. Historia del Libro y Organización Universitaria

Tema 1. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.

Tema 2. El libro y las bibliotecas desde la invención de la imprenta hasta el siglo XVIII.

Tema 3. El libro y las bibliotecas en los siglos XIX y XX.

Tema 4. La ilustración y la encuadernación del libro: Evolución histórica.

Tema 5. La industria editorial y el comercio librero en la actualidad.

Tema 6. La organización bibliotecaria de España en la actualidad.

Tema 7. Legislación sobre el patrimonio bibliográfico y documental.

Tema 8. Organizaciones nacionales e internacionales en el campo de las bibliotecas y los centros de documentación.

Tema 9. El Ministerio de Cultura: Su estructura en relación al libro y a las bibliotecas.

Tema 10. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983, de 25 de agosto. Estructura y organización de las Universidades.

Tema 11. La Función Pública Universitaria. Personal Docente y Personal de Administración y Servicios.

Tema 12. El Sistema Universitario en Andalucía. Ley del Parlamento de Andalucía 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario. Especial referencia a la Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería. Decreto de la Consejería de Educación y Ciencia 2/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la actividad de la Universidad de Almería.

ANEXO III

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente: Don Fernando Contreras Ibáñez, Gerente de la Universidad de Almería, por delegación del Rector-Presidente de la Comisión Gestora. Vocales: Doña Rosario Moreno Torres Sánchez, funcionaria del Cuerpo Superior Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos del Ministerio de Cultura, y doña Encarnación Fuentes Melero, funcionaria de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Granada, que actuará como Secretaria, en representación de la Universidad de Almería. Doña María del Carmen Romera Rey, funcionaria de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, y doña María del Carmen Pérez Agudo, funcionaria de la Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Jaén, en representación de la Junta de Personal del P.A.S. de la Universidad de Almería.

Suplentes

Presidente: Don Pablo Mellado Pastor, Vicegerente de la Universidad de Almería, por delegación del Rector-Presidente de la Comisión Gestora. Vocales: Don Francisco Javier Alvarez García, funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de Bibliotecas de la Junta de Andalucía, y don Vicente Pecino Medina, funcionario de la Escala de Gestión Administrativa de la Universidad de Almería, que actuará como Secretario, en representación de la Universidad de Almería. Doña Milagros Cascajares Rupérez, funcionaria de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, y don Angel Muñoz Mazagatos, funcionario de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, en representación de la Junta de Personal del P.A.S. de la Universidad de Almería.

ANEXO IV

Declaración Jurada

Don/Doña

con domicilio en

y documento nacional de identidad número

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

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