Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 22/03/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 27 de febrero de 1997, por la que se crean ficheros automatizados de datos de carácter personal del Hospital Costa del Sol.

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El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el diario oficial correspondiente; recogiendo a continuación cuáles son los datos que respecto de cada fichero deben enumerar las disposiciones de creación o de modificación.

En cumplimiento de dicho precepto se crean los ficheros automatizados gestionados por la Empresa Pública «Hospital Costa del Sol¯, adscrito a la Consejería de Salud, a los que afecta la citada Ley Orgánica.

Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato del artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992 y de asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 18, número 1, de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, se crean y se describen en el anexo de esta Orden los ficheros automatizados «Historias clínicas¯, «Proveedores¯ y «Personal¯.

Segundo. El titular del órgano responsable de los ficheros automatizados que se crean adoptará, bajo la superior dirección del Consejero de Salud, las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y en sus normas de desarrollo.

Tercero. Además de las cesiones previstas para los ficheros que se describen en el anexo, se podrán realizar cesiones de datos, al Instituto de Estadística de Andalucía, para el desempeño de las funciones que le atribuye la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, y dentro de los términos y límites establecidos en la misma.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

Sevilla, 27 de febrero de 1997

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

Fichero: Historias Clínicas.

Finalidad y Usos previstos: Disponer de toda la información referente al historial clínico del paciente.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Población de referencia de la zona hospitalaria y transeúntes. Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones y formularios.

Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos clínicos, Datos de carácter identificativo (DNI/NIF, Núm. S.S./Mutualidad, Nombre y Apellidos, Dirección, Teléfono y marcas físicas), datos de características personales (estado civil, datos de familia, fecha/lugar de nacimiento, características físicas o antropomórficas, sexo, nacionalidad y lengua materna), datos de circunstancias sociales (características de alojamiento y vivienda, hábitos).

Cesiones de datos previstas: Centros Sanitarios. Organos de la administración responsables de los ficheros: Dirección Gerencia del Hospital Costa del Sol.

Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Dirección Gerencia del Hospital Costa del Sol. Carretera Nacional 340, Km. 187.

29600-Marbella.

Fichero: Proveedores.

Finalidad: Disponer de los datos necesarios para realizar la gestión del Hospital.

Usos previstos: Gestión económica y administrativa del Hospital. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Proveedores del Hospital.

Procedimiento de recogida de datos: Declaraciones y formularios.

Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo (DNI/NIF, Nombre y Apellidos, Dirección, Teléfono y Núm. de Registro Personal), datos de características personales (nacionalidad), datos de circunstancias sociales (propiedades y licencias, permisos y autorizaciones), datos académicos y profesionales (formación y experiencia profesional), datos de información comercial (actividades, negocios y licencias comerciales) datos económico-financieros (datos bancarios) y datos de transacciones (bienes y servicios suministrados y transacciones financieras).

Cesiones de datos previstas: No se prevén.

Organos de la administración responsables de los ficheros: Dirección Gerencia del Hospital Costa del Sol.

Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Dirección Gerencia del Hospital Costa del Sol. Carretera Nacional 340, Km. 187.

29600-Marbella.

Fichero: Personal.

Finalidad: Datos necesarios para la gestión del personal del Hospital. Usos previstos: Gestión del personal.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos: Plantilla del Hospital.

Procedimiento de recogida de datos: Encuestas o entrevistas y declaraciones y formularios.

Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter personal (DNI/NIF, Núm. S.S./Mutualidad, Nombre y Apellidos, Dirección, Teléfono y Núm. de Registro Personal, datos de características personales, datos de estado civil, datos de familia, fecha/lugar de nacimiento, sexo, nacionalidad y lengua materna), datos académicos y profesionales, datos económico-financieros (ingresos, rentas, datos bancarios, datos económicos nómina).

Cesiones de datos previstas: No se prevén.

Organos de la administración responsables de los ficheros: Dirección Gerencia del Hospital Costa del Sol.

Organo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Dirección Gerencia del Hospital Costa del Sol. Carretera Nacional 340, Km. 187.

29600-Marbella.

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