Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 30/01/1997

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Otros. AYUNTAMIENTO DE NIJAR

ANUNCIO bases de convocatoria.

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE DOS PLAZAS DE OPERARIOS DE USOS MULTIPLES, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO, POR EL SISTEMA DE OPOSICION

1ª Objeto de la Convocatoria.

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante contratación laboral indefinida, de dos plazas de Operarios de usos múltiples vacantes en la plantilla de Personal Laboral de este Ayuntamiento, mediante el sistema de selección por oposición, de conformidad con la oferta de empleo público aprobada por este Ayuntamiento en sesión de 26 de julio de 1996 y publicada en el BOE.

2. Las plazas están dotadas con las retribuciones establecidas por el Convenio Colectivo de Personal de este Ayuntamiento para la categoría de Personal de Oficios, sin perjuicio de las que, al margen de las mismas, acuerde el Ayuntamiento añadir como consecuencia de la ampliación de las funciones a desarrollar por el titular de la plaza, de conformidad con lo acordado en la aprobación de la Plantilla.

2ª Condiciones de los aspirantes.

Los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten menos de quince años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del Certificado de Estudios Primarios o equivalente, o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización de la presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el adecuado desarrollo de las funciones correspondientes a la plaza.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

3ª Instancias y documentos a presentar.

1. Los aspirantes presentarán instancia, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, solicitando tomar parte en la Oposición, y manifestando reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Base segunda.

2. Asimismo, se hará constar el compromiso de prestar promesa o juramento, en legal forma, en caso de resultar seleccionado para el desempeño del cargo.

3. El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar de la publicación del anuncio de la presente Convocatoria, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.

4. Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Níjar, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5. En concepto de derechos de examen, los interesados abonarán la cantidad de 2.000 pesetas, mediante ingreso directo en la Tesorería Municipal, o por giro postal o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Níjar, uniendo a la solicitud de participación resguardo del ingreso efectuado.

4ª Lista de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos Municipal, concediéndose un plazo de diez días para presentación, en su caso, de alegaciones y/o reclamaciones por los interesados. Por la Presidencia se resolverán las reclamaciones presentadas, en su caso, aprobando la lista definitiva de admitidos, de la que se dará publicidad por los mismos medios citados, con indicación de componentes del Tribunal de calificación y fecha de comienzo de los ejercicios correspondientes a la fase de oposición.

5ª Sistema de selección.

1. El sistema de selección será el de oposición.

2. La oposición constará de tres ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio. Ejercicio de cultura general, que constará de dos fases:

A) Redacción sobre un tema libre, durante un máximo de una hora, a fin de evaluar la expresión escrita, ortografía, sintaxis y limpieza en el escrito. Se valorará de 1 a 10 puntos.

B) Cálculo ajustado al nivel académico exigido en las bases de la convocatoria, a fin de evaluar la exactitud de los cálculos. Se valorará de

1 a 10 puntos.

La suma total de ambas puntuaciones, dividida por dos, conformará la puntuación total de este primer ejercicio, siendo preciso para aprobar obtener una puntuación media no inferior a 5 puntos.

Segundo ejercicio. Consistirá en responder a un test de 25 preguntas, con respuestas alternativas, que versarán sobre el contenido del programa que se adjunta. Se valorará de 1 a 10 puntos, siendo preciso para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio. Supuesto práctico, que consistirá en la realización de una actuación manual en vía pública (jardinería, albañilería o similar), a fin de comprobar la capacidad profesional para el puesto de trabajo.

6ª Tribunal Calificador.

1. El Tribunal encargado de calificar los ejercicios de la fase de Oposición, estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- Un Concejal Delegado de Personal del Ayuntamiento.

- Un representante de la Junta de Andalucía, designado por la Consejería de Gobernación.

- Un funcionario de carrera del Ayuntamiento con categoría igual o superior a la de la plaza a cubrir, designado por la Alcaldía a propuesta de los Delegados de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. Se designarán suplentes para cada uno de los miembros titulares indicados. Podrán ser miembros del Tribunal, con voz pero sin voto, dos Concejales nombrados por el Presidente de entre los miembros de la Corporación.

2. La composición del Tribunal será objeto de exposición pública a través del Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles recusaciones.

3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, cuando concurriese alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992 citada.

4. El Tribunal no podrá actuar válidamente sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

5. El Tribunal que juzgará la oposición objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la cuarta categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, modificado por Decreto de 28 de diciembre de 1993.

7ª Comienzo y desarrollo de la oposición.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluido quien no comparezca, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal. Asimismo, concurrirán a las pruebas provistos del DNI, cuya acreditación podrá ser exigida por el Tribunal en cualquier momento. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético del primer apellido, comenzando con la letra «L¯.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de 45 días naturales.

8ª Lista de aprobados.

1. El Tribunal no podrá declarar aprobados mayor número de aspirantes que el número de plazas convocadas, elevando la propuesta de nombramiento a la Alcaldía para su correspondiente aprobación.

2. Tanto la lista final de aprobados, así como las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las diversas fases de oposición serán expuestas públicamente en los locales de celebración de las pruebas y Tablón de Edictos Municipal.

9ª Presentación de documentos.

1. Los aspirantes propuestos presentarán, dentro del plazo de un mes a contar de la publicación de la lista de aprobados, la documentación acreditativa de reunir las condiciones establecidas en la Base 2ª, y en concreto:

a) Certificado de nacimiento.

b) Fotocopia compulsada del título académico.

c) Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

2. Quienes tuvieren la condición de funcionario público, estarán exentos de presentación de los documentos que hubieren presentado con anterioridad para obtener el anterior nombramiento, debiendo presentar certificación que así lo acredite, expedida por el Organismo Público donde prestaren sus servicios.

3. La no presentación de la documentación requerida en el plazo indicado, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos para los propuestos, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad u otra causa.

10ª Nombramiento.

Presentada la documentación por los aspirantes propuestos, por la Alcaldía se procederá al correspondiente nombramiento, celebrando el oportuno contrato laboral, que se ajustará a las características de la plaza, según la Base 1ª

Se concertará un período de prueba de 15 días.

11ª Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan en la aplicación de las presentes Bases, adoptándose los acuerdos por mayoría de los miembros presentes, aplicándose supletoriamente las normas contenidas en la Ley 7/85, de 2 de abril, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y Real Decreto 364/95.

ANEXO

Temario correspondiente al segundo ejercicio

Tema 1. Estructura y contenido de la Constitución Española de 1978. La división de poderes en España: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La Corona.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía: Su significado.

Tema 3. Ideas generales de la Administración del Estado, de la Autonómica, de la Local, de la Institucional y de la Corporativa.

Tema 4. Régimen Local español. El Municipio y la Provincia. Elementos del municipio: Población, territorio y organización.

Tema 5. Organos de Gobierno del Ayuntamiento. Competencias asignadas al Municipio.

Tema 6. La función pública local y su organización. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Seguridad Social.

Tema 7. El ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano en su trato con el Ayuntamiento.

Tema 8. Materiales de construcción. Utiles de jardinería y pintura. Señales de Circulación.

Tema 9. El Municipio de Níjar. Núcleos de población. Vías de comunicación.

Tema 10. El Municipio de Níjar: Principales aspectos urbanísticos. Callejero de vías públicas. Ubicación de instalaciones de uso y servicio público.

Níjar, 11 de noviembre de 1996.- El Alcalde.

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