Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 04/12/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 19 de noviembre de 1997, por la que se regula el fichero automatizado de datos del Inventario Patrimonial del Instituto Andaluz de Reforma Agraria y se suprimen los ficheros que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el Real Decreto 1129/84, de 4 de abril, se regula el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de reforma y desarrollo agrario. El apartado 4 del artículo 8 de la Ley 8/84, de 3 de julio, de Reforma Agraria, asigna al IARA como función básica «La titularidad y ejercicio de los derechos sobre la tierra que sean adquiridos por la Administración Autónoma para la realización de la reforma agraria¯.

A consecuencia de la magnitud de los bienes patrimoniales del IARA sobre los que es necesario ejercer su gestión y tutela, están regulados como ficheros números y 18 del Anexo a la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de

24 de enero de 1995, los datos de carácter personal que afectan a la Ocupación de terrenos de titularidad municipal y del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA) y el Fichero automatizado de colonos, respectivamente.

La experiencia acumulada desde la creación de los citados ficheros ha demostrado la conveniencia de unificarlos en uno solo, por ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/92, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal y en virtud de las facultades que tengo conferidas, a propuesta de la Presidencia del IARA

DISPONGO

Artículo 1. Se suprimen los ficheros denominados «Ocupación de terrenos de titularidad municipal y del Instituto Andaluz de Reforma Agraria¯ y el «Fichero automatizado de colonos¯, regulados en los apartados números y 18 del Anexo de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 24 de enero de 1995.

Artículo 2. Se crea el fichero automatizado de datos denominado «Inventario Patrimonial del Instituto Andaluz de Reforma Agraria¯, cuyas características se indican en el Anexo de la presente Orden, en el que quedarían integrados los ficheros a que se refiere en el artículo anterior.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución. Se faculta al Presidente del IARA para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en la presente Orden, y especialmente para la inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos.

Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de noviembre de 1997

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

ANEXO

- Denominación: Inventario Patrimonial del Instituto Andaluz de Reforma Agraria.

- Finalidades y usos: Gestión administrativa y económica de los bienes patrimoniales del IARA.

- Personas y colectivos afectados: Concesionarios, arrendatarios, aparceros, ocupantes y adjudicatarios en régimen de acceso de la propiedad de los bienes patrimoniales del IARA. Antiguos propietarios de fincas expropiadas o adquiridas con fines agrarios.

- Procedimiento de recogida de datos: Solicitudes, formularios y archivos del IARA, Consejería de Medio Ambiente, Ministerio de Agricultura y Pesca y Ministerio de Medio Ambiente.

- Estructura del fichero y datos de carácter personal: Datos de las personas físicas y jurídicas: Nombre, apellidos y razón social.

Número de DNI y del NIF o del CIF.

Domicilio.

Datos del cónyuge.

Datos del representante legal.

Datos identificativos de la explotación:

Descripción del bien y superficie.

Localización geográfica y catastral.

Datos registrales.

Procedimiento de adquisición y mejoras realizadas.

Aprovechamientos agropecuarios.

Datos administrativos y económicos:

Situación administrativa del bien.

Procedimiento de adquisición y mejoras realizadas.

Valoración económica, canon, deudas pendientes y amortizaciones. Procedimientos de apremio, caducidad y ejercicio de acciones judiciales.

- Cesión de datos: Gerencias regionales del Catastro de Andalucía Oriental y Occidental, Consejería de Economía y Hacienda y Dirección General de Información y Ayudas.

- Organos responsables del fichero: La Delegación Provincial de Agricultura y Pesca correspondiente, según su ámbito territorial.

- Servicio o unidad donde pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: La correspondiente Delegación Provincial de Agricultura y Pesca.

Descargar PDF