Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 13/12/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 19 de noviembre de 1997, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por la que se presta conformidad a expediente de enajenación, mediante pública subasta, de dos microescuelas y dos viviendas de maestros sitas en La Esperanza, propiedad del Ayuntamiento de Cabra (Córdoba).

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Visto el expediente instruido por el Iltre. Ayuntamiento de Cabra (Córdoba) para la enajenación, mediante subasta pública, de dos microescuelas y dos viviendas de maestros sitas en «La Esperanza, de propiedad municipal.

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 22.2.I) y 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en los arts. 76, 79.1 y

80 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en los artículos 109.1, 112.1, 113 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, y en los demás preceptos de general aplicación.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 3º 9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, y en la Disposición Adicional Unica del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, corresponde a este Delegado del Gobierno prestar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes inmuebles de propios, siempre que sus valores no excedan del 25% del presupuesto ordinario de la Corporación Municipal.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

1. Prestar conformidad al expediente de enajenación, mediante pública subasta, de los bienes siguientes:

A) Dos microescuelas, con 182 m¯ construidos, que tienen un acceso por el porche, las aulas están situadas en el centro de la edificación; a la derecha e izquierda de las mismas están los correspondientes servicios de niños y niñas; en el ala derecha hay un despacho para los maestros y en el ala izquierda una habitación para almacén.

B) Dos viviendas para maestros, distribuidas en dos plantas, con 115 m¯ en cada planta. Consta cada vivienda de las siguientes piezas: Porche de entrada, vestíbulo, estar, comedor, cocina y aseo en planta baja; el acceso a la planta superior se hace por una escalera que parte de la sala de estar y consta esta planta de 3 dormitorios y una terraza. Por la zona de cocina y aseo, enclavada en la fachada posterior se da salida a un patio independiente en cada vivienda.

Los bienes a enajenar se encuentran en un edificio sobre parcela de terreno situada en «La Esperanza¯, siendo los datos de esta parcela los siguientes:

- Extensión: 760 m¯.

- Linderos: Al norte y este con resto de la finca matriz de la que fue segregada, al sur con la carretera de Montilla y al oeste con el camino de Montilla.

- Titular registral: Ayuntamiento de Cabra, con las condiciones que constan en la correspondiente inscripción registral.

- Situación registral en lo referente a condiciones y cargas: La que consta en la inscripción.

- Inscripción registral: Tomo -, libro 423 de Cabra, folio 60, número de finca 16.166, inscripción 1ª

2. Comunicar la presente Resolución al Ilmo. Ayuntamiento de Cabra (Córdoba).

3. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los arts. 107.1,

110.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho recurso podrá interponerse sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Córdoba, 19 de noviembre de 1997.- El Delegado, Luis Hidalgo Reina.

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