Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 08/04/1997

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

RESOLUCION de 14 de marzo de 1997, de la Mesa de la Cámara, sobre convocatoria de concurso-oposición para la contratación como personal laboral fijo de dos Oficiales de Protocolo, Grupo III, al servicio del Organismo.

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La Mesa del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 14 de marzo de 1997,

HA ACORDADO

Primero. Convocar concurso-oposición para la contratación como personal laboral fijo de dos Oficiales de Protocolo (Grupo III) al servicio del Parlamento de Andalucía.

Segundo. Aprobar las bases adjuntas, las cuales regularán el presente concurso-oposición.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca concurso-oposición para la contratación como personal laboral fijo de dos Oficiales de Protocolo al servicio del Parlamento de Andalucía.

1.2. El nombramiento tendrá carácter laboral y fijo.

1.3. La selección de aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición y se regirá por las normas que se establecen en la presente convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido al concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de alguno de los Estados miembros de la UE en los términos establecidos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Unificado y Polivalente, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalentes, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes o experiencia, documentalmente probada, de, al menos, tres meses en trabajos de protocolo en general. Este período, cuando se tome en cuenta para admitir al aspirante a la convocatoria, se descontará del tiempo alegado como experiencia profesional.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el presente concurso-oposición deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo queda señalado como Anexo I, y que será facilitado, en todo caso, gratuitamente por los Servicios Generales de esta Cámara, indicando el puesto al que aspiran, nombre y apellidos del aspirante, DNI, fecha de nacimiento, domicilio a efectos de notificación, titulación que le acredita para tomar parte en la presente convocatoria o experiencia profesional y declaración de reunir los requisitos exigidos en la Base Segunda, así como cualquier otro requisito específico exigido por la presente convocatoria.

3.2. Acompañando al modelo de instancia se adjuntará fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.3. Las instancias se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento de Andalucía o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. En la instancia se relacionarán los méritos que pretenda alegar el aspirante en la fase de concurso.

3.5. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. Admisión de candidatos.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Mesa del Parlamento aprobará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que se harán públicas en el tablón de anuncios del Parlamento y en las que constarán: Nombre y apellidos de los candidatos, número del DNI, así como las causas de no admisión en la relación de excluidos.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.3. Los interesados podrán interponer la correspondiente reclamación, ante la Mesa del Parlamento de

Andalucía, contra las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de su publicación.

4.4. Las reclamaciones contra las listas provisionales serán aceptadas o rechazadas por acuerdo de la Mesa, que se publicará en el tablón de anuncios del Parlamento, aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente concurso-oposición.

5. Comisión Calificadora.

5.1. La Mesa del Parlamento de Andalucía designará a los miembros titulares y suplentes de la Comisión Calificadora y lo publicará en el BOJA.

5.2. La Comisión Calificadora, formada por personal al servicio del Parlamento de Andalucía, estará compuesta por cinco miembros, el Presidente y cuatro Vocales.

5.3. En caso de empate en los acuerdos que deba adoptar la Comisión Calificadora, el Presidente tendrá voto de calidad.

5.4. La Comisión Calificadora no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

5.5. Los miembros de la Comisión Calificadora deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión Calificadora cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 de la mencionada Ley.

5.6. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Parlamento de Andalucía, calle Parlamento de Andalucía, s/n, 41009-Sevilla.

5.7. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por la Comisión Calificadora.

5.8. La Comisión Calificadora podrá recabar asesoramiento de personas con especial conocimiento en las materias que sean objeto del ejercicio, así como nombrar al personal colaborador necesario para la resolución de la presente convocatoria.

5.9. Las Centrales Sindicales con representación en el Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía propondrán el nombramiento de un Vocal de la Comisión Calificadora.

6. Desarrollo de la convocatoria: Fase de concurso de méritos.

6.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

a) Concurso de méritos.

b) Oposición.

6.2. En la fase de concurso de méritos podrán obtenerse como máximo 20 puntos.

Los puntos obtenidos en esta fase sólo podrán acumularse a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Se valorarán los siguientes méritos conforme al baremo de puntuación que a continuación se señala:

a) Experiencia profesional en puestos cuyas funciones coincidan con las de los puestos ofertados, desempeñados en el ámbito de la Administración Pública: 0,2 puntos por mes.

b) Experiencia profesional en puestos cuyas funciones coincidan con las de los puestos ofertados, desempeñados fuera del ámbito de una Administración Pública: 0,1 puntos por mes.

En todo caso, la experiencia alegada deberá haberse adquirido dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria.

c) Realización de cursos, seminarios, jornadas, etc., directamente relacionados con temas de protocolo y ceremonial o temas referentes a la Institución Parlamentaria:

- Hasta 10 horas: 0,25 puntos.

- De más de 10 horas: 0,5 puntos.

- De más de 20 horas: 1 punto.

- De mas de 100 horas: 3 puntos.

- De más de 200 horas: 4 puntos.

El máximo de puntos a obtener en este apartado será de 8 puntos.

7. Desarrollo de la convocatoria: Fase de oposición.

7.1. La fase de oposición constará de los ejercicios siguientes:

Primero. Los aspirantes deberán responder a un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una la correcta, referido al temario que se incluye como Anexo II a la convocatoria.

Segundo. Los aspirantes deberán desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, uno de los temas correspondiente al temario que se incluye como Anexo III de la convocatoria. A tales efectos se extraerán al azar dos temas, debiendo elegir el aspirante uno de ellos. El tema desarrollado será leído posteriormente por el candidato en sesión publica.

Tercero. Consistirá en un ejercicio de carácter práctico común para todos los aspirantes en el que el candidato resolverá un supuesto de protocolo que planteará la Comisión Calificadora relacionado con las materias contenidas en el temario que se incluyen como Anexo III. El candidato contará con un tiempo máximo de una hora para resolver el supuesto por escrito, del cual dará lectura a la Comisión Calificadora con posterioridad.

7.2. Cada uno de los ejercicios de que consta la fase de oposición será eliminatorio.

El primer ejercicio se calificará de cero a diez puntos. Se superará obteniendo al menos 5 puntos.

El segundo ejercicio se calificará de cero a diez puntos. Se superará obteniendo al menos 5 puntos.

El tercer ejercicio se calificará de cero a cinco puntos. Se superará obteniendo al menos 2,5 puntos.

8. Calificación final.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma aritmética de las correspondientes a la fase de oposición más la puntuación obtenida en el concurso de méritos. La Comisión Calificadora publicará una lista de los aspirantes que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con indicación de la misma, hayan sido seleccionados para ser contratados. Dicha relación, que no podrá contener en ningún caso un número de candidatos superior al de las plazas convocadas, será elevada a la Mesa del Parlamento para la formalización de los correspondientes contratos de trabajo y será publicada en el BOJA.

9. Acreditación de los méritos alegados.

9.1. La edad se acreditará aportando fotocopia compulsada del DNI.

9.2. Los servicios prestados en alguna de las Administraciones Públicas se acreditará mediante certificación del Servicio de Personal correspondiente, en la que se

especifique la fecha de iniciación y cese en cada período ininterrumpido de prestación de servicios, y en la que se describa el puesto o puestos y las tareas efectivamente desempeñadas por el aspirante en todos y cada uno de los períodos reseñados.

9.3. Los servicios prestados en el sector privado serán acreditados mediante los contratos de trabajo acompañados de certificado de cotizaciones expedido por la Seguridad Social o, alternativamente, por las nóminas correspondientes a los meses que se alegan como mérito. En todo caso, deberán acreditar las tareas desempeñadas en los trabajos desarrollados en los períodos que se alegan.

9.4. La posesión de títulos se acreditará mediante la presentación del título o mediante el recibo de haber abonado los derechos de expedición de los títulos.

9.5. Los cursos y jornadas se acreditarán mediante la presentación de certificados de asistencia y aprovechamiento.

La acreditación de los méritos se efectuará mediante la presentación, junto con la instancia, de los documentos originales, o fotocopias compulsadas de los mismos. A estos efectos se considerarán válidas las compulsas realizadas por el órgano que expidió el documento o por cualquier Organismo público.

Publicada la relación a que se refiere la base cuarta de la convocatoria, la Comisión Calificadora hará públicas las puntuaciones obtenidas por cada candidato en la fase de concurso de méritos, en función de los que hayan resultado debidamente acreditados con indicación de los no valorados por defecto de acreditación, estableciéndose un plazo de diez días naturales durante el cual los interesados podrán presentar reclamaciones o proceder a su subsanación.

Transcurrido dicho plazo, la Comisión Calificadora hará pública la resolución definitiva de la fase de concurso de méritos, indicando las puntuaciones obtenidas en la misma por los aspirantes.

10. Presentación de documentos.

10.1. En el plazo de 15 días naturales, a contar desde la publicación de la lista de aspirante que obtienen plaza, éstos deberán presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificado Médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones.

10.2. Ante la imposibilidad de presentar los documentos expresados en el párrafo anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

10.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación señalada anteriormente, o del examen de ésta se dedujera que carecen de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

11. Contratación y toma de posesión.

11.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, se procederá por parte del Parlamento de Andalucía a la formalización de los contratos de trabajo de carácter indefinido, indicándose el plazo de toma de posesión.

11.2. La no comparecencia de los aspirantes seleccionados dentro del plazo a que se refiere el punto anterior sin causa que lo justifique, supondrá el desistimiento del trabajador a la formalización de su contrato con el Parlamento de Andalucía.

11.3. En el contrato se hará constar un período de prueba de tres meses según lo previsto en el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

12. Norma final.

En lo no previsto en estas bases se estará a lo establecido en la legislación vigente, en cuanto sea de aplicación.

Sevilla, 14 de marzo de 1997.- El Letrado Mayor, José A. Víboras Jiménez.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II

Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura general. Características esenciales, principios informadores. Especial referencia a los valores superiores de la Constitución.

Tema 2. La Autonomía Andaluza. Vía de acceso a la Autonomía. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Contenido y Reforma. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 3. El Presidente de la Junta de Andalucía. El Consejo de Gobierno. La Administración periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional.

Tema 4. El sistema parlamentario de la Junta de

Andalucía. Las relaciones entre el Parlamento y el Consejo de Gobierno. Investidura. Moción de censura y cuestión de confianza. Requisitos, procedimiento y efectos.

Tema 5. El Parlamento de Andalucía. Composición y funciones. La función representativa. La función legislativa. La función de control. La función de impulso.

Tema 6. La organización del Parlamento de

Andalucía. El Presidente: Elección, funciones y cese. La Mesa: Composición y funciones. La Junta de Portavoces. La Diputación Permanente. El Pleno del Parlamento de Andalucía.

Tema 7. La función legislativa del Parlamento de Andalucía. La iniciativa legislativa. El procedimiento legislativo común. Los procedimientos legislativos especiales.

Tema 8. La función de control del Parlamento de Andalucía. Concepto. Preguntas, Interpelaciones, Proposiciones no de Ley, Mociones y Comisiones de Investigación. Requisitos. Procedimiento y efectos.

Tema 9. Las Comisiones parlamentarias en el Parlamento de Andalucía. Concepto, composición y clases. Los Grupos de Trabajo.

Tema 10. Los sujetos parlamentarios. El Diputado individual. Su estatuto. Las prerrogativas parlamentarias. Los Grupos Parlamentarios.

Tema 11. Las normas generales de funcionamiento del Parlamento de Andalucía. Convocatoria y sesiones. El Orden del día. Los debates y cortesía parlamentaria. La votación y sus clases.

Tema 12. La organización administrativa del Parlamento de Andalucía. Cuerpos de funcionarios. Organización de los Servicios.

Tema 13. El Defensor del Pueblo Andaluz. Estructura y funciones. Tramitación de las quejas. Las relaciones entre el Parlamento de Andalucía y el Defensor del Pueblo Andaluz. Los Informes.

Tema 14. La Cámara de Cuentas de Andalucía. Composición y funciones. Las relaciones del Parlamento de Andalucía y la Cámara de Cuentas. Los Informes.

ANEXO III

Tema 1. La Corona: La Monarquía española. La Casa del Rey. La simbología real. La precedencia de la Corona. Honores a la Corona: Clases.

Tema 2. Los principios generales del protocolo: La planificación y ejecución de proyectos. Los protagonistas del protocolo. Clases de actos. Los tratamientos.

Tema 3. El protocolo en los actos públicos oficiales: Los actos públicos oficiales. Sus clases. Las recepciones, tomas de posesión y visitas oficiales. El ceremonial diplomático.

Tema 4. La precedencia en los actos públicos oficiales. Principios generales. La precedencia en el Estado, Comunidad Autónoma, Provincia y Municipios. Las Presidencias.

Tema 5. El protocolo en la Comunidad Autónoma de Andalucía: Principios generales. Normas de aplicación. Los distintos supuestos de precedencia. Especial referencia al protocolo en el Parlamento de Andalucía.

Tema 6. El protocolo social: Principios generales. Clases de actos. Organización y desarrollo. Los usos sociales y las normas de etiqueta.

Tema 7. El protocolo de congresos: Organización, preparación y desarrollo. Inauguración y clausura. Disposición de presidencia, autoridades y asistentes. El tratamiento de la documentación.

Tema 8. La simbología en el protocolo. Los símbolos oficiales. Estado, Comunidad Autónoma, Provincia y Municipio. Banderas, escudos e himnos. Insignias y distintivos. Heráldica y condecoraciones.

Tema 9. La sede del Parlamento de Andalucía (I). Proceso histórico del Hospital. Valor artístico y arquitectónico. Descripción de sus dependencias.

Tema 10. La sede del Parlamento de Andalucía (II). Proceso de abandono y degradación del Hospital. Su revitalización como sede del Parlamento de Andalucía. La adecuación de las distintas dependencias. Conservación actual del edificio y estado de recuperación.

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