Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 08/08/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 23 de julio de 1996, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se ordena publicación de las addendas a los convenios firmados con Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para desarrollo del programa OPEM.

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De acuerdo con lo establecido en la Cláusula quinta de la Addenda al Convenio para desarrollo del Programa OPEM firmado con las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía que aparecen recogidas en el Anexo II a esta Resolución, esta Dirección resuelve ordenar la publicación del texto de la mencionada Addenda para su público conocimiento en el Anexo I.

Sevilla, 23 de julio de 1996.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.

ANEXO I

«En, a .....de ........... de mil

novecientos noventa y seis

REUNIDOS

De una parte, la Ilma. Sra. doña Carmen Olmedo Checa, Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, y de otra, don/doña , como representante del.

Actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, reconociéndose capacidad jurídica y obligándose en los términos del presente acuerdo

MANIFIESTAN

I. La Cláusula séptima del Convenio firmado en 1995 entre el Instituto Andaluz de la Mujer, y

para la creación y desarrollo de un Servicio de Información Laboral, Preformación y Orientación Profesional dirigido a mujeres Programa-OPEM, establecía que: "En función de la cofinanciación que se apruebe por la Iniciativa Comunitaria Empleo-Now, se firmará entre las dos partes, sendas "addendas" que regulen los efectos económicos para el año

1996 y 1997".

II. En el mismo sentido, la cláusula undécima, preveía una vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 1995, "sin perjuicio de las prórrogas que se firmen de acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima".

III. Una vez que la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo ha comunicado que el proyecto OPEM, ha sido seleccionado para participar en el Programa Operativo Empleo, aprobado por la Comisión Europea para el período

1995-1997, aportando la cantidad de 340.891.009 ptas., e identificándolo con el número 95 N 1026 AND.

IV. Por otra parte, el Instituto Andaluz de la Mujer dispone en su presupuesto de los créditos suficientes para cofinanciar el citado proyecto, existiendo igualmente disponibilidad plurianual a tal efecto.

En función de lo anteriormente expuesto y al objeto de concretar definitivamente la duración del Proyecto y la financiación del mismo, ambas partes acuerdan suscribir las siguientes

CLAUSULAS

Primera. La presente "addenda" se entiende como complemento al Convenio firmado por ambas partes en 1995, para la creación y desarrollo de un Servicio de Información Laboral, Preformación y Orientación Profesional dirigido a mujeres, Programa OPEM.

Segunda. Aprobado por la Comisión Europea, dentro de la Iniciativa Comunitaria de Empleo y Desarrollo de los Recursos Humanos (Empleo-Now), el programa operativo para 1995-1997, en el que ha sido incluido el proyecto OPEM con el número 95 N 1026 AND, y conocida su financiación definitiva, el importe total del Convenio se establece en 9.200.000 pesetas, con la siguiente aportación por cada una de las partes y distribución por anualidades:

Corporación

Ejercicio I.A.M/F.S.E Local

1995 1.000.000 200.000

1996 3.600.000 400.000

1997 3.600.000 400.000

Totales 8.200.000 1.000.000

Tercera. Habiendo sido incluidas las cantidades correspondientes a 1995, en el Convenio inicialmente firmado, de no comprometerse la totalidad, de las mismas durante dicho ejercicio, el remanente resultante se incorporará al ejercicio de 1996.

Cuarta. El presente Convenio estará en vigor hasta la finalización del programa OPEM, incluida la fase de justificación, estableciéndose como fecha límite el 31.12.97.

Quinta. La presente "addenda", una vez firmada, será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para público conocimiento de la misma.

En prueba de conformidad, se firma este documento en el lugar y fecha "up supra"¯.

ANEXO II

ALMERIA

Diputación Provincial.

Adra.

Albox.

Berja.

Cuevas de Almanzora.

Huércal-Overa.

Macael.

Vélez-Rubio.

Vera.

Vícar.

CADIZ

Diputación Provincial.

Mancomunidad de la Sierra de Cádiz.

Chiclana.

Jerez de la Frontera.

Medina Sidonia.

Puerto Real.

El Puerto de Santa María.

Rota.

San Fernando.

Sanlúcar de Barrameda.

CORDOBA

Diputación Provincial.

Baena.

Cabra.

Fuente Palmera.

Lucena.

Palma del Río.

Posadas.

Pozoblanco.

Villanueva de Córdoba.

GRANADA

Diputación Provincial.

Mancomunidad Alhama-Temple.

Albolote.

Almuñécar.

Armilla.

Atarfe.

Baza.

Illora.

Loja.

Maracena.

Motril.

Orgiva.

Pinos Puente.

Salobreña.

Santa Fe.

HUELVA

Diputación Provincial.

Mancomunidad de la Ribera.

Almonte.

Ayamonte.

Bollullos del Condado.

Cartaya.

Cortegana.

Gibraleón.

Isla Cristina.

Lepe.

Moguer.

La Palma del Condado.

Punta Umbría.

Valverde del Camino.

Villanueva de los Castillejos.

JAEN

Diputación Provincial.

Alcalá la Real.

Andújar.

Baeza.

La Carolina.

Cazorla.

Jódar.

Linares.

Martos.

La Puerta de Segura.

Torredelcampo.

Ubeda.

Villacarrillo.

MALAGA

Consorcio de Guadalteba.

Antequera.

Benalmádena.

Estepona.

Fuengirola.

Nerja.

Ronda.

Torremolinos.

Vélez-Málaga.

SEVILLA

Arahal.

Brenes.

Las Cabezas de San Juan.

Castilleja de la Cuesta.

Coria del Río.

Dos Hermanas.

Estepa.

Mairena del Alcor.

Mairena del Aljarafe.

Osuna.

Los Palacios y Villafranca.

Pilas.

San Juan de Aznalfarache.

El Viso del Alcor.

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