Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 16/09/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de agosto de 1997, por la que se concede una subvención de carácter excepcional al Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Córdoba, para hacer frente a los gastos derivados del funcionamiento de dicho Centro en el año 1997.

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El Centro Asociado de la UNED de Córdoba ha venido realizando, desde su puesta en funcionamiento, una extraordinaria función social al posibilitar el acceso a los niveles universitarios a aquellas personas que por alguna causa no pueden desplazarse a las Universidades presenciales.

Por tanto, de conformidad con el art. 107 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de la LGHP y del art. 39 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a fin de que el Centro Asociado de la UNED de Córdoba pueda hacer frente a parte de los gastos de su funcionamiento, habida cuenta de que existe crédito presupuestario suficiente y que por la naturaleza de la subvención no es posible promover la concurrencia, es por lo que esta Consejería de Educación y Ciencia

HA DISPUESTO

Artículo Primero. Objeto.

Conceder al Centro Asociado de la UNED de Córdoba una subvención de carácter excepcional por importe de 5.080.470 ptas. (cinco millones ochenta mil cuatrocientas setenta pesetas), para hacer frente a los gastos derivados del funcionamiento del mismo durante 1997, con cargo a la aplicación presupuestaria 0-1-18.00.04.00.44104.42A.0 «Promoción de actividades docentes universitarias¯.

Artículo Segundo. Obligaciones del beneficiario. Son obligaciones del beneficiario de la subvención:

a) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención, acreditando ante la Consejería de Educación y Ciencia la aplicación de los fondos en la forma y plazos establecidos en la presente Orden.

b) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las de control que correspondan al Tribunal de Cuentas, a la Cámara de Cuentas y a la Intervención General de la Junta de Andalucía.

c) Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración Pública, o ente público o privado, nacional o internacional, de conformidad con el artículo 111 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo Tercero. Forma y secuencia del pago. La presente subvención se abonará en dos veces de conformidad con el artículo 18 de la Ley 8/96, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1997, un primer pago equivalente al 75% de la subvención y cuando justifiquen éste, un segundo pago por el 25% restante.

Artículo Cuarto. Justificación de la subvención. El centro Asociado de la UNED de Córdoba deberá justificar la correcta inversión de la subvención de carácter excepcional recibida, en el plazo de tres meses desde su percepción, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el Reglamento de Intervención, aportando la siguiente documentación:

a) Certificación en la que conste haber sido registrado en la contabilidad de la entidad el ingreso de la cantidad recibida, con indicación expresa del asiento contable practicado.

b) Certificación acreditativa de los gastos efectuados y justificantes de los mismos hasta el límite del importe de la subvención.

Artículo Quinto. Modificación de la resolución de concesión. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. En todo lo no previsto en la presente Orden se aplicará lo dispuesto en el Título VIII de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre subvenciones y ayudas públicas.

Segunda. Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Sevilla, 22 de agosto de 1997

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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